Néstor Oroño: «El viejo sistema fue casi necesario para que la causa terminara prescripta»

La causa judicial por la histórica inundación de Santa Fe de 2003, uno de los expedientes penales más extensos de la historia santafesina, llegó a su cierre definitivo tras más de dos décadas de tramitación. El abogado Néstor Oroño, quien intervino en la etapa final del proceso, analizó la resolución judicial y sostuvo que la estructura del antiguo sistema penal fue clave para la prolongación del trámite.

La clausura definitiva del expediente

El expediente judicial por la inundación de 2003, uno de los procesos penales más extensos de la historia santafesina, ha llegado a su cierre definitivo. La resolución final determinó el sobreseimiento de Ricardo Ángel Fratti, el único imputado que permanecía con vida en esta causa. El abogado Néstor Oroño, quien intervino desde los inicios del proceso, repasó los aspectos jurídicos que condujeron a esta decisión.

La causa recorrió todas las instancias de la justicia provincial hasta alcanzar la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. Allí prosperó el planteo de la defensa respecto de la prescripción de la acción penal. En consecuencia, el expediente fue remitido a la Cámara para que dictara una nueva resolución conforme a ese criterio. Esta decisión, emitida en diciembre del año pasado, declaró prescripta la acción penal y dejó sin efecto la condena penal que pesaba sobre Ricardo Fratti. Dado que el fallo no fue recurrido por la Fiscalía ni por los actores civiles, la resolución adquirió firmeza.

Posteriormente, la intervención del letrado Oroño se vinculó con los efectos civiles del proceso. Tras una aclaración pertinente, se estableció que la Provincia de Santa Fe ya había abonado las indemnizaciones fijadas judicialmente a los actores civiles. Con esta confirmación, la causa quedó definitivamente concluida.

El papel de la Corte Suprema y la prescripción

La intervención de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe fue decisiva. El máximo tribunal provincial entendió que la cuestión de la prescripción debía ser resuelta prioritariamente, antes de abordar el fondo del asunto. Este criterio modificó el rumbo que había seguido la causa hasta ese momento, obligando a la Cámara a emitir un nuevo pronunciamiento.

La Corte sostuvo, además, que la mera ocupación de un cargo público por parte de un imputado no es suficiente para suspender el curso de la prescripción. Se requiere demostrar que dicha función podría haberse utilizado efectivamente para influir en la investigación. Al considerar que este análisis no estaba suficientemente fundamentado en la sentencia anterior, el expediente regresó a la Cámara para una nueva evaluación.

Las demoras del antiguo sistema penal

El abogado Néstor Oroño atribuye una parte significativa de la duración del proceso al antiguo sistema penal. Este era un sistema completamente diferente del actual, caracterizado por ser un proceso escrito, con la interposición de numerosos recursos y múltiples incidencias, y carente de la concentración que hoy se observa en los juicios orales.

La causa comenzó con varios imputados y atravesó distintas etapas hasta quedar reducida a tres exfuncionarios. Esta dinámica demandó un tiempo considerable. Para el letrado, el carácter intrincado y prácticamente secretista del viejo sistema contribuyó en gran medida al paso irrazonable de los años, configurándose casi como un presupuesto necesario para que la acción penal terminara prescribiendo. En contraste, el actual sistema acusatorio concentra la producción de la prueba durante el juicio oral, evitando muchas de las demoras estructurales de entonces.

La resolución de los reclamos civiles

En el marco de la causa penal, solamente un matrimonio, integrado por Demiryi y Castro, se había constituido como actor civil. La sentencia hizo lugar a ese reclamo, condenando solidariamente a los funcionarios involucrados y a la Provincia de Santa Fe.

La Provincia cumplió con esa obligación, depositando las sumas correspondientes, dado que los condenados actuaban como funcionarios provinciales al momento de los hechos. De este modo, esa cuestión quedó definitivamente resuelta. Es importante señalar que esta reparación no alcanza a quienes nunca ejercieron una acción civil dentro del expediente penal. Otros damnificados promovieron demandas por distintas vías, y también existieron mecanismos administrativos implementados por la Provincia para indemnizar determinados perjuicios.

La situación jurídica de Ricardo Fratti

Ricardo Fratti es el único de los imputados que permanece con vida en esta causa. Penalmente, quedó sobreseído por prescripción de la acción penal. Desde el punto de vista patrimonial, tampoco mantiene obligaciones pendientes, ya que la Provincia de Santa Fe respondió por la condena civil que se le había impuesto.

Consultado sobre la posibilidad de que Fratti reclame una reparación al Estado, Oroño considera que no sería posible. Fratti nunca estuvo detenido preventivamente, como tampoco lo estuvo Edgardo Berli. Por ello, el letrado no advierte fundamento para un reclamo indemnizatorio de esas características.

La complejidad de la prueba pericial

Sin dudas, la prueba pericial representó el aspecto más complejo del juicio. La pericia hidráulica, que constaba de más de dos mil páginas, fue objeto de numerosos cuestionamientos por parte de las defensas.

La controversia se centró tanto en el contenido de la pericia como en la forma en que se produjo. Las defensas entendían que, conforme al antiguo Código Procesal, los imputados debían haber tenido participación desde el inicio, proponiendo puntos de pericia, designando consultores técnicos y controlando el trabajo de los peritos, lo cual no ocurrió. También se cuestionó la intervención de técnicos pertenecientes a organismos públicos como el Instituto Nacional del Agua, al considerar la existencia de incompatibilidades previstas en la legislación vigente.

A esto se sumó una enorme cantidad de prueba testimonial, con la declaración de alrededor de 150 testigos, entre funcionarios, especialistas y damnificados. Fue un juicio extraordinariamente complejo, condicionado además por una estructura procesal que provocaba que transcurrieran años entre una etapa y otra. En el sistema actual, un debate de estas características probablemente tendría un desarrollo muy distinto.

Las lecciones del caso

Después de más de dos décadas de trámite, esta causa deja numerosas enseñanzas desde el punto de vista jurídico. Demuestra la importancia de que los procesos penales tengan una duración razonable. Cuando esto no ocurre, no solo se afecta el derecho de los imputados, sino también las expectativas de las víctimas y de toda la sociedad de obtener una respuesta judicial oportuna.

Este es uno de los principales aprendizajes que deja un expediente que demandó más de veinte años para llegar a su conclusión definitiva.


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