Sauce Viejo: la justicia dispuso restricción de acercamiento entre intendente y gremio municipal

Un juez de la provincia dictó una resolución inédita que prohíbe a un intendente, su gabinete y los cuerpos orgánicos de un sindicato establecer contacto en un radio de 200 metros del municipio, por un plazo de seis meses.

Se trata del magistrado Sergio Carraro, quien dictó la medida para el distrito de Sauce Viejo. La disposición afecta al intendente Mario Papaleo y a los integrantes de su equipo de gobierno, así como a los dirigentes de ASOEM.

La determinación se adoptó este jueves en la sede de los Tribunales Provinciales, en el marco de una audiencia penal convocada para tratar el «cese provisorio de estado antijurídico», según lo previsto en el artículo 207 del Código Procesal Penal.

Luego de una hora y media de deliberación y de escuchar a las partes, el magistrado resolvió que el Ejecutivo Municipal informe en el término de 48 horas al Ministerio Público de la Acusación —y este, a su vez, al Ministerio de Seguridad—, la nómina de autoridades del organismo. De manera similar, se estableció para el gremio la entrega al fiscal de la nómina de personas que cumplen actividades en el municipio con funciones ejecutivas. Así consta textualmente en el acta de la audiencia, a la que accedió El Litoral, y que recoge lo establecido en la resolución verbal del juez.

La interpretación inicial del acta generó una controversia pública, sugiriendo incluso que el propio intendente tenía prohibido asistir a su despacho. Dada la ambigüedad del escrito, el magistrado se vio obligado a emitir una «aclaratoria» de su resolución a media mañana de este viernes. En este documento, se precisa que la decisión ordena «una medida de distancia de 200 metros respecto de la Municipalidad de Sauce Viejo y sus dependencias». Además, establece que «tanto las autoridades del Ejecutivo Municipal como de los cuerpos orgánicos de ASOEM deberán evitar cualquier tipo de contacto en un radio de 200 metros de las dependencias indicadas, con prohibición de acercamiento a ellas para las autoridades de la entidad gremial, por un término de seis meses o hasta tanto se resuelva el conflicto». El juez enfatizó en su aclaración que «no existe ningún tipo de restricción» ni para las autoridades del Ejecutivo Municipal ni para las de la entidad gremial para el ejercicio de sus funciones en sus respectivas sedes.

La medida en abstracto

La audiencia había sido solicitada semanas atrás por el apoderado del municipio, Oscar Fabián Velázquez, argumentando que la escalada del conflicto sindical generaba, incluso, riesgo de vida para los involucrados. Ello ocurrió mientras se desarrollaban medidas de fuerza y movilizaciones, constituyendo el «estado antijurídico» que se buscaba cesar y que fue invocado en la medida. La justicia había citado inicialmente a las partes para el 14 de mayo pasado, pero a pedido del propio abogado del municipio —quien alegó razones personales para su inasistencia—, la audiencia fue reprogramada para este jueves.

La dilación de la audiencia la tornó casi extemporánea, ya que la presente semana transcurrió en el municipio sin medidas de fuerza ni conflictos. Por esta razón, ante el juez, tanto el fiscal Marcelo Nessier como Velázquez advirtieron que la medida que se adoptara sería «en abstracto». Aun así, ambas partes expusieron sus argumentos con vehemencia. Fue en este contexto que el apoderado del municipio solicitó al juez una medida perimetral para los referentes de ASOEM, con el objetivo de evitar futuras confrontaciones.

Tras escuchar a las partes, el juez las instó a actuar con razonabilidad. Si bien se mostró receptivo al planteo sobre la eventual resolución «en abstracto», el magistrado consideró los efectos futuros que un conflicto, meramente apaciguado de forma transitoria, podría seguir causando. En función de ello, resolvió aplicar la medida de distancia aludida por seis meses.

Las partes se encuentran evaluando la posibilidad de apelar la resolución.


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