Decisión del titular del Ministerio Público de la Acusación

Un fiscal regional auditará la conducta de Marcelo Sain

Jorge Baclini encomendó a Rubén Martínez analizar si las denuncias contra el titular del Organismo de Investigación ameritan una investigación. Vranich, ahora, fue apartada del caso a su pedido.
23-04-2021 | 9:35 |

Rubén Martínez, fiscal regional de Reconquista, ahora con una nueva tarea encomendada por Baclini.
Foto:Mauricio Garín

Mario Cáffaro
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El fiscal general, Jorge Baclini, firmó una resolución jurisdiccional por la que designó al fiscal regional de la cuarta circunscrupción (Reconquista), Rubén Martínez, como auditor  para iniciar el procedimiento administrativo acerca de la conducta del director del Organismo de Investigación, Marcelo Sain. El procedimiento está previsto en la ley 13.013, la orgánica del Ministerio Público de la Acusación (MPA).

 

Baclini dejó ayer sin efecto la resolución 131 de la Auditora General de Gestión, María Cecilia Vranicich, quien entendió que no correspondía abrir un proceso disciplinario a Sain, por entender que el tema escapaba a su competencia, puesto que se habrían cometido mientras el aludido se desempeñaba como ministro de Seguridad. "Y eso ya es resorte de otro poder y de otro marco legal y sancionatorio", escribió entonces. 

 

La decisión de Vranicich fue impugnada por el fiscal regional número uno, Carlos Arietti. La impugnación del regional local fue avalada por la junta de fiscales que componen los cinco regionales por lo que otra vez estuvo en manos de Baclini. Ahora, en la nueva resolución, el fiscal general aceptó el pedido de la auditora de ser apartada del nuevo trámite y le encomendó la tarea al norteño Martínez quien tendrá un plazo de 60 días para determinar la admisibilidad o no de los recursos interpuestos por Arietti, y por un grupo de 27 diputados provinciales contra aquella decisión de la Auditoría.

 

En los hechos Martínez deberá investigar administrativamente si las denuncias efectuadas sobre el comportamiento y expresiones de Sain son o no faltas de acuerdo a la ley 13.013 que es la orgánica del Ministerio Público de la Acusación. Allí, uno de los artículos determina que "el procedimiento disciplinario se iniciará por comunicación, queja o denuncia de particulares, de jueces, de otros integrantes del Ministerio Público de la Acusación, o en virtud de constatación directa del superior jerárquico". Las expresiones de Sain cuestionadas por Arietti y por diputados fueron tanto públicas como privadas en un audio viralizado con expresiones despectivas hacia ciudadanos y policías santafesinos.

 

La nueva resolución de Baclini ordena que el auditor ad hoc encabece el denominado procedimiento de admisibilidad -plazo de 60 días hábiles-. A su final, el auditor podrá disponer el inicio de la investigación disciplinaria, desestimar las denuncias o formular los cargos. Luego, en caso que hubiera acusación, se deberá constituir el Tribunal de Disciplina y se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 61 de la ley 13.013.

 

En los considerandos, Baclini señala que "está claro que al encontrarse el doctor Sain en licencia en su cargo del Ministerio Público de la Acusación, la potestad disciplinaria de este organismo permanece intacta como para proceder a la apertura de un sumario disciplinario a los fines de que los órganos correspondientes evalúen efectivamente si los hechos denunciados conforman o no conductas sancionables dentro de esta esfera, justamente por la subsistencia de la relación de empleo con el MPA y la lógica subordinación jerárquica". 

 

Agrega que "si tenemos en cuenta que la potestad disciplinaria se vincula a la relación existente entre un agente o funcionario y la Administración Pública -en este caso entre Sain y el MPA/Poder Judicial-, mientras subsista esa relación el agente o funcionario podría incurrir en faltas disciplinarias y en consecuencia se podría ejercer la potestad disciplinaria". Agrega que "de lo contrario estaríamos en presencia de situaciones absurdas, en las cuales, cualquier agente público en uso de licencia en su cargo efectivo, podría quebrantar todas las incompatibilidades, prohibiciones y/o deberes correspondientes a ese cargo, y luego de culminada la licencia retornar al mismo sin que aquellas le sean aplicables."

 

La resolución del fiscal general  también refiere al "precedente Pisacco (fallo de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe) en el que se sentó el criterio de que tanto en la vida pública como también la privada, el agente ha de observar un tacto y un celo extremo, que denoten una intachable conducta, ya que los agentes públicos han de observar, en el servicio y fuera de él, una conducta decorosa y digna de la consideración que su estado oficial exige".

 

Por eso, Baclini considera "los distintos modos posibles de manifestarse la actividad de un funcionario" y explicita que "su responsabilidad puede ser política, penal, civil y/o administrativa, radicando esencialmente su diferencia en los distintos bienes o valores jurídicos que respectivamente tienden a proteger o tutelar (?) De esta manera, se deduce que las expresadas especies de responsabilidad no son excluyentes entre sí, pudiendo coexistir, como en el caso concreto que estamos analizando, un juicio político en los términos del artículo 98 de la Constitución provincial; un proceso penal y una investigación disciplinaria o sumario administrativo en el ámbito del Ministerio Público de la Acusación, puesto que los bienes jurídicos que tutelan unos y otros son diametralmente diferentes".

 

Arietti

El fiscal Carlos Arietti, denunció a Marcelo Sain ante la Auditoría General del MPA y solicitó su destitución como director general del Organismo de Investigaciones por considerar que ha cometido "faltas graves". En un escrito de 32 fojas, apunta contra el ex ministro de Seguridad agrupando las presuntas irregularidades en cuatro tópicos: situación de hacinamiento en comisarías, compra de armas, descalificaciones sistemáticas, e incompatibilidad manifiesta para conducir el Organismo de Investigación.

 

Embrollo

 

Tras la salida de Marcelo Sain como ministro de Seguridad, solicitó a Baclini volver a ocupar el cargo de director general del Organismo de Investigaciones que depende del MPA. Sain obtuvo ese cargo por concurso, tiene un mandato de seis años y fue aceptada su reincorporación.

 

No obstante, hay en el seno del MPA tres presentaciones contra Sain. Son las de Arietti del 22 de marzo último donde da cuenta de investigaciones que realiza el fiscal Ezequiel Hernández sobre investigaciones a funcionarios del ministerio de Seguridad por tratos incrueles, inhumanos y degradantes sufrida por personas detenidas en comisarías. Al día siguiente, 27 diputados provinciales pidieron la no reincorporación de Sain al cargo y finalmente un planteo del diputado Pablo Farías (PS) ante el INADI por entender que las expresiones son actos explícitos o implícitos de discriminación, odio y violencia hacia los santafesinos.

 

Por otra parte, en la Comisión de Juicio Político se mantiene abierto un expediente contra Sain a raíz de la presentación efectuada por la diputada nacional Lucila Lehmann.


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