El Ministerio de Economía de la Nación ha anulado el régimen de aranceles que, desde principios de la década de 1990, se aplicaba a diversos trámites del transporte automotor de pasajeros y de cargas bajo jurisdicción nacional. La disposición se formalizó mediante la publicación de la Resolución 1878/2025 en el Boletín Oficial, dejando sin efecto normativas previas como las resoluciones 1104/1992, 433/1992, 175/1995 y 2/2001.
Según lo expresado por el Gobierno, el objetivo central de esta medida es reducir costos administrativos y simplificar los procedimientos burocráticos para empresas y transportistas del sector.
Marco legal y antecedentes históricos de la regulación
Las disposiciones ahora anuladas establecían categorías y rangos de montos mínimos y máximos para inscripciones, habilitaciones, renovaciones y otros procedimientos administrativos gestionados por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT). Este organismo, creado en 1996 para unificar las entidades de control del transporte automotor y ferroviario, recaudó durante décadas los aranceles en virtud de las resoluciones hoy derogadas.
El texto oficial de la nueva resolución repasa el marco legal vigente, haciendo referencia a normativas fundamentales como la Ley 12.346 de 1938 y la Ley 24.653, que regulan el transporte automotor por caminos y el transporte nacional e internacional de cargas, respectivamente. Asimismo, cita decretos recientes que delimitaron los alcances del transporte urbano, suburbano e interjurisdiccional, incluyendo servicios que conectan la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) con el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), así como operaciones entre provincias y en puertos y aeropuertos nacionales.
Detalles de los cambios normativos y agilización de trámites
Entre los cambios más relevantes y concretos, la Resolución 1878/2025 derogó específicamente artículos de la resolución 433/2022 que exigían la presentación del comprobante de pago del arancel para tramitar el Permiso Originario, un requisito fundamental contemplado en el Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT).
En la práctica, la supresión de esta exigencia busca agilizar significativamente la gestión para las empresas que realizan viajes transfronterizos, eliminando un requisito que con frecuencia se convertía en una causa de demora en la obtención del permiso.
Esta resolución se inscribe en un proceso regulatorio más amplio que el Gobierno ha impulsado, el cual incluye otras resoluciones de 2024 y 2025 (como la 57/2024 y la 2/2025) que buscaron unificar registros y simplificar procedimientos, tal como la creación del Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros. Así, los cambios persiguen descartar componentes que la administración considera obsoletos dentro de su nuevo esquema administrativo.
¿Cuál es el impacto operativo y económico de la eliminación de aranceles?
La eliminación de estos aranceles implica que ya no será un requisito indispensable presentar comprobantes de pago para iniciar o finalizar trámites ante la autoridad reguladora del transporte.
Esta modificación apunta a acortar los tiempos administrativos y a reducir los costos recurrentes que afrontan las empresas de transporte de cargas y de pasajeros, con un impacto particularmente notorio para aquellas que gestionan permisos internacionales. Desde el Ministerio de Economía se explicó que la medida busca reducir la carga burocrática y los costos operativos del sector, favoreciendo un sistema más ágil y abierto.
Por su parte, fuentes internas de la CNRT sostuvieron que la supresión de estas tasas no afectará en absoluto las tareas de fiscalización ni el control de los servicios, los cuales continuarán desarrollándose plenamente en el marco de las competencias del organismo. Operativamente, la derogación de los artículos relacionados con el ATIT facilita en gran medida la tramitación del Permiso Originario para las empresas que realizan viajes internacionales por carretera, al remover la verificación del pago como una barrera para la emisión del permiso. Esto se traduce en una mayor previsibilidad para las operatorias transfronterizas y una reducción esperada en los tiempos de demora en los cruces.
Voces críticas y desafíos estructurales del sector
Pese a los objetivos declarados por el Gobierno, sectores críticos han expresado preocupación, temiendo que una desregulación demasiado acelerada pueda derivar en un desorden operativo en el sector.
Estos reclamos se centran en la posibilidad de que la reducción de requisitos administrativos pueda complicar la fiscalización en el terreno, a pesar de las garantías proporcionadas por el organismo regulador respecto a la continuidad y rigurosidad de los controles.
Adicionalmente, especialistas del sector señalaron que, si bien la medida efectivamente alivia algunas cargas administrativas, no aborda ni resuelve problemas estructurales de mayor envergadura, como el elevado costo del combustible, el precio de los repuestos y el mantenimiento general de la flota. Estos factores continúan siendo determinantes y condicionan fuertemente la rentabilidad y la disponibilidad de unidades, especialmente en períodos de alta demanda.
Vigencia de la resolución y próximos pasos de la CNRT
La Resolución 1878/2025 establece que la eliminación de los aranceles entra en vigencia de forma inmediata desde su publicación en el Boletín Oficial. Corresponde ahora a la CNRT adaptar sus procedimientos internos y actualizar sus sistemas administrativos para operar bajo el nuevo esquema, sin la exigencia de comprobantes de pago.
Fuentes del organismo indicaron que las tareas de fiscalización se mantendrán dentro de sus facultades habituales y que la supresión de las tasas no implicará, bajo ningún concepto, un recorte en las inspecciones en rutas, ni en los controles en terminales y puntos de operación claves. No obstante, se reconoce que la transición administrativa requerirá ajustes significativos en sistemas y procesos internos para una implementación fluida.
En los próximos meses, se podrán observar los efectos concretos de esta medida en la operatoria cotidiana del transporte y en el impacto económico para empresas y usuarios, en particular en la reducción de tiempos para trámites internacionales y en la disminución de costos administrativos asociados a gestiones recurrentes.
