Nuevo instituto

Se cierra en Entre Ríos la redacción del proyecto de juicio por jurados

Los detalles del proyecto que presentará en breve el Poder Ejecutivo. Las diferencias con la iniciativa del Colegio de Abogados. Las voces a favor y en contra. El debate que se viene en la Legislatura.
11-07-2019 | 18:39 |

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El gobernador participó en la apertura de las Jornadas de Juicio por Jurados en el STJ.


Luciana Dalmagro
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La primera imagen que aparece a la hora de hablar de juicio por jurados es la de las películas. Y algo parecido pasará en Entre Ríos si prospera un proyecto de ley que el Poder Ejecutivo tiene previsto presentar en la Legislatura en los próximos días.

La idea de implementar el instituto en la provincia no es de ahora, sino que se remonta a muchos años atrás y hubo iniciativas que se truncaron. El Colegio de Abogados, que redactó un proyecto propio y viene impulsando la implementación del instituto con diversas acciones de divulgación y debate, incluso organizó un simulacro que se realizó en 2013.

Ahora, el impulso dado al tema por un grupo de miembros de la entidad, se combinó con la decisión política del gobernador Gustavo Bordet, que se materializará con la presentación formal de la iniciativa.

Proyecto entrerriano

El texto que motorizará el Poder Ejecutivo aún no se conoció oficialmente. No obstante, MIRADOR ENTRE RÍOS pudo saber que fue elaborado en ámbitos del Ministerio de Gobierno, con el asesoramiento de la Asociación Argentina de Juicio por Jurados. Si bien toma elementos de la iniciativa del Colegio de Abogados y de aportes efectuados desde el Superior Tribunal de Justicia (STJ), más se basa en la normativa ya vigente en otras provincias, especialmente en coincidencia con la de Neuquén, considerada pionera en la materia.

Hay una diferencia sustancial entre el proyecto al que el gobernador le pondrá la firma con el de autoría del abogado paranaense Julio Federik, que impulsan desde el colegio letrados como Marciano Martínez, Guillermo Vartorelli, Miguel Cullen y Raúl Barrandeguy, entre muchos otros. Radica en que el proyecto de los abogados contempla al juicio por jurados como una opción para personas imputadas de delitos cuyas penas superen los 12 años de prisión, mientras que el del Poder Ejecutivo apunta a que sea obligatorio para los delitos con penas mayores a 20 años.

La explicación puede encontrarse en la disertación que brindó esta semana en Paraná Andrés Harfuch, vicepresidente de la Asociación Argentina de Juicio por Jurados, entidad que viene apuntalando y monitoreando la implementación del instituto en Neuquén, Buenos Aires, Ríos Negro, Córdoba, Chaco, Mendoza y San Juan.

“La experiencia en las distintas provincias nos muestra que es positivo comenzar por los delitos más graves, para luego ir avanzando con otros. Necesitamos tener 20 o 30 juicios por jurados en Entre Ríos para luego evaluar el funcionamiento”, expuso Harfuch, quien también señaló que en cada distrito la implementación va de la mano de una tarea de monitoreo, con la meta de ir perfeccionando el mecanismo.

Harfuch fue uno de los más de 20 especialistas que expusieron en una actividad que se desarrolló esta semana en Tribunales a lo largo de dos jornadas. Ahora, solo restan reuniones de la ministra de Gobierno, Rosario Romero, y su equipo con la Asociación de la Magistratura de Entre Ríos y con organizaciones de la sociedad civil para realizar los ajustes finales y cerrar la redacción.

No es ficción

En los juicios por jurados que se vienen desarrollando en Neuquén, cuya normativa fue tomada como base para el proyecto entrerriano, 12 ciudadanos deciden sobre dos cuestiones: si el hecho que se juzga realmente sucedió y si las personas acusadas son “culpables” o “no culpables” de ese hecho.

Los requisitos para integrar un jurado popular son: ser argentino, tener entre 21 y 75 años y demostrar residencia permanente no inferior a dos años en la jurisdicción en la que se cometió el delito. No pueden ser jurados los abogados; el gobernador, vicegobernador y ministros del Poder Ejecutivo; los funcionarios judiciales; los miembros de las fuerzas armadas y de seguridad; los ministros de cultos religiosos; o los procesados o condenados por distintos delitos.

Una vez al año, el Poder Judicial realiza un sorteo del padrón electoral de las personas que cumplen con los requisitos. Cuando se produce la convocatoria para un juicio, se realiza una audiencia de selección en la que defensores y fiscales formulan preguntas a los potenciales jurados sobre sus puntos de vista. El juez resuelve respecto de las causales de excusación y resuelve los planteos de recusación.

Son motivos de excusación, por ejemplo, conocer a alguna persona vinculada al caso o tener opinión formada sobre alguna de las partes. A las recusaciones las hacen el fiscal y los defensores cuando las respuestas de los jurados los llevan a creer que no serán imparciales. Ambas partes cuentan con la posibilidad de recusar a cuatro potenciales jurados sin expresar razones.

De ese procedimiento, resulta un listado de 12 jurados titulares y cuatro suplentes, en igualdad de número entre hombres y mujeres. Las personas elegidas no pueden negarse, ya que se trata de un deber cívico obligatorio.

Durante el desarrollo del juicio, se impone a los jurados la prohibición de conversar sobre el caso con otras personas y tampoco pueden ver noticias relacionadas ni buscar por su cuenta información externa a la que se presente en el juicio. Una vez superadas todas las etapas del juicio, el jurado pasa a deliberar en una sala contigua hasta alcanzar un veredicto.

Durante la deliberación, los miembros pueden brindar su opinión sobre los hechos y la prueba exhibida. La deliberación no puede extenderse durante más de 48 horas. Luego, se procede a una votación secreta a través de un formulario. Para declarar culpable a un acusado, se requiere un mínimo de ocho votos. Si no se llega a ese número, el veredicto es de no culpabilidad. Con el pronunciamiento, finaliza el servicio de los jurados y luego el juez define la pena a aplicar.

La visión de las víctimas

¿Qué hubiera pasado con el crimen de Gisela López, la joven de Santa Elena asesinada en 2016, que aún permanece impune, si hubiera intervenido un jurado compuesto por ciudadanos comunes?¿El único acusado del crimen de Laurita Espíndola, una nena de 6 años que murió en 2003 de un disparo producto de una balacera entre bandas en un barrio de Paraná, hubiera resultado absuelto si el veredicto estaba a cargo de un jurado popular?

Carla Cusimano, presidenta de la asociación de Víctimas de Delitos Aberrantes de Entre Ríos (Vidaer), considera que las cosas hubieran sido de otro modo, tanto en estos como en otros casos donde las familias de las víctimas no quedaron conformes con las resoluciones judiciales.

“Nuestra asociación nuclea a familiares de víctimas de homicidio, donde el daño es irreparable, más allá de que una sentencia condenatoria a quien mató a un ser querido pueda dar tranquilidad”, señala, antes de manifestarse ante EL DIARIO “absolutamente a favor” de la implementación del juicio por jurados. De hecho, recuerda que cuando comenzó a formarse la entidad, en 2004, el instituto figuró entre los planteos que se elevaron a las autoridades de entonces.

“Es una herramienta que se le da al pueblo, a la gente común, para poder expresarse. Sin ofender, importa marcar que la vivencia cotidiana del ciudadano de a pie, que está expuesto en la calle a ser asaltado, atropellado o asesinado, es muy diferente a la de los jueces, ya que las personas comunes no andan en autos con chofer ni con custodia”, compara.

“Se trata de mejorar el servicio de justicia y, si bien en el Poder Judicial puede haber quienes sientan que se les iría de las manos el monopolio de dictaminar, no se trata de eso, ni de avanzar sobre nadie. Incluso a los jueces les vendrá bien porque les quitará presión y reducirá la visión negativa que la ciudadanía tiene sobre el sistema judicial casi de forma natural”, completa.

Casos resonantes

Un caso resonante fue el de Lino Villar Cataldo, el médico que mató de cuatro tiros a un ladrón que intentó robarle el auto en su casa de la localidad de San Martín y fue considerado “no culpable” por un jurado popular. También el de Daniel Oyarzún, con similar veredicto, propietario de una carnicería en Zárate, a la que dos ladrones entraron a robar y luego uno de ellos murió tras ser atropellados ambos por el comerciante cuando huían en moto. A la decisión la adoptó un jurado compuesto, entre otros, por un albañil, un ama de casa, un maestro, un comerciante y un operario de fábrica. Sí fue encontrado culpable Fernando Farré, el empresario que asesinó a su mujer en un country de Pilar.

En estos y otros casos, quedó en evidencia que las decisiones judiciales están cuestionadas en Argentina, pero son más aceptadas cuando las toman jurados populares, aunque según estudios realizados en Neuquén y Buenos Aires en un 78% no difieren de las adoptadas por jueces.

Una vez presentado el proyecto entrerriano, se abrirá un nuevo capítulo en el camino hacia la implementación de un instituto contemplado en la Constitución nacional desde 1853 y en la provincial desde 1933. Será cuando se reabra el debate primero en las comisiones y luego en los recintos de ambas cámaras legislativas.

Voces en contra

El juez federal de Paraná, Leandro Ríos, fue uno de los que planteó alguna disidencia con el sistema de juicio por jurados. Para el magistrado, el mecanismo “en el que ciudadanos legos decidan enjaular a otros ciudadanos, reaparece como una institución estamental friccionando dos conceptos modernos: ciudadanía y república, bajo la desconfianza o desencanto del estatuto epistemológico de la ciencia jurídico penal y su desarrollo de más de dos siglos”.

“El poder contra mayoritario de los jueces fue diseñado para limitar cualquier poder, aún el más democrático y legítimo, dado que para el genuino iusgarantismo el derecho no es poder, sino su límite. Pulsar por la democratización de las decisiones judiciales implica olvidar que los derechos fundamentales, como universales que son, deben estar sustraídos del poder de las mayorías, pues esa fue y sigue siendo la eficaz tecnología inventada hace menos de 70 años por el estado constitucional de derecho que asegura la limitación del poder punitivo confiada no ya a los jueces juristas –de carne y hueso–, sino a la función judicial asistida por la ciencia del derecho penal”, explicó el juez oportunamente, en un escrito dado a conocer a través de la prensa.

Del mismo modo, el abogado Leopoldo Lambruschini se expresó al respecto con algunos reparos. El letrado señaló que, si bien el juicio por jurados tiene sus fundamentos constitucionales, resulta incompatible con otra manda derivada de la Carta Magna, que es el denominado “doble conforme”, que contempla la revisión de las sentencias por un tribunal superior.

En el juicio por jurados, según advierte Lambruschini, a la decisión la toman ciudadanos legos en base a sus íntimas convicciones, es decir sin fundamentación. “No habiendo fundamentos de la decisión judicial, su control o revisión resulta de imposible cumplimiento”, marcó, antes de señalar otras normas constitucionales “que podrían entrar en tensión” con este instituto.

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