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La Justicia confirmó que las empresas de colectivos deberán cumplir con la entrega de pasajes

La Defensoría del Pueblo de Paraná informó que, tras las gestiones realizadas con su par santafesina, las compañías de media y larga distancia están obligadas a disponer de boletos gratuitos para las personas con discapacidad.

28-11-2024 | 18:53 |

La Defensoría del Pueblo de Paraná notificó que en las últimas horas se informó oficialmente que la resolución judicial “determina que las empresas de micros deberán dar cumplimiento con los pasajes para las personas con discapacidad de forma inmediata”. Esto surgió luego de que las compañías de colectivos se negaran a otorgar el boleto gratuito de media y larga distancia, tal cual lo establece una ley nacional.

“Fuimos una de las instituciones del país que convocó a organizaciones representativas de los derechos de personas con discapacidad y que receptó la queja ante la negativa de empresas de transporte. De esta forma, y con la intervención de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), la Justicia se expidió en las últimas horas a favor de la vigencia del derecho. Ante inconvenientes en el acceso, los usuarios podrán dirigirse al organismo de control”, explicaron desde la Defensoría de Paraná.

Siguiendo esta línea, desde la institución recordaron que “ante los inconvenientes para acceder al pasaje por parte de personas con discapacidad de la ciudad y la provincia, la Defensoría del Pueblo de Paraná inició gestiones junto a su par de Santa Fe en el marco de la Asociación de Defensores y Defensoras del Pueblo de la República Argentina (Adpra)”.

Sobre este punto, también remarcaron “la reunión realizada el 20 de noviembre pasado con distintas organizaciones de la ciudad y referentes de la problemática, al tiempo que se elaboró un petitorio de manera conjunta con Santa Fe y ONG´s locales”.

“Desde esta organización, se elevó el reclamo a la CNRT, organismo de control del servicio que en octubre interpuso una acción judicial contra la Cámara Empresaria de Transporte Interurbano para que ‘de manera inmediata se cumpla con la obligación impuesta por la ley 22.431’, norma que establece la gratuidad del pasaje para las personas con discapacidad”, continuaron.

Asimismo, agregaron que “el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 ordenó a las empresas integrantes de la Cámara Empresaria de Larga Distancia (Celadi) que ´de modo inmediato procedan a dar cumplimiento con la obligación establecida en las leyes 22.431, 26.928 y 27.674´, lo que representa otorgar los pasajes para las personas con discapacidad”.

Finalmente, desde la Defensoría mencionaron que la CNRT “continuará registrando las denuncias de los usuarios, en los casos de incumplimiento de las empresas, y se utilizarán todas las herramientas legales y administrativas para hacer cumplir y valer los derechos de los usuarios de transporte”.


 
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