El gobernador Maximiliano Pullaro y el ministro de Gobierno, Fabián Bastía, promulgaron este viernes la ley que prohíbe la actividad de cuidacoches y trapitos en todo el territorio de la provincia de Santa Fe. La normativa, sancionada tras un intenso debate legislativo, tipifica la práctica como una contravención sancionada con trabajo comunitario, mientras que los Concejos Deliberantes de cada ciudad deberán dictar las ordenanzas de adhesión y aplicación local.
Promulgación de la ley que prohíbe la actividad de cuidacoches
Mediante el decreto Nro. 2121 del pasado viernes 2 de octubre, el Poder Ejecutivo promulgó la ley Nro. 14.486, la cual modifica el Código de Convivencia y prohíbe de manera formal la actividad de los cuidacoches en todo el territorio provincial. El instrumento legal lleva las firmas del gobernador Maximiliano Pullaro y del ministro de Gobierno, Fabián Bastía.
La norma recibió sanción definitiva por parte del Senado hace dos semanas, tras varios meses de postergaciones y debates internos en el seno del propio oficialismo. En dicha instancia, el cuerpo legislativo insistió con la versión original del proyecto y desestimó las modificaciones que previamente había introducido la Cámara de Diputados.
Alcance y penalizaciones de la normativa
Con la entrada en vigencia de la ley, la actividad de los denominados «trapitos» queda prohibida en toda la provincia de Santa Fe. No obstante, la práctica no tipifica como delito, sino como una contravención, por lo que los municipios y comunas deberán adherir a la normativa de manera explícita a través de sus respectivas ordenanzas.
El texto establece que ofrecer el servicio de cuidado, lavado o retribución de vehículos sin autorización en zonas prohibidas se penalizará con entre 2 y 10 días de trabajo comunitario, además de la prohibición de concurrir al lugar del hecho. En los casos de reincidencia, la legislación prevé penas de arresto que van de 10 a 20 días.
