El Ministerio de Capital Humano informó, mediante un comunicado, que el Gobierno apelará el fallo del Juzgado Nacional del Trabajo N°63 que suspendió provisoriamente más de 80 artículos de la reforma laboral. La medida judicial había sido dictada a raíz de una presentación impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT).
El Gobierno anunció que apelará el fallo judicial que suspendió provisionalmente más de 80 artículos de la reforma laboral. La decisión fue comunicada por el Ministerio de Capital Humano tras la presentación de la Confederación General del Trabajo ante la Justicia federal el 30 de marzo de 2026. La cartera, encabezada por Sandra Pettovello y con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, buscará revertir la suspensión y agotará todas las instancias judiciales necesarias para garantizar la plena vigencia de la norma.
Los argumentos oficiales
El Ministerio de Capital Humano defendió la reforma laboral, destacando que fue sancionada por amplia mayoría en el Congreso. Según la administración, la normativa es fundamental para la generación de empleo formal, la mejora de la competitividad y el fortalecimiento de la seguridad jurídica. En su pronunciamiento, la cartera oficial cuestionó la presentación sindical, afirmando que detrás de ella existen intereses corporativos y sectoriales que intentan frenar los cambios impulsados. Consideraron que la apelación es necesaria para preservar la seguridad jurídica vinculada a la reforma laboral y a los artículos cuya aplicación quedó en suspenso.
El recurso que promoverá el Gobierno apelará, además, la interpretación del juez sobre la posible afectación de derechos constitucionales. El objetivo es restablecer la vigencia de los artículos suspendidos mientras se tramita el fondo del conflicto laboral.
La decisión judicial
El fallo que ordenó la suspensión provisional fue firmado por el juez Raúl Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo N°63. El magistrado hizo lugar a la medida cautelar promovida por la Confederación General del Trabajo, advirtiendo sobre una posible afectación de derechos constitucionales y el riesgo de un perjuicio inminente para los trabajadores. La resolución judicial es de carácter provisorio y se mantendrá vigente mientras la Justicia examine el fondo del planteo.
El planteo de la CGT
La presentación que impulsó la Confederación General del Trabajo fue encabezada por el triunvirato integrado por Jorge Alberto Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo. En su escrito, la central obrera cuestionó la constitucionalidad de distintos puntos de la reforma y solicitó la suspensión de su aplicación.
El Juzgado Nacional del Trabajo N°63, con la firma del juez Raúl Ojeda, consideró que la ley 27.802 podría afectar derechos constitucionales y generar un perjuicio inminente para los trabajadores, por lo que decidió suspender más de 80 de sus artículos.
La suspensión dictada por el juez no afectó la vigencia de los convenios colectivos de trabajo, que continúan en vigor. Este conflicto laboral ingresa ahora en una nueva instancia judicial con recursos de apelación, y la disputa podría escalar en las próximas instancias. Las partes continuarán ante los tribunales para dirimir la validez de la reforma y la extensión de la suspensión.
