Desborde del Salado

A trece años de la inundación de Santa Fe

El presidente de la Cámara de Apelación Penal, Roberto Prieu Mántaras, repitió el argumento de uno de sus fallos, mediante el cual fue rechazado el primer pedido de prescripción. Hoy la causa tiene un nuevo tribunal que deberá resolver otra vez el mismo planteo.
04-05-2016 | 18:46 |

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Foto:Archivo/Flavio Raina
Juliano Salierno
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Con los pies mojados de tanta agua, los santafesinos conmemoraron el pasado 29 de abril el aniversario de la inundación que en 2003 dejó a más de un tercio de la ciudad capital bajo agua, ocasionando enormes pérdidas materiales y humanas, y por la cual existe una causa penal que trece años después no tiene sentencia.
“Desde mi opinión, creo que debe dictarse la sentencia definitiva, en la cual se declare la existencia de culpabilidad o no de quienes están imputados”, dijo el presidente de la Cámara de Apelación Penal, Roberto Prieu Mántaras.
El magistrado repitió los argumentos vertidos en un fallo que lleva la firma de sus pares, Jaquelina Balangione y Roberto Reyes, mediante el cual se rechazó un pedido de prescripción de la acción penal que tiene como imputados al ex intendente Marcelo Álvarez; el ex ministro de Obras y Servicios Públicos de la provincia, Edgardo Berli; y el ex director provincial de Obras Hidráulicas, Ricardo Fratti.
Los tres se encuentran procesados desde hace una década (abril de 2006), bajo la figura penal de “estrago culposo, agravado por la muerte de 18 personas”. “Yo esto lo dije cuando declaré la nulidad del incidente de prescripción penal”, en agosto de 2014. “En esa oportunidad dije que la causa debía seguir hasta que se dictara sentencia definitiva”, agregó.

Nuevo tribunal
El jueves 21 de abril, el Colegio de Jueces de Cámara de Apelación Penal realizó el sorteo del próximo tribunal que tendrá a su cargo definir el nuevo rumbo de la investigación. “Lo que se hizo fue el sorteo de jueces de Cámara para intervenir en un recurso de apelación que interpuso la defensa de Álvarez respecto de una denegatoria a un pedido de prescripción de la acción penal de la causa”, explicó el presidente de la Cámara.
“Tuvo que conformarse un nuevo tribunal de segunda instancia porque todos los jueces de Santa Fe habíamos intervenido, y al haber emitido opinión en cuestiones sustanciales del proceso no podíamos seguir haciéndolo; ello a los fines de garantizar la imparcialidad de los jueces que deben revisar las sentencias de los jueces primera instancia”, ahondó el magistrado.
Finalmente el tribunal quedó conformado por los camaristas Juan Manuel Oliva, Hugo Alberto Degiovanni -de Rafaela- y Mario Enrique Balestieri -de Vera-. “Ellos deberán resolver si aceptan la excusación o no de los jueces de Santa Fe y, si así fuere, quedan constituidos como jueces de la revisión, para determinar en primer lugar sobre la admisibilidad o no del recurso interpuesto por la defensa de Álvarez y en caso de que así sea habrá que hacer la audiencia correspondiente. De lo contrario, la causa seguirá su trámite y bajará a primera instancia para el dictado de la sentencia”, detalló.

Sentencia definitiva
La reciente integración de la Cámara con jueces de otras circunscripciones fue posible gracias al Acta de acuerdo N° 16 que firmó la Corte Suprema el pasado 11 de abril, mediante la cual se estableció un nuevo régimen de integración para las Cámaras de Santa Fe y Rosario, que es aplicable a todas las causas de la segunda instancia.
“Esa resolución de la Corte fue reciente y habilitó que intervengan jueces del Poder Judicial y no conjueces. De lo contrario, habría que haber efectuado la designación de los jueces de una lista de conjueces por sorteo”, amplió el presidente de Cámara, que catalogó a la decisión como “correcta”, “porque es mejor una justicia de jueces que de conjueces”.
Pero la falta de jueces no es una excepción de la Cámara Penal. En Santa Fe ya no quedan magistrados de Sentencia que puedan fallar sobre la causa Inundaciones/03. El año pasado, con la excusación del último que quedaba, la causa bajó al subsuelo de tribunales donde comenzó un largo derrotero hasta que fue aceptada por el juez de Instrucción Tercera, Luis Octavio Silva.
“Está pasando lo mismo” que en la Cámara, ratificó el presidente, aunque “todavía se puede manejar, a través de la designación de jueces técnicos dentro del fuero penal pero de otra competencia” -como Correccional e Instrucción- , sostuvo el camarista. En ese sentido, se refirió a quien tendrá la responsabilidad de cerrar esta historia. “De no haber ninguna circunstancia que determine su apartamiento, deberá ser el Dr. (Luis Octavio) Silva el encargado de dictar la sentencia de primera instancia. Eso, obviamente, es nada más que un pronóstico en función de la causa”, cerró Prieu Mántaras.

Prescripción I
La Cámara de Apelación Penal -Prieu Mántaras, Balangione y Reyes- resolvió el 28 de agosto de 2014 “declarar extemporánea la excepción de prescripción de la acción penal y pedido de sobreseimiento que interpusieran los defensores de Marcelo Álvarez”, entre otros puntos. Aunque no fue analizada la cuestión de fondo, el pedido para que prescriba la causa no tuvo lugar. En el fallo de Cámara de entonces se afirma que “el juicio sin duda resulta necesario y se ha desarrollado casi en su totalidad, avanzando hacia su conclusión definitiva”. Y a propósito de la prescripción, sostuvieron que “toda excepción planteada extemporáneamente, puede renovarse como defensa de fondo” y ser tratada en la sentencia.

Prescripción II
Con la asunción del juez Luis Octavio Silva al frente de la causa el año pasado, la defensa de Álvarez insistió con el mismo planteo: que la causa está prescripta. Silva en cambio “declaró inadmisible el escrito porque se estaba reeditando un planteo que fue resuelto por la Cámara un año antes y, como quedó firme, debía ser resuelto en sentencia”, explicó una fuente del caso. Pero con el argumento “de que su pedido de prescripción inicial no fue resuelto” los abogados Pablo Guastavino y Alejandro Paz volvieron a apelar a la Cámara, y eso es lo que deberán resolver ahora los camaristas de Rafaela y Vera.

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