Santa Fe: crearon ocho cargos para el fuero Contencioso Administrativo y se abre la convocatoria a concurso

El Poder Ejecutivo de la provincia de Santa Fe ha dictado el decreto n° 1442, mediante el cual se modifica la estructura de personal del Poder Judicial para implementar el Colegio de Jueces en lo Contencioso Administrativo de la Provincia. Esta medida da cumplimiento efectivo al artículo 16 de la Ley N° 14439.

Este es un paso crucial en la estrategia del Gobierno provincial para fortalecer este fuero, que actualmente cuenta con solo dos cámaras, una en Santa Fe y otra en Rosario. Tras la reforma de la Constitución provincial, se sancionó la ley del proceso contencioso administrativo y se dispuso la creación del colegio de jueces en dicho fuero. Pendiente aún, resta completar el tratamiento del procedimiento en esta órbita del Poder Judicial. Sobre esta última futura norma, las dos cámaras legislativas ya se pronunciaron y su sanción final se encuentra en manos de la Cámara de Diputados.

En este contexto, la Cámara Baja debe decidir si insiste con el proyecto votado por una sólida mayoría o si opta por el texto modificado por el Senado y aprobado en forma unánime.

La normativa establece que los jueces en lo contencioso administrativo serán competentes para conocer las pretensiones que se deduzcan por la actuación u omisión en el ejercicio de funciones administrativas de los órganos de la Provincia, los municipios y los entes descentralizados en el ejercicio de funciones administrativas; y de las personas de derecho público de carácter no estatal u otras personas que tengan delegadas potestades administrativas, cuando se encuentren en ejercicio de las mismas. Asimismo, aclara que para la determinación de la competencia material prevalece la naturaleza de la función ejercida por sobre la forma jurídica adoptada.

En particular, estos jueces son competentes para entender en controversias sobre: la impugnación de actos administrativos, de alcance individual o general; disputas entre prestadores de servicios públicos o concesionarios de obras públicas y usuarios, regidas por el derecho administrativo; y casos que involucren a personas de derecho público de carácter no estatal que actúen en el ejercicio de competencias regidas por el derecho administrativo. También conocerán sobre la responsabilidad patrimonial generada por la actividad lícita o ilícita, o inactividad ilícita de la Provincia, los municipios y los entes descentralizados; los actos dictados en ejercicio de potestades tributarias provinciales o municipales y sus accesorios, así como las demandas de repetición vinculadas.

Adicionalmente, intervendrán en asuntos relacionados con contratos administrativos y aquellos parcialmente regidos por el derecho administrativo; las acciones promovidas por personas de derecho público de carácter estatal regidas por el derecho administrativo; aquellas que busquen la anulación de actos declarados lesivos por el Estado; acciones de amparo individuales o colectivas, acciones de clase y acciones de hábeas data cuando versen sobre materia contencioso administrativa; las limitaciones al dominio por razones de interés público, servidumbres administrativas y expropiaciones; y la revisión de los actos del Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Con el decreto de creación de cargos para el futuro Colegio de Jueces, se autorizan dos movimientos en la planta de personal permanente del Poder Judicial. Por un lado, se crean seis cargos de Jueces de Primera Instancia de Distrito, y por otro, se suprimen dos cargos de Jueces de Cámara para ser transformados en igual número de Jueces de Primera Instancia de Distrito.

Actualmente, Enrique Aragón preside la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la primera circunscripción, con Leonardo Deb como vocal y la tercera silla vacante. En Rosario, Dalmacio Andrada es el presidente, Marcelo López Marull es vocal y la tercera silla también se encuentra vacante.

Ahora se espera que el Consejo de la Magistratura convoque al concurso respectivo para cubrir las seis vacantes en el futuro Colegio, cuyos nombramientos deberán ser validados por el Poder Legislativo. En Casa Gris trascendió que la convocatoria a este concurso ya es una decisión tomada. En tanto, en la discusión del futuro Código Electoral, el proyecto de los bloques de la UCR prevé que los integrantes del Tribunal Electoral y de la Cámara Electoral de Apelaciones sean jueces del fuero contencioso administrativo.

Estructura del Colegio de Jueces según la ley

El Colegio de Jueces estará compuesto por ocho jueces con competencia para actuar en Primera Instancia y cuatro en Segunda Instancia, según lo establece el artículo 7 de la Ley N° 14.439. Dicha norma dispone que cada juez del Colegio conocerá y resolverá los casos de materia contencioso administrativa dentro del territorio provincial. Según la sección a la que pertenezca, cada juez entenderá y resolverá las causas en primera o en segunda instancia. El dictado de sentencias, autos interlocutorios y cualquier otra disposición de carácter resolutivo es atribución exclusiva e indelegable de los jueces, sin perjuicio de las tareas de asistencia técnico-jurídica que presten otros funcionarios, las que en ningún caso implican el ejercicio de la facultad de decisión, completa el artículo.

Reposición de fondos nacionales para obras en Granadero Baigorria

El Poder Ejecutivo provincial también dictó el decreto n° 1439, por el cual se reintegran al Tesoro Provincial fondos desembolsados por Santa Fe para darle continuidad a la obra de ampliación de la planta potabilizadora de Granadero Baigorria.

Se trata de la suma de $ 1.953.947.58, abonada oportunamente por Santa Fe a la UTE encargada de la obra.

El decreto dictado por el Gobierno provincial tiene como finalidad registrar formalmente el reintegro de fondos realizado por el Estado Nacional y realizar las modificaciones presupuestarias y financieras correspondientes para transferir dicho dinero a la cuenta de Rentas Generales de la Provincia, devolviendo los recursos al Tesoro Provincial que originalmente financió los pagos.

La obra se financia a través del ex Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA). La Provincia es la comitente de la obra y aportó oportunamente recursos propios durante el año 2025 para pagar los certificados de obra y cubrir la deuda. El pasado 26 de mayo, la Nación reintegró a la cuenta del Ministerio de Obras Públicas la suma de $ 1.953.947,58 en concepto de devolución de fondos.


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