Las competencias de velocidad o picadas ya constituían una falta grave en Rosario. Sin embargo, la nueva Ordenanza Nº 10.908, promulgada días atrás por el Departamento Ejecutivo y publicada en el Boletín Oficial Municipal, cambió el enfoque con el que el municipio enfrentará estas prácticas. Principalmente porque en lugar de limitarse a sancionar una vez cometida la infracción, incorporará un protocolo de intervención permanente los fines de semana en lugares fijos, establecerá un sistema progresivo de multas, habilitará el decomiso de partes de los vehículos no homologadas por Nación y creará un programa de reeducación específico para quienes infrinjan la normativa.
El Código de Convivencia rosarino ya contemplaba sanciones para quienes organizaran o disputaran picadas, condujeran de manera temeraria o evadieran controles. La nueva ordenanza no incorpora esas conductas como infracciones nuevas, sino que modifica la forma en que serán perseguidas y sancionadas.
La iniciativa fue presentada por las y los concejales Samanta Arias, Franco Volpe, Juan Pedro Aleart, Lautaro Enríquez y Anabel Lencina de La Libertad Avanza (LLA) quienes fundamentaron la necesidad de actualizar la normativa a partir de los reclamos vecinales registrados principalmente en la Costanera Norte y en la zona de bulevar Oroño y Lamadrid, donde las carreras clandestinas continúan realizándose pese a la instalación de reductores de velocidad y a los operativos periódicos de control.
Uno de los cambios centrales consiste en que la Secretaría de Control y Convivencia deberá aplicar un protocolo obligatorio cada vez que detecte concentraciones de vehículos vinculadas a pruebas ilegales de velocidad. La norma establece tres etapas: dispersar preventivamente los puntos de reunión —como estaciones de servicio, playones o canteros—, desplegar operativos cerrojo para secuestrar los vehículos involucrados y mantener presencia en el lugar aun después de finalizada la intervención para impedir que la actividad vuelva a organizarse.
Del castigo a la prevención
Siempre según lo dispuesto por la ordenanza, los operativos ahora deberán concentrarse prioritariamente los viernes, sábados, domingos y vísperas de feriados entre las 22 y las 6, en zonas identificadas a partir de denuncias vecinales y mapas elaborados por la Municipalidad. Además, la Secretaría de Control podrá coordinar acciones con estaciones de servicio y comercios utilizados como puntos de encuentro para intervenir antes de que comiencen las competencias, siempre respetando las condiciones legales para ingresar a predios privados de acceso público.
La ordenanza también crea un Programa Municipal de Concientización y Reeducación Vial antipicadas, cuya aprobación será obligatoria para los infractores. El contenido incluirá los riesgos físicos de la velocidad, las consecuencias civiles y penales de los siniestros, el impacto sobre la convivencia urbana y testimonios de víctimas de la violencia vial.
Otro de los cambios relevantes aparece en el tratamiento de los vehículos secuestrados, donde se habilita al juez de Faltas a ordenar el decomiso de autopartes y dispositivos no homologados que hayan sido utilizados para aumentar la potencia o la velocidad del vehículo. Además, el costo del desmantelamiento deberá ser afrontado por el infractor y el municipio deja expresamente establecido que no asumirá responsabilidad por la pérdida de valor comercial que pueda sufrir el automóvil tras la remoción de esas piezas.
Finalmente, la normativa modifica el Código de Tránsito para exigir que, antes de recuperar la unidad remitida al corralón, la persona retire los elementos irregulares y presente un certificado de seguridad vial firmado por un ingeniero mecánico matriculado que acredite que el vehículo vuelve a cumplir con las condiciones técnicas exigidas por la legislación vigente.
Un esquema de sanciones escalonado
La ordenanza también reemplaza el esquema general de multas por un régimen progresivo que diferencia la primera infracción de las reincidencias. En el primer incumplimiento, el vehículo será remitido al corralón y el conductor deberá afrontar una multa de entre 300 y 600 Unidades Fijas (entre 340 y 680 mil pesos), además de quedar impedido durante 90 días de iniciar trámites vinculados a la licencia de conducir y aprobar el programa de reeducación vial.
En caso de reincidencia, las multas aumentan hasta las 1.200 Unidades Fijas (hasta 1.300.000 pesos), la inhabilitación administrativa puede extenderse hasta un año y, ante una segunda reincidencia, la Municipalidad solicitará a la Agencia Provincial de Seguridad Vial la inhabilitación definitiva para conducir, más una multa de más de 2 millones de pesos.
La estrategia en Rosario se inscribe en un contexto donde la velocidad continúa siendo uno de los factores que más agravan la siniestralidad vial. De acuerdo con la Agencia Nacional de Seguridad Vial, pequeñas reducciones en la velocidad promedio de circulación pueden disminuir significativamente la cantidad de siniestros graves y fatales, razón por la cual el control de la velocidad forma parte de las principales políticas preventivas implementadas en el país.
