La vocal del Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Paraná, Noemí Berros, revocó “la Libertad Condicional que fuera oportunamente otorgada a GAM”, hizo saber su resolución “al Juzgado de Garantías de Concordia N°1 y a la Unidad Fiscal de San Salvador” y les solicitó que “se comunique a la Secretaría de Ejecución Penal de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, el actual lugar de alojamiento en el cual se encuentra detenido a su disposición el condenado GAM, y se informe cualquier modificación respecto de su situación procesal”.
Berros también dispuso que se comunique “a la Delegación Paraná de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal la presente, haciendo saber que ha cesado su intervención en el control oportunamente ordenado”.
La jueza sostuvo que “se vislumbra una conducta totalmente inaceptable de su parte”, teniendo en cuenta la denuncia de amenaza de muerte a su pareja y sus hijos.
Además, el acusado se encuentra actualmente detenido en el marco de una causa que tramita en el Juzgado de Garantías N° 1 de Concordia, por Abuso sexual con acceso carnal.
La Defensa Pública solicitó el rechazo del pedido de revocación de libertad condicional efectuada por el fiscal e instó que se mantenga a su asistido en libertad condicional en esta causa. Cuestionó también que “el dictamen del fiscal trae en cita una resolución en que se decidió la revocación de la prisión domiciliaria, y mediante el uso del argumento analógico, fundamenta su pretensión de revocación de la libertad condicional que viene gozando GAM” y manifestó que “no es lo mismo, puesto que la prisión domiciliaria es prisión, y la libertad condicional no. Es decir, en la prisión domiciliaria existe privación de libertad, y en la libertad condicional existe libertad, sujeta a determinadas condiciones”.
LIBERTAD CONDICIONAL
El fiscal precisó que GAM fue condenado por el Tribunal Oral a la pena de un año y seis meses de prisión por el delito de tenencia simple de estupefacientes que se unificó con la impuesta por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia el 6 de julio de 2021, donde se lo condenó a la pena de cuatro años y ocho meses de prisión, imponiéndosele una pena única de cinco años y seis meses de prisión. El fiscal señaló que “el vencimiento de la misma operaría el 7 de noviembre de 2026”.
El fiscal resaltó que “uno de los requisitos para el otorgamiento y sostenimiento de la libertad condicional es la abstención de cometer nuevos delitos. Para el caso, la imputación efectuada a GAM y su detención permiten concluir que ha incumplido gravemente los deberes inherentes al beneficio del que venía gozando y ya no es merecedor del mismo”.
