El Gobierno nacional oficializó un nuevo régimen de retiro voluntario destinado a los trabajadores de la Administración Pública Nacional centralizada. La medida quedó establecida a través del Decreto 1203/2026, publicado este lunes 19 de octubre en el Boletín Oficial, y forma parte de la política de reorganización de las estructuras y dotaciones del Estado impulsada por la gestión de Javier Milei.
La iniciativa está dirigida a los empleados de planta permanente alcanzados por la Ley 25.164 y a los trabajadores vinculados mediante contratos por tiempo indeterminado bajo la Ley de Contrato de Trabajo. El programa prevé distintas modalidades de compensación económica según las características laborales y previsionales de cada agente.
La inscripción se abrirá el 1 de noviembre y se extenderá hasta el 30 de ese mes. La Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, dependiente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, será la autoridad de aplicación y tendrá la facultad de disponer una única prórroga de hasta 30 días corridos.
La norma también establece que los puestos correspondientes a quienes accedan al retiro deberán eliminarse del presupuesto a partir de la fecha en que se concrete el cese de la relación laboral. De este modo, el régimen combina una compensación económica para quienes decidan desvincularse con una reducción efectiva de los cargos previstos en las estructuras alcanzadas.
Quiénes pueden acceder al retiro voluntario
El programa abarca al personal de planta permanente de la Administración Pública Nacional centralizada y a quienes posean contratos laborales por tiempo indeterminado comprendidos en la normativa vigente. No se trata de una convocatoria general para todos los agentes estatales, ya que los organismos descentralizados y determinados sectores quedan excluidos del régimen.
Entre las restricciones figuran las Fuerzas Armadas y de seguridad, la Secretaría de Inteligencia de Estado, el Servicio Exterior y otros ámbitos específicos. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), por su parte, cuenta con un régimen propio y no está comprendida en esta convocatoria.
El esquema estipula tres grupos de beneficiarios, con diferentes criterios para calcular la compensación:
- Trabajadores próximos a la edad jubilatoria sin aportes suficientes: Las mujeres desde los 58 años y los hombres desde los 63 años podrán optar, si reúnen los requisitos establecidos, entre una gratificación única o un pago equivalente al 60% del salario bruto mensual durante un período de hasta 36 meses.
- Agentes con edad jubilatoria cercana y aportes completos: Para las mujeres de entre 58 y 64 años y los hombres de entre 63 y 64 años que acrediten al menos 30 años de aportes, se prevé una compensación calculada según la antigüedad, sujeta a topes establecidos, más cinco remuneraciones adicionales.
- Trabajadores de menor edad: Las mujeres de hasta 57 años y los hombres de hasta 62 años podrán percibir un salario por cada año de antigüedad, con un límite de hasta 20 remuneraciones, más un adicional de cuatro o cinco salarios según los años de servicio.
La adhesión también está sujeta a condiciones administrativas y legales. Entre las restricciones se encuentran los procesos penales o sumarios administrativos graves pendientes, así como situaciones laborales específicas previstas en la normativa. Los trabajadores que mantengan reclamos judiciales o administrativos vinculados con su relación de empleo deberán desistir de esas acciones cuando corresponda para incorporarse al programa.
Cuánto cobrarán los empleados y qué pasará después de la desvinculación
El monto final dependerá de la modalidad aplicable a cada trabajador y de las variables contempladas en el régimen. Por ese motivo, no existe una suma única para todos los agentes que decidan adherir: la compensación se calculará de acuerdo con la edad, los años de servicio y la situación previsional, respetando los límites establecidos para cada categoría.
La aceptación del retiro implica el cese formal de la relación laboral y la eliminación del cargo presupuestario correspondiente. La medida dispone que el gasto derivado de su implementación se atenderá con los créditos presupuestarios vigentes de cada jurisdicción alcanzada.
Además, quienes se incorporen al programa no podrán reingresar a trabajar en el Sector Público Nacional durante un plazo de ocho años, de acuerdo con las condiciones informadas para el régimen. Esta restricción constituye uno de los aspectos centrales que los empleados deberán evaluar antes de tomar una decisión.
La autoridad de aplicación podrá dictar normas complementarias y aclaratorias para instrumentar el procedimiento, así como extender por única vez el plazo de inscripción por un período que no superará los 30 días corridos.
El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Diego Santilli, y del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. La disposición entró en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial. Con este esquema, el Poder Ejecutivo busca profundizar la reorganización de la administración estatal y ofrecer una salida laboral negociada para el sector.
