En un nuevo capítulo del proceso judicial que generó gran interés en la capital provincial, la defensa del docente Juan Francisco Trigatti formalizó este martes la presentación de un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe.
El abogado Marcos Barceló busca que el Máximo Tribunal provincial dé tratamiento al recurso de inconstitucionalidad previamente presentado, a pesar de que recientemente la Cámara de Apelaciones lo declaró inadmisible.
Antecedentes del caso y situación actual del imputado
El profesor de educación física fue absuelto en primera instancia, pero posteriormente condenado por la Alzada, acusado de haber abusado de cinco alumnas del Jardín de Infantes Ceferino Namuncurá de barrio Yapeyú. Dicha sentencia condenatoria fue confirmada. Trigatti permanece tras las rejas desde el 12 de noviembre pasado y su prisión preventiva también fue ratificada por la Cámara.
Los fundamentos de la defensa: «Gravedad institucional»
La defensa de Trigatti acudió al Máximo Tribunal provincial sosteniendo que las sentencias de la Cámara —tanto la condenatoria inicial como la confirmatoria— incurren en «vicios constitucionales» graves, que afectan derechos y garantías fundamentales del imputado. El escrito de queja busca que la Corte abra el recurso denegado, anule los fallos y ordene un nuevo juzgamiento. La argumentación se basa en la doctrina de la «arbitrariedad de sentencia» y alega que el caso presenta una clara «gravedad institucional» que trasciende el interés particular de Juan Francisco Trigatti. La defensa sostiene que el docente, quien cuenta con el apoyo de SADOP y gran parte de la comunidad educativa, es víctima de un proceso cargado de irregularidades.
Una respuesta «dogmática» de la Alzada
El Tribunal de apelación horizontal, integrado por los jueces Fabio Mudry, Fernando Gentile Bersano y Bruno Netri, rechazó la semana pasada el acceso a la Corte Suprema. Argumentaron que su propia resolución de confirmación de condena estaba debidamente motivada y que los agravios de la defensa eran una mera «reiteración de cuestiones que han merecido respuesta» en instancias anteriores.
Barceló refutó estos «pseudo-argumentos», calificándolos de «autodefensa generalista». Para el letrado, los magistrados se constituyeron indebidamente en defensores de su propia sentencia, limitándose a afirmar de manera dogmática que el fallo es perfecto y carece de vicios. El recurso de queja presentado subraya que los camaristas ni siquiera realizaron el análisis técnico de los niveles de admisibilidad requeridos, incurriendo en una respuesta judicial «meramente dogmática», donde en una actitud calificada como «corporativista», se justificó lo injustificable.
Agravios detallados en el recurso de queja
El corazón de la queja presentada se divide en varios puntos clave.
Uno de ellos es la participación de cuatro ONG como Amicus Curiae. Según Barceló, se les dio carácter de «parte» en el proceso y sus opiniones se equipararon a agravios fiscales, «contradiciendo la jurisprudencia obligatoria de la Corte Suprema de Justicia» establecida en el fallo C.,N.O., que «proscribe» esta actuación por considerar que «desequilibra» el proceso penal.
Asimismo, el recurso destaca lo que denomina una base fáctica «irreal e ilógica», detallando diversos agravios:
- Violación del principio de congruencia: Trigatti fue imputado por hechos supuestamente ocurridos en el patio de la escuela durante clases de educación física, pero terminó condenado también por un abuso en el baño, lugar ajeno a la imputación original.
- Arbitrariedad probatoria: La Cámara dio valor superior al testimonio de un médico traumatólogo policial por sobre las conclusiones del Equipo Interdisciplinario del Hospital Iturraspe y los pediatras del Hospital de Niños, quienes no constataron ningún signo de abuso en las menores.
- Prueba documental ignorada: Se desestimó un informe del Ministerio de Educación que probaba que una de las niñas «nunca tuvo clases con el profesor Trigatti», dándole prioridad al relato de un familiar que decía haber presenciado las clases.
Finalmente, la defensa cuestionó que los camaristas realizaran un «nuevo juicio» al valorar por su cuenta los videos del debate y de las Cámaras Gesell (realizadas por psicólogas del Ministerio Público de la Acusación y no por el equipo de la Corte), sin tener la inmediación necesaria y excediendo su competencia funcional.
La expectativa en la Corte Suprema
Marcos Barceló concluyó que el caso es «escandaloso» y sostuvo que la inocencia de su defendido es un reclamo de la ciudadanía santafesina toda. Ahora, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe deberá decidir si dará tratamiento, o no, al recurso de queja presentado.
