Venado Tuerto: la defensa pide la absolución para el exdirector condenado por abusos

Durante una audiencia que se extendió por dos días, los abogados Arsenio Domínguez y José Marchisio solicitaron la absolución de Pedro Ortiz y Hontoria, el religioso condenado a 15 años de prisión. La causa judicial corresponde a cuatro hechos de abuso sexual cometidos contra alumnas del Colegio Sagrado Corazón de Venado Tuerto, mientras el religioso se desempeñaba como director del nivel primario durante los años 2018 y 2019.

En el marco de la presentación, los letrados realizaron un planteo subsidiario, solicitando que, en caso de no ser declarado inocente, se le imponga una pena de 3 años de ejecución condicional bajo la calificación legal de «abuso simple».

Postura de la fiscalía y la querella

En tanto, la fiscal Florencia Schiappa Pietra, quien llevó adelante la investigación, y la abogada querellante Ana María Regidor, defendieron los argumentos esgrimidos durante el juicio oral. Ambas solicitaron que se sostenga la pena de 15 años de prisión impuesta al religioso.

Pedro Ortiz y Hontoria participó de la audiencia conectado vía Zoom y, en el tramo final, hizo uso de la palabra para ratificar su inocencia.

Detalles de la sentencia de primera instancia

La condena de 15 años contra el religioso fue sentenciada el 30 de julio de 2025, al ser encontrado responsable de cuatro hechos de abuso sexual. Uno de ellos fue calificado como gravemente ultrajante, y todos fueron agravados por haber sido cometidos cuando Ortiz y Hontoria se encontraba a la guarda de las niñas, quienes en ese momento cursaban 6° y 7° grado.

Dos de los abusos se registraron en el establecimiento educativo ubicado en la intersección de Hipólito Yrigoyen y Lisandro de la Torre, en Venado Tuerto. Los dos restantes tuvieron lugar en un hotel en Santa Rosa de Calamuchita, en el marco de un viaje de estudio.

Resolución en 30 días

Ahora, la Cámara de Apelaciones, integrada por los magistrados Gabriela Sanso, Daniel Curik y Tomás Orso, contará con un plazo aproximado de 30 días para resolver la apelación presentada.


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