Cuánto cobrarán los jubilados con la suba del haber mínimo prevista para para marzo

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó la actualización de los haberes jubilatorios y demás prestaciones previsionales que regirá a partir de marzo de 2026. La medida, publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución 38/2026, establece los nuevos montos mínimos y máximos del sistema, en línea con la movilidad mensual basada en la inflación.

El haber mínimo jubilatorio se ubicará en $ 369.600,88 a partir de marzo. Este incremento responde a la aplicación del esquema de movilidad vigente, que ajusta las prestaciones mensualmente de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Para este cálculo, se tomó como referencia el dato de inflación correspondiente a enero de 2026, que determinó una movilidad del 2,88%. Este mecanismo se deriva del decreto que modificó la fórmula previsional, instaurando actualizaciones mensuales vinculadas a la evolución de los precios.

En paralelo, la normativa fijó el nuevo haber máximo del sistema previsional en $ 2.487.063,95, actualizando los límites del sistema bajo el mismo criterio aplicado al haber mínimo.

Nuevos valores para bases imponibles y prestaciones

La resolución también determinó los nuevos valores para las bases imponibles mínima y máxima, utilizadas para el cálculo de aportes y contribuciones al sistema. A partir de marzo, la base mínima será de $ 124.481,49, en tanto que la máxima ascenderá a $ 4.045.590,45. Estos parámetros tienen un impacto directo tanto en los trabajadores activos como en los futuros beneficiarios del sistema previsional.

Asimismo, la medida actualiza otras prestaciones fundamentales del sistema previsional argentino. La Prestación Básica Universal (PBU) se fijó en $ 169.075,53 desde marzo, mientras que la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) alcanzará los $ 295.680,70. Esta última está destinada a personas mayores de 65 años que no cumplen con los requisitos de aportes necesarios para acceder a una jubilación ordinaria.

La normativa también establece criterios y índices de actualización para las remuneraciones utilizadas en el cálculo de nuevos beneficios. Estos índices, definidos por la Subsecretaría de Seguridad Social, se aplicarán para actualizar los salarios históricos de los trabajadores que cesen su actividad desde fines de febrero de 2026 o soliciten su jubilación a partir de marzo, un factor determinante en la fijación del haber inicial.

Marco legal y aplicación de la movilidad

Esta actualización se inscribe en el marco normativo que regula el sistema previsional argentino, incluyendo la Ley 24.241 y las modificaciones posteriores que introdujeron diversos esquemas de movilidad. El mecanismo actual se fundamenta en la modificación del Artículo 32 de la ley previsional, que estableció ajustes mensuales de los haberes vinculados a la variación del IPC nacional. Este modelo reemplazó fórmulas anteriores, imprimiendo una dinámica más frecuente a la actualización de las prestaciones.

Desde el organismo previsional, se destacó que la medida se adopta en estricto cumplimiento de las facultades legales para fijar los valores mínimos y máximos del sistema, así como para actualizar las prestaciones. La resolución faculta a las áreas técnicas de la Administración Nacional de la Seguridad Social a realizar las adecuaciones necesarias para la implementación de los nuevos montos, abarcando tanto comunicaciones internas como ajustes operativos.


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