Multas de tránsito en la Ciudad de Santa Fe: rigen nuevos valores para las infracciones más frecuentes

Desde el lunes 1° de junio, los vecinos y conductores de Santa Fe se encuentran con multas más caras. La Municipalidad actualizó el valor de la Unidad Fija (UF), la referencia que se utiliza para calcular todas las contravenciones establecidas en el Régimen de Infracciones y Penalidades (Ordenanza N° 7.882 y sus modificatorias).

Esta medida se basa en la Ordenanza N° 12.943, sancionada por el Concejo local en 2024, que establece que los montos de las multas se definen por la UF. Su valor en pesos equivale a un litro de nafta súper en el surtidor de la empresa YPF del ACA de Santa Fe.

Además, la normativa otorga a la Municipalidad, bajo la gestión del intendente Juan Pablo Poletti, la facultad de actualizar bimestralmente el valor de la UF. La última suba había sido el 1° de abril pasado, como El Litoral informó en su momento, luego de un notable incremento en el precio de los combustibles.

La progresión del valor de la UF en 2026

En lo que va del año, la Municipalidad ya autorizó tres actualizaciones de la Unidad Fija. El 1° de febrero, el valor se fijó en 1.701 pesos; luego, el 1° de abril, subió a 2.045 pesos, lo que representó un aumento del 20,2% en solo dos meses. Ahora, la UF se ubica en 2.087 pesos. El incremento acumulado en lo que va de 2026 alcanza el 22,7%.

Es importante que el vecino sepa que la Municipalidad tiene la obligación de publicar en su sitio web oficial el valor actualizado de la UF de manera bimestral. Además, el monto final de la multa se actualiza al valor de la UF vigente al momento de realizar el pago.
Un dato a tener en cuenta es que la mayoría de las infracciones, a excepción de las consideradas más severas (como alcoholemia o narcolemia positiva, o las «picadas»), pueden abonarse de forma voluntaria. Esto implica un descuento del 20% sobre el valor mínimo y máximo de la multa.

Las infracciones más graves y sus nuevos costos

Las contravenciones que ponen en riesgo la seguridad vial tienen los montos más elevados. Disputar «picadas» en la vía pública, por ejemplo, conlleva multas que van desde las 2500 UF ($ 5.217.500) hasta las 8000 UF ($ 16.696.000), sumado a la inhabilitación para conducir por entre uno y dos años. Además, el infractor deberá realizar cursos de capacitación en educación vial y tareas de colaboración o pasantías en centros de rehabilitación u hospitales públicos, así como trabajos no remunerados de solidaridad con la comunidad.

En cuanto a las velocidades excesivas, si un conductor circula a una velocidad que supere en 20 km/h hasta 40 km/h la máxima permitida, la multa oscila entre 150 UF ($ 313.050) y 1500 UF ($ 3.130.500). Si la velocidad excede en más de 40 km/h el límite, la sanción se agrava, yendo de 220 UF ($ 459.140) a 2200 UF ($ 4.591.400).

Por alcoholemia o narcolemia positiva, es decir, conducir bajo los efectos de alcohol, tóxicos o estupefacientes, las multas van desde las 190 UF ($ 396.530) hasta las 2000 UF ($ 4.174.000), con la posibilidad de inhabilitación de hasta 365 días.

Las faltas relacionadas con la contaminación también tienen un alto costo. La quema de cubiertas, cámaras o neumáticos de cualquier tipo a cielo abierto, y la generación de exceso de humo u hollín de chimeneas, incineradores, calderas u otras instalaciones o vehículos en general, es multada desde 80 UF ($ 166.960) hasta 3000 UF ($ 6.261.000).

Finalmente, cruzar el semáforo en rojo o no respetar las indicaciones de los agentes de tránsito implica una multa que va desde las 190 UF ($ 396.530) hasta las 1900 UF ($ 3.965.300).

Multas por infracciones comunes

El listado de multas también incluye las faltas más frecuentes en la vía pública. Por estacionar en dársenas del nuevo SEOM sin la debida registración, la sanción asciende a 11 UF ($ 22.957). El mal estacionamiento en general, ya sea en doble mano, sobre mano prohibida, la vereda, de contramano, empujando vehículos o delante de accesos a garajes, tiene multas que van de 15 UF ($ 31.305) a 150 UF ($ 313.050).

Circular en moto sin casco protector normalizado, tanto para el conductor como para el acompañante, implica multas de 50 UF ($ 104.350) a 500 UF ($ 1.043.500), con posible inhabilitación de hasta sesenta días. Similarmente, en autos, no usar los cinturones de seguridad tanto el conductor como los acompañantes, se sanciona con multas de 50 UF ($ 104.350) a 500 UF ($ 1.043.500) y también puede acarrear una inhabilitación de hasta 60 días.

El uso del celular al volante sin el sistema de manos libres, una práctica extendida y peligrosa, es multado desde 50 UF ($ 104.350) hasta 500 UF ($ 1.043.500), con posible inhabilitación por hasta 60 días.

Finalmente, arrojar en la vía pública enseres domésticos, desperdicios, residuos, escombros, tierra o materiales de construcción fuera de los días establecidos para la recolección, se sanciona con multas que van desde 80 UF ($ 166.960) hasta 800 UF ($ 1.669.600).


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