Fallo unánime en Venado Tuerto: 15 años de prisión al «hermano Pedro»
Los magistrados que llevaron adelante el juicio. Mariana Vidal, Aldo Baravalle y Mauricio Clavero. Credit: Gentileza.

El tribunal conformado por Aldo Baravalle, Mariana Vidal y Mauricio Clavero condenó este miércoles al religioso Pedro Ortiz y Hontoria a 15 años de prisión efectiva. La sentencia se basó en pruebas contundentes que demostraron su responsabilidad en cuatro hechos de abuso sexual contra alumnas de 6º y 7º grado del colegio Sagrado Corazón, durante su desempeño como director en los años 2018 y 2019.

La fiscal Florencia Schiappa Pietra presentó durante el juicio una sólida acusación, acompañada por testimonios y evidencias que respaldaron las denuncias, tanto por abusos ocurridos en la institución como durante un viaje de estudios a Santa Rosa de Calamuchita.

Pedro Ortiz de espalda, junto a su abogado defensor, Arsenio Domínguez.

Los testimonios que marcaron el juicio

Dos de los casos se producieron en una sala del colegio, cuando Ortiz convocaba a las niñas bajo el pretexto de corregir cuadernillos de matemática. Las víctimas relataron que esos encuentros eran una excusa para cometer los abusos.

Otros dos hechos ocurrieron durante actividades recreativas en una pileta del hotel en Santa Rosa de Calamuchita, en Córdoba, donde se realizaba el viaje escolar. Las niñas denunciaron tocamientos inapropiados por parte del docente.

Tres de los hechos fueron calificados como abuso sexual simple agravado y uno como abuso gravemente ultrajante. La sentencia fue dictada por el tribunal venadense.

La defensa del acusado y su versión de los hechos

Durante el proceso judicial, el “hermano Pedro” negó todas las acusaciones. Afirmó que nunca llevó a las alumnas a la dirección y que las actividades escolares que mencionaban las denunciantes eran propias del verano y no del ciclo lectivo regular. Sobre los episodios en la pileta, sostuvo que solo participó en juegos con los estudiantes y negó haber tocado a ninguna de forma inapropiada.

Pese a su defensa, el tribunal consideró acreditados los hechos denunciados y falló a favor de las víctimas.

Prisión preventiva

El juez Aldo Baravalle también se refirió a la decisión de dictar prisión preventiva para el condenado, que hasta ese momento transitaba el proceso en libertad con restricciones. “Al haber una sentencia condenatoria, aunque no esté firme, se agrava la situación procesal del imputado. Evaluamos que era necesario cautelar su persona con la máxima medida, que es la prisión preventiva”, explicó.

Ante la consulta sobre los fundamentos de esta decisión, Baravalle destacó el incremento del peligro de fuga: “El riesgo procesal aumenta considerablemente cuando hay una condena, por más que no esté firme”.

Además, reconoció que el tribunal tuvo en cuenta las circunstancias personales y expectativas de las víctimas al resolver la prisión preventiva: “Cuando una sentencia reconoce los derechos de una víctima, es necesario asegurar que esa decisión se haga efectiva. Si no se ejecuta, se produce una nueva frustración para quienes atravesaron todo el proceso”.


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