El gobierno nacional dio un paso significativo el 6 de noviembre de 2025 al iniciar formalmente el proceso de privatización parcial de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA). La medida se concretó a través de la Resolución 1751/2025, la cual autoriza la venta en bloque del 44% del paquete accionario de la empresa mediante una licitación pública. Adicionalmente, se implementará un Programa de Propiedad Participada destinado a los trabajadores, que abarcará un 5% de las acciones.
La resolución, publicada en el Boletín Oficial y firmada exclusivamente por el ministro de Economía, Luis Caputo, establece que el Estado argentino mantendrá en todo momento la mayoría accionaria y conservará el voto afirmativo en decisiones estratégicas de la compañía. La operación de desinversión estará bajo la órbita del Ministerio de Economía, con la intervención de la Agencia de Transformación de Empresas Públicas y otras dependencias pertinentes.
El objetivo central de esta iniciativa es atraer capital privado que permita financiar nuevos proyectos, así como mejorar la gestión técnica y financiera de NASA. A pesar de la privatización parcial, la Secretaría de Energía y la Comisión Nacional de Energía Atómica seguirán ejerciendo la administración y el control mayoritario de la empresa.
Marco legal y criterios para la venta de acciones
La decisión de avanzar con la privatización de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima se enmarca en lo dispuesto por el artículo 8° de la Ley 27.742, que somete a NASA al régimen de privatización establecido por la Ley 23.696 y sus modificaciones. Este marco legal es categórico al exigir que el Estado preserve la participación mayoritaria en la sociedad y se reserve el voto afirmativo en una serie de cuestiones consideradas estratégicas. Entre ellas se incluyen la ampliación de capacidad operativa, la construcción de nuevas centrales nucleares, la salida de servicio de las unidades por motivos no técnicos y la incorporación de accionistas que puedan asumir el control societario.
La Resolución 1751/2025 detalla que la venta se realizará mediante la cesión en bloque del 44% del paquete accionario y la asignación del 5% restante a los empleados de la empresa, quienes accederán a condiciones preferenciales dentro del Programa de Propiedad Participada. Como parte de la reestructuración, ENARSA transferirá su 1% de participación al Estado, mientras que NASA cederá el 0,01% de su participación en ENARSA. La normativa establece un plazo máximo de doce meses desde la vigencia de la resolución para que la venta se concrete a través de una licitación pública, la cual tendrá una convocatoria de alcance nacional e internacional, en cumplimiento de la Ley 23.696.
Mecanismo de licitación y valuación de activos
La Secretaría de Energía ha sido designada como la entidad responsable de elaborar el inventario completo de los bienes tangibles e intangibles que inciden en la valuación de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima, así como de preparar toda la documentación técnica, societaria y contractual necesaria para la licitación. Esta tarea se realizará en coordinación con la Unidad Ejecutora.
Un aspecto clave del proceso es la valuación de la empresa. El Tribunal de Tasaciones de la Nación informó que su competencia se limita a la tasación de activos físicos. Por lo tanto, la valuación de los activos financieros e intangibles deberá ser realizada por una entidad bancaria pública. La normativa prevé la posibilidad de recurrir a organismos internacionales o entidades privadas en caso de ser necesario, siempre y cuando no hayan intervenido previamente en la selección de posibles compradores. La oferta pública se llevará a cabo a través de la plataforma CONTRAT.AR, en estricto cumplimiento del Decreto 416 del 17 de junio de 2025. En cuanto al Programa de Propiedad Participada, su implementación y administración serán coordinadas por la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial en conjunto con la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. La tasación final realizada por la entidad bancaria pública tendrá el carácter de presupuesto oficial para la operación.
Finalmente, la resolución exige una adaptación del estatuto social de NASA para viabilizar la operación, tarea que deberá gestionar la Secretaría de Energía con el apoyo técnico y operativo de la empresa y la Unidad Ejecutora. La dirección general de la operación recaerá en la Agencia de Transformación de Empresas Públicas, en coordinación con el Ministerio de Economía, la cual deberá adoptar todas las medidas necesarias para concretar la privatización en los plazos estipulados.
