La legisladora requiere saber si se llevan a cabo políticas de inspección por parte del Ministerio de Salud de la provincia, respecto a la posible existencia de este tipo de prácticas, además, de conocer si existen recursos y habitaciones dispuestas en cada efector de salud para la atención especial de las mujeres embarazas en tiempo de pandemia, a fines de garantizar la Ley de Parto Respecto (Ley Nacional l N° 25.929), a la cual la provincia de Santa Fe se adhirió bajo la Ley Provincial N° 13.348.
Es importante entender que la situación actual por la que atraviesa el mundo hace indispensable adecuar y modificar los protocolos de atención y nacimiento, a modo de disminuir los riesgos de transmisión y contagio en lo que refiere al entorno de la mujer, la familia y la comunidad. Al respecto, desde el Ministerio de Salud de la Nación se emitieron recomendaciones tanto para el efector de salud como para la parturienta y en el recién nacido.
En tal sentido, Armas Belavi entiende que resulta inaceptable tener que tolerar un pedido de exigencias especiales a la mujer embarazada / parturienta como la realización del testeo por Covid19 –de forma particular- en los efectores de salud privados bajo la advertencia de que si no acuerda vaya al efector de salud de gestión estatal a dar a luz.
Es por ello que se hace necesario llevar adelante políticas de vigilancia y control respecto de los efectores privados que abarquen no sólo las solicitudes especiales que puedan realizar sino también de los recursos que los mismos requieren.