El juez federal Gastón Salmain, del Juzgado Federal N.º 1 de Santa Fe, desestimó el amparo de organizaciones ambientalistas contra la licitación de la Vía Navegable Troncal, despejando el camino para que el Gobierno nacional avance con la adjudicación definitiva de la Hidrovía. La decisión se conoce en un contexto donde el propio magistrado enfrenta un pedido de remoción en el Consejo de la Magistratura por presunto mal desempeño.
Rechazo Judicial a un Amparo contra la Hidrovía Paraguay-Paraná
El Juzgado Federal N.º 1 de Santa Fe ha rechazado la acción de amparo colectivo presentada por organizaciones ambientalistas y referentes sociales que buscaban suspender la licitación de la Hidrovía Paraguay-Paraná. La demanda exigía que el Estado Nacional realizara una Evaluación de Impacto Ambiental Estratégica y Acumulativa sobre toda la cuenca del Río Paraná antes de avanzar con el proceso.
Los Fundamentos de la Sentencia
La sentencia, firmada el 5 de junio por el juez federal Gastón Salmain, concluyó que no se acreditó una «arbitrariedad o ilegalidad manifiesta» por parte del Estado Nacional. En consecuencia, desestimó tanto la solicitud de suspensión del Decreto 709/2024 como el pedido de inconstitucionalidad del DNU 699/2024, que declaró servicio público las actividades de dragado, redragado, señalización, balizamiento y control hidrológico en la vía navegable.
Esta resolución representa un respaldo judicial clave para la continuidad del proceso licitatorio impulsado por el Gobierno Nacional sobre la principal vía de salida de las exportaciones argentinas. El magistrado sostuvo: «La arbitrariedad o ilegalidad exigida por el artículo 43 de la Constitución Nacional debe ser manifiesta. No basta la invocación de un desacuerdo técnico, una crítica política, una divergencia científica o la postulación de estándares ambientales más rigurosos que los implementados por la Administración».
Los demandantes habían solicitado específicamente que la Justicia ordenara una evaluación ambiental estratégica sobre toda la cuenca del Paraná, suspendiera el proceso licitatorio y declarara inconstitucional el régimen normativo que regula la concesión de la Vía Navegable Troncal. No obstante, Salmain consideró que este planteamiento excedía los límites propios de la acción de amparo, afirmando en uno de los párrafos centrales de la sentencia que «la protección ambiental no exige que el juez administre. Exige que controle».
Asimismo, el juez remarcó que «la Constitución Nacional no consagra una cláusula de inmovilidad ecológica, sino un modelo de desarrollo sostenible», enfatizando que el desafío reside en compatibilizar producción, infraestructura, comercio exterior y protección ambiental. Según el fallo, la Hidrovía constituye una infraestructura estratégica para el país, y cualquier decisión judicial que paralizara integralmente el proceso debía analizarse con especial prudencia institucional. «La relevancia económica del corredor no excluye el control ambiental, pero sí impone ponderar cuidadosamente las consecuencias institucionales de una sentencia que pudiera paralizar o condicionar de modo absoluto la gestión de una infraestructura estratégica», señaló.
El Proceso Licitatorio de la Vía Navegable Troncal
La sentencia de Salmain llega en un momento crucial para el futuro de la Hidrovía. Tras superar la etapa de evaluación técnica, la Agencia Nacional de Puertos y Navegación abrió en mayo las ofertas económicas de los dos consorcios finalistas: la belga Jan De Nul, asociada con Servimagnus, y su competidora DEME. Ambas presentaron propuestas económicas prácticamente idénticas, con tarifas ubicadas en los valores mínimos previstos por los pliegos.
El mismo día en que Salmain firmó la sentencia, el Gobierno Nacional difundió el dictamen de preadjudicación que recomienda otorgar la concesión a Jan De Nul–Servimagnus. Esta decisión, basada en el sistema de puntajes aplicado durante las etapas técnica y económica, abre ahora un período para eventuales impugnaciones antes de la adjudicación definitiva.
Controversias y Observaciones de la PIA
El proceso licitatorio continúa rodeado de controversias. Semanas atrás, la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) había advertido sobre presuntas irregularidades en los pliegos y formulado observaciones vinculadas a la transparencia del procedimiento. Estos cuestionamientos fueron también invocados por los actores en la causa judicial.
Sin embargo, el juez Salmain sostuvo que, si bien las observaciones de la PIA «poseen relevancia institucional», no constituyen por sí mismas una demostración de ilegalidad manifiesta que justifique la suspensión judicial del proceso.
El Contexto Institucional del Juez Salmain
El fallo también adquiere especial relevancia debido al contexto institucional que atraviesa su autor. El juez Gastón Salmain compareció el 20 de mayo ante la Comisión de Acusación del Consejo de la Magistratura en el marco de expedientes disciplinarios acumulados en su contra. Durante esa audiencia, respondió preguntas de los consejeros y ejerció su defensa.
Ocho días después, la Comisión aprobó por unanimidad un dictamen que propone al plenario del Consejo la apertura formal del procedimiento de remoción por presunto mal desempeño y su suspensión en el ejercicio del cargo. Esta recomendación aún debe ser considerada por el plenario del organismo, que resolverá si formula la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento. Cabe destacar que el Juzgado Federal N.º 1 de Santa Fe está vacante desde fines de 2024, tras la jubilación de Reinaldo Rodríguez, y se cubre con subrogancias rotativas mientras un concurso para su cobertura definitiva tramita en el Consejo de la Magistratura.
Perspectivas Futuras y la Cuestión Ambiental
La decisión de Salmain no clausura la discusión ambiental sobre la Hidrovía. El propio magistrado aclaró que el rechazo del amparo «no importa una autorización judicial anticipada e irrestricta para cualquier obra futura» y recordó que el Estado mantiene la obligación de realizar las evaluaciones ambientales que correspondan respecto de proyectos concretos de ampliación, profundización o modificación del sistema navegable.
Por ahora, sin embargo, el fallo elimina uno de los principales obstáculos judiciales que enfrentaba el proceso licitatorio y despeja el camino para que el Gobierno avance hacia la adjudicación definitiva de una concesión estratégica por donde circula alrededor del 80 por ciento del comercio exterior argentino.
