Entre otros argumentos, la defensa del ex funcionario provincial, Juan Ruiz Orrico, condenado por ocasionar el choque, en un auto oficial y alcoholizado, en el que murieron cuatro jóvenes que iban a trabajar un día feriado, cuestionó que no se valoró la confesión ni la reparación económica ofrecida. Las acusaciones respondieron son solvencia cada agravio defensivo y pidieron la confirmación de la condena.
Los integrantes de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) ingresaron a las 10:06 a la sala en la que desde las 9:30, la hora fijada para el comienzo de la audiencia, un numeroso grupo de familiares de los cuatro jóvenes que murieron en el siniestro vial ocasionado por el ex funcionario provincial de la actual gestión, Juan Ruiz Orrico, junto a numerosos medios y las partes, esperaban el inicio de la audiencia para escuchar el mejoramiento de los argumentos de la Impugnación Extraordinaria que presentó la defensa del condenado, contra el fallo de primera instancia y el de la Cámara de Casación de Concordia, que lo ratificó.
A las 11:45, los vocales Miguel Giorgio, Daniel Carubia y Claudia Mizawak, pasaron a un cuarto intermedio para analizar las posiciones de las partes y resolver los planteos que versaron sobre la confirmación de la condena tal como se impuso en el juicio y confirmó la Casación, o hacer lugar a los planteos de la defensa y aminorar la pena.
La defensa pidió que la Sala revoque la sentencia porque no tuvo el doble conforme, es decir la revisión por una instancia procesal superior, se reenvíen las actuaciones a la Casación, la que con una nueva integración deberá dictar un nuevo fallo; o que, de acuerdo a facultades que tendría la Sala, revoque la sentencia y la readecue según los planteos realizados. Las acusaciones pidieron el rechazo del recurso y la confirmación de la condena en todos sus términos.
Ruiz Orrico fue condenado a la pena de 5 años y 8 meses de prisión efectiva por el delito de Homicidio culposo agravado por el nivel de alcoholemia y por la cantidad de víctimas al ocasionar la muerte de cuatro jóvenes que el 20 de junio de 2025 –día feriado- iban a trabajar a un frigorífico ubicado en el departamento Concepción del Uruguay. el violento choque, que arrastró 20 metros desde el lugar del impacto al auto en el que iban las víctimas, ocurrió a la altura del kilómetro 123 de la Ruta N° 39. Allí perdieron la vida en el momento, Brian Izaguirre, Lucas Izaguirre, Leonardo Almada, y Axel Rossi.
Defensa
La defensa del ex funcionario –en manos de Leopoldo Lambruschin, Félix Pérez y Leandro Monje-. que se desempeñaba como titular del Instituto Portuario de Entre Ríos y se conducía a alta velocidad en un auto oficial y con una alcoholemia de 1,59 gramos de alcohol en sangre, planteó que la Casación no realizó la tarea de control y revisión, no respondió a los planteos que se formularon en la Impugnación Extraordinaria, apartándose del Derecho vigente.
Así, enumeró que no se abordaron correctamente los planteos sobre pena natural, admisión de culpabilidad o confesión, errónea consideración de los atenuantes y agravantes que contemplan las normas, el ofrecimiento de reparación del daño y las secuelas físicas y psicológicas que dice padece su asistido.
Respecto de la confesión, cuestionó que la sentencia y la Casación la minimizaron porque no se produjo en un juicio abreviado, donde está expresamente regulada. También cuestionó que se sostuvo que Ruiz Orrico no se allanó a pretensiones de las querellas tras la confesión, señalando que aquellas no están consignadas en la norma que sancionó la Legislatura, añadiendo que “es un requisito que generó el Tribunal”.
Sobre el ofrecimiento de reparación del daño, que se precisó en 150.000.000 millones que no fueron aceptados por las familias de las víctimas, la defensa planteó que se lo consideró en “sentido desfavorable”.
Pena natural
Sobre la pena natural, la defensa cuestionó que a pesar de que se reconoce en las sentencias que Ruiz Orrico sufrió daños físicos y psicológicos, serios y graves, la Casación no le asigna el valor atenuante que ellos entienden que tendrían.
Acusaciones
El procurador general, Jorge García, rechazó los planteos defensivos y sostuvo, con sobrados argumentos, que las sentencias que se recurren estuvieron fundadas y no constituyen lo que mencionó como “actos puros de poder”. Al igual que las querellas, el procurador expresó que los agravios son los mismos que se presentaron ante la Casación.
García entendió que la defensa expresó agravios en disconformidad con el análisis y el resultado de la sentencia, pero que son solo eso, meras disconformidades con un fallo adverso que no se ajustó a sus pretensiones.
Querellas
Mario Arcusin, apoderado de Héctor Izaguirre y Nélida Dubini -progenitores de Brian y Lucas Izaguirre-; Roberto Rossi y María de los Ángeles Benítez -progenitores de Axel Rossi-, y Ramón Almada y María Jaime -progenitores de Leonardo Almada; y Leandro Rosatti, como coapoderado de María de los Ángeles Benítez y Nélida Dubini, rechazaron los planteos y pidieron su confirmación.
Arcusin sostuvo que el planteo de la defensa sobre una supuesta competencia de las víctimas, que no iban con el cinturón de seguridad puestos, es “irrelevante” y recordó que un perito sostuvo en el juicio que la proporción del impacto hizo inútiles el uso de los cinturones.
