La Secretaría de Energía de la Nación reabrió por 90 días la inscripción para que Clubes de Barrio y Pueblo accedan a descuentos en las tarifas mayoristas de energía eléctrica y gas natural, en el marco del Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados. Esta medida, que busca paliar la baja adhesión anterior, ofrece bonificaciones de hasta 300 kWh mensuales en electricidad durante los meses de mayor consumo y 150 kWh para periodos más templados.
Ampliación del plazo para clubes en el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados
La Secretaría de Energía de la Nación, dependiente del Gobierno Nacional, ha dispuesto la apertura de un nuevo plazo de 90 días corridos para que los clubes barriales y de pueblo se inscriban y accedan a descuentos en el precio mayorista de la energía eléctrica y del gas natural por redes en el punto de ingreso al sistema de transporte (Pist).
Esta medida resulta significativa, dado que el período original de inscripción para estas asistencias nacionales había finalizado en diciembre de 2025. En septiembre de ese mismo año, se había convocado a las instituciones deportivas, mayormente de carácter amateur, por un lapso de tres meses para que presentaran sus solicitudes.
El beneficio otorgado a estos clubes es equivalente al destinado a los hogares de menores recursos, anteriormente clasificados bajo el Nivel de Ingresos N2, dentro del ya derogado régimen de segmentación de la demanda. Cabe señalar que, para finales de 2026, los hogares identificados como N3, con ingresos medios, verán eliminadas progresivamente las ayudas que el Estado Nacional les concede para sus facturas de energía eléctrica y gas natural por redes. Esto implica que, a principios de 2027, la clase media argentina abonará por sus kWh y sus m³ (a nivel mayorista) el mismo valor que los usuarios residenciales con mayor poder adquisitivo, antes catalogados como N1 o de niveles de ingresos altos.
Impacto potencial y responsables del diseño
Se estima que alrededor de 12.000 clubes de barrio y de pueblos a lo largo del país podrían beneficiarse de estas subvenciones, que buscan apoyar sus actividades sin fines de lucro.
La disposición que extiende el plazo fue firmada por la Subsecretaría de Transición y Planeamiento, área dependiente de la Secretaría de Energía y a cargo de Antonio Milanese. Según el medio Econojournal, fue Milanese «quien tuvo a su cargo el diseño de los criterios de inclusión y exclusión del nuevo Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF)«.
Condiciones actuales de los subsidios energéticos
Actualmente, los hogares de menores recursos reciben subsidios para los primeros 300 kWh mensuales de electricidad durante los meses de enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre. Para marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre, el límite subsidiado es de 150 kWh mensuales. En cuanto al gas, los bloques subsidiados poseen un tope de consumo que varía en función de la distribuidora, el tipo de usuario residencial y el mes.
Escasa respuesta y motivos de la extensión del plazo
Aunque no se han divulgado datos oficiales sobre la cantidad de clubes que tramitaron los subsidios ante las autoridades nacionales, los fundamentos que justifican esta nueva prórroga para la inscripción de instituciones sociales y deportivas sin fines de lucro aluden a una respuesta inicial deficiente.
Los considerandos del documento citan un informe interno de la Secretaría que señala un «exiguo» número de anotados, tanto para nuevas incorporaciones como para el reempadronamiento de los clubes de barrio y de pueblo existentes.
Asimismo, el informe agrega que «a la fecha no se ha completado la inscripción y/o reempadronamiento a través de la Plataforma Trámites a Distancia (TAD), de todas las instituciones potencialmente alcanzadas por el régimen, que cumplen con los requisitos previstos en la Ley 27.098«, la cual promueve a estas entidades barriales y de pequeñas poblaciones.
Finalmente, se indica que «tampoco se ha concluido el proceso de evaluación de la totalidad de los clubes de barrio y de pueblo que ya se encuentran inscriptos en el marco del procedimiento aprobado por la Disposición N° 4/25 de esta Subsecretaría«. Ante esta situación, se considera «razonable disponer una extensión del plazo por un nuevo período, teniendo en cuenta que el plazo inicial resultó exiguo para el reempadronamiento y/o inscripción de nuevas instituciones a fin de garantizar la correcta implementación del régimen vigente y asegurar la efectiva inclusión de todas las instituciones que puedan resultar beneficiarias».
