Revés para Bordet

El STJ confirmó el rechazo al decreto para fumigar cerca de las escuelas

El Superior Tribunal de Justicia anuló la intención del gobernador que autorizaba la fumigación a 100 metros de los establecimientos educativos. La restricción continúa siendo de 1.000 metros terrestres y 3.000 aéreos.
22-05-2019 | 18:03 |

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“Las distancias que pedimos no fueron fijadas de manera caprichosa ni fundamentalista, sino que nos basamos en estudios científicos de distinta índole y entre ellos específicamente de aquellos que realizó un laboratorio de la Universidad de Río Cuarto, liderado por la bióloga Delia Aissa”, remarcó la abogada Aldana Sasia. Foto: Gentileza “Diálogos”


Eugenia Delorenzi
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Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos rechazó un amparo impuesto por el gobierno de Gustavo Bordet, que intentaba mantener la vigencia de un decreto que permitía fumigar con agrotóxicos a 100 metros de las escuelas rurales por vía terrestre y 500 metros de forma aérea.

En la resolución, la Sala del STJ resolvió rechazar el recurso de apelación articulado por el gobierno de la provincia y confirmó la sentencia que declaró la nulidad parcial del decreto Nº 4407/18 (fechado el 14/12/18 y publicado el 02/01/2019) considerándolo violatorio de los artículos: 1, 5, 65, 186, 203 de la Constitución de Entre Ríos; arts. 1, 18, 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, y artículo 25 inc. de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Con esta sentencia quedó en pie lo dispuesto oportunamente por Daniel Benedetto, vocal de la Sala II en lo Civil y Comercial de Paraná, quedando en vigencia consecuentemente las distancias de interdicción de fumigaciones fijadas en su sentencia. Es decir, que está prohibido fumigar en forma terrestre a menos de 1.000 metros de las escuelas rurales y a 3.000 mts en forma aérea.

Los fundamentos del fallo del STJ

El voto de los supremos Daniel Carubia y Miguel Giorgio anuló la vigencia de los artículos y repuso las distancias ordenadas en el la resolución de octubre a partir del amparo ambiental presentado por el Foro Ecologista de Paraná, la coordinadora por una Vida sin Agrotóxicos ¡Basta es basta!, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos.

Los argumentos del fallo de Giorgio —que fueron acompañados por Carubia— advierten que el decreto de Bordet era violatorio de los artículos 1, 5, 65, 186, 203 de la Constitución de Entre Ríos; de los artículos 1, 18, 75 inc. 22 de la Constitución Nacional; y artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. A esa seria de faltas graves, se puede sumar la señalada en marzo por la la Sala II Civil y Comercial de Paraná , que en su resolución indicó que el Gobierno había cometido una “violación de la cosa juzgada” por desconocer el fallo judicial previo de la Corte.

La resolución de Giorgio además apunta de manera lapidaria sobre la “insolvencia técnica del trabajo interministerial” y la “ausencia de rigor científico” para fundamentar el decreto con el que se buscó reducir las distancias de fumigación en respuesta al fallo que la misma Corte había emitido en octubre de 2018. El voto de la mayoría subraya que para la firma del decreto, el gobierno de Bordet realizó “un estudio de campo, mínimo aunque más no sea”. “No dejan lugar a mayor debate y prueba”, fustigó el juez.

El voto de minoría quedó en manos de Claudia Mizawak, que recurrió a una cuestión técnica al advertir que los accionantes debían haber optado por “la acción de inconstitucionalidad” para ir contra el decreto. En octubre, Mizawak tampoco había acompañado el amparo ambiental, sin precedentes a nivel provincial o nacional, al considerar que era necesario que la Legislatura y el Ejecutivo provincial tomaran cartas en el asunto. Bordet lo hizo con un decreto, salteando la discusión legislativa.

Una lucha de larga data

Hace más de 15 años las organizaciones sociales y familias fumigadas de Entre Ríos denuncian el avance transgénico. El Foro Ecologista de Paraná es un espacio de referencia en la lucha por el ambiente sano en la región. En este contexto, en una entrevista con Mirador Entre Ríos, la abogada del Foro Ecologista de Paraná, Aldana Sasia, se explayó respecto de esta larga batalla.

“Es una lucha que viene desde hace bastante tiempo en contra de los agrotóxicos. En lo que respecta específicamente a las escuelas veníamos trabajando con la organización ‘Paren de Fumigar Escuelas' de Concepción del Uruguay, que más o menos inicia su lucha hace 12 años y, a través de ellos y de específicamente un compañero, se hizo un relevamiento georeferencial de las escuelas rurales de Entre Ríos, de 1.093 establecimientos, y con este relevamiento se pudo presentar como soporte probatorio la cercanía de las escuelas con campos en los que se podría estar fumigando”, explicó Sasia y agregó que “a eso se fueron sumando a la par numerosas denuncias que hacían los docentes en las que exponían las mismas problemáticas, que en momento de dar clases a sus chicos, se veían aviones fumigadores y rociaban las escuelas con veneno, y el olor entraba por las hendijas de las puertas y ventanas, lo que producían síntomas de intoxicación, ya sean respiratorios, vómitos, náuseas, mareos. Eran denuncias que no prosperaban, no salían de la Policía y había un montón de daño que se estaba perpetrando que nadie registraba y nadie hacía nada para evitarlo”.

Distancias de fumigado

“El año pasado decidimos llevar adelante esta acción colectiva que la iniciamos en conjunto con Agmer, más muchísimas organizaciones ambientales y sociales de la provincia que se nuclean hoy en la coordinación de ‘¡Basta es Basta! Por una vida sin Agrotóxicos' en Entre Ríos y se hizo todo en representación del Foro Ecologista de Paraná porque era la única organización que contaba con personería jurídica en Paraná y era la que más práctica nos quedaba para el momento de entablar la acción; presentamos esta demanda a la Justicia que fijó determinadas distancias”, contó la profesional.

El 22 de agosto pasado se presentó un amparo para proteger a los niños y trabajadores de escuelas rurales, y el juez Oscar Daniel Benedetto, de la Cámara II de la Sala II se expidió el 1 de octubre determinando una distancia mínima de fumigado de 1.000 metros en el área terrestre y 3.000 aéreos, de las escuelas rurales.

Según explicó Sasia, el Estado debe llevar adelante: un informe epidemiológico para poder determinar el estado de situación en el que está la población en la actualidad y la implementación de una barrera de arbóreo alrededor de todas las escuelas como barrera de protección. Asimismo si el Estado decidía que esas distancias debían reducirse, debía presentar para tal caso, los estudios científicos y los avales y dictámenes de las áreas de Gobierno efectivas que demuestren que la disminución de esas distancias mantendría en igual resguardo a la población estudiantil que las distancias actuales.

—¿De dónde surgen esas distancias?

—Las distancias que pedimos no fueron fijadas de manera caprichosa ni fundamentalista, sino que nos basamos en estudios científicos de distinta índole y entre ellos específicamente de aquellos que realizó un laboratorio de la Universidad de Río Cuarto, liderado por la bióloga Delia Aissa, que después de haber analizado la genotoxicidad y el daño celular que habían tenido niños expuestos a estas sustancias, ellos aconsejaban que las legislaciones futuras debían establecer como mínimo una distancia de 1.000 metros.

Respecto del aire, solicitamos la distancia de la legislación vigente de productos fitosanitarios, que establece una lejanía de 3.000 metros de distancia entre las fumigaciones y las zonas urbanas. Y si se protege a la zona urbana con 3.000 metros de distancia, que se proteja de la misma forma a las escuelas, porque se sobreentiende que están ocupadas por personas tales como las de los centros urbanos.

—Después de ese fallo histórico, el Gobierno firmó el decreto mediante el cual reducía las distancias de fumigado a 100 metros terrestres y 500 aéreos ¿Cómo actuaron ante eso?

—Ahí empieza de nuevo nuestro reclamo, porque creemos que se estaba violando justamente la sentencia porque no se estaba resguardando a los niños. Este decreto tenía como fundamento un manual de buenas prácticas agrícolas que no tenía estudios científicos sino simplemente una recomendación de cómo hacer que la gota de veneno dé en el blanco y no se vaya más lejos de la planta, lo que hace darle efectividad al producto y no resguardar la vida humana.

Además, tenía dos opiniones, que no son dictámenes, por un lado del director de Epidemiología de la Provincia y otra opinión de Medioambiente que nada tenían que ver con avalar las distancias que él proponía, sino por el contrario, la opinión de Epidemiología dice que el modo en el que se vienen etiquetando los productos en nuestro país no dan cuenta del daño que pueden significar en el tiempo prolongado, o sea que no hablan de la contaminación crónica sino que solamente de la contaminación aguda, porque se basan en el método de la dosis letal 50, que lo que demuestra es cuál es el impacto del veneno al momento de la exposición aguda, pero que todas estas sustancias tienen una consecuencia a largo plazo que se pueden evidenciar en 10 años, en 20 y hasta en una tercera generación, y no se puede tener en cuenta el daño que se produce al momento de la exposición sino que se debería utilizarse otro método de medición para poder determinar la clasificación real del producto.

Es decir que este decreto surge a raíz de un pedido con cero fundamentación, no tiene ni un sustento que avale esta disminución lo que es declarado nulo y esta es la sentencia a la que da a lugar el STJ el 14 de mayo donde se declara la falta de tecnicismo y de responsabilidad a la hora de firmar este decreto.

Fallo “irresponsable”

La nulidad alcanza al artículo 1º del decreto del Poder Ejecutivo, que establece prohibir las aplicaciones terrestres de fitosanitarios en lugares donde existan escuelas rurales lindantes a lotes de uso productivo, debiendo respetarse una distancia de 100 metros entre los límites o cercos de la escuela y el cultivo lindero; como así también al artículo 2º el cual establece la prohibición de las aplicaciones aéreas de fitosanitarios en lugares donde existan escuelas rurales lindantes a lotes de uso productivo, debiendo respetarse una distancia de 500 metros entre los límites o cercos de la escuela y el cultivo lindero.

—Los que sí se pronunciaron en contra de este nuevo dictamen son los integrantes de la Mesa de Enlace, quienes tildaron de “irresponsable” la decisión del STJ ¿Qué opinás?

—Lo que nosotros notamos, que sigue siendo un poco difícil de digerir y lamentable, es que no podamos estar en un nivel de discusión un poco más elevado, es que sale un comunicado de la Mesa de Enlace diciendo que este fallo es irresponsable, que no resguarda la producción, que un montón de productores se van a fundir porque son 300 mil hectáreas las que están en juego, que es una irresponsabilidad porque no tiene sustento jurídico ni científico. Nosotros a este comunicado lo lamentamos mucho porque en primer lugar están dando un mensaje que no es real porque no son 300 mil hectáreas las que se dejan de producir porque a ese número no lo pudo contabilizar nadie, porque nadie sabe lo que hay alrededor de las escuelas rurales. Hoy en día no hay un relevamiento hecho que pueda decir que al lado de tal escuela hay campos de soja o no hay campos de soja. Pueden ser 300 mil, como 100 mil, como 10 mil. O sea, que ese dato es catastrófico y tiene un discurso que justamente va de la mano del caos pero no es real.

En segundo lugar no es que no se puede producir, no se puede envenenar. O sea, se puede producir sin aplicar venenos o se pueden llevar otro tipo de producciones que no sean la agroindustrial, puede ser una producción agroecológica que es viable, que se está llevando adelante en un montón de otros territorios, o se puede llevar adelante ganadería extensiva u otro tipo de producción que no sea ninguna que tenga que llevar veneno.

Igual hay un montón de productores que no se sienten representados por la Mesa de Enlace, que hoy siguen la lógica de la salubridad de su suelo porque ven que se están fundiendo con este modelo actual porque les llegan cartas documento de Monsanto y le exigen sumas altísimas por pago de regalías. O sea que es inviable desde el punto de vista de la salud y desde el punto de vista de la economía del productor.

Una lucha con referencias internacionales

“Podemos darnos una idea de lo que significa este negocio que hoy en día en Estados Unidos se están desclasificando los papeles de Monsanto porque durante 40 años se ocultó información y se demostró que Monsanto actuó negligentemente porque sabía que sus productos producían cáncer. O sea no lo estamos diciendo dos locos ambientalistas acá en Entre Ríos. Lo están diciendo los tribunales del primer mundo. También la Unión Europea mandó a desclasificar los papeles de aprobación del glifosato porque se sabe también que ocultaron información”, argumentó Sasia. En el mismo sentido aclaró que hay demasiado dato a nivel mundial “para que venga a frenarse con un discurso tan vacío, sin sustento y con una ideología tan marcada sin siquiera poder ponerse por un instante a ver lo que está demandando el mundo a nivel global, por la catástrofe que producen los venenos. Es querer tapar el sol con las manos”.

Por otra parte, sostuvo que, además de bibliografía, la bióloga Aissa tiene más de 2.500 estudios nacionales e internacionales que dan cuenta de los impactos que tienen todo este tipo de productos. “Son 110 productos que hoy en día se utilizan en el actual modelo. El que nosotros conocemos es el glifosato, algunos podrán hablar del 24D, entre otros más. Y además de todo esto contamos con más estudios que son de territorios, hechos en escuelas de Concepción del Uruguay y la Universidad de la Plata donde analizamos el agua, la tierra y la sangre de los niños y que tienen todos los datos presentados en todas las fojas de los expedientes que hemos llevado adelante”, aseveró.

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