La Justicia de Santa Fe dictó este martes la prisión preventiva sin plazos para los tres hombres acusados del femicidio de María Celeste Santillán, hallada muerta en un trigal de la ciudad de Recreo. El juez penal Octavio Silva fundamentó la medida en los testimonios de los vecinos del barrio Mocoví, las lesiones constatadas en dos de los imputados y el contexto de extrema vulnerabilidad en el que vivía la víctima.
Prisión preventiva para los tres imputados por el femicidio en Recreo
Los tres hombres detenidos la semana pasada por el femicidio de María Celeste Santillán, hallada muerta en un trigal en la ciudad de Recreo, continuarán privados de su libertad mientras la investigación avanza. Así lo resolvió el juez penal Octavio Silva, que dictó la prisión preventiva sin plazos para José Hernán Lezcano, Sebastián Santiago Maidana y Walter Gerardo Servín. Los tres fueron imputados como coautores del femicidio.
La audiencia se desarrolló en los tribunales santafesinos y contó con la presencia de las fiscales María Rosario Haeffeli y Agostina Aimi. La defensa de Lezcano estuvo a cargo del abogado particular Adón Costa, mientras que la defensora pública Leticia Feraudo representó a Maidana y Servín.
La violenta muerte de Santillán ocurrió entre el 25 y el 26 de octubre en inmediaciones de calle Alberdi y Misiones, en el barrio Mocoví de Recreo. La víctima, quien padecía consumo problemático y vivía en un rancho precarizado, falleció por asfixia por compresión del cuello con una soga. Tras el crimen, el cuerpo de la mujer fue ocultado entre malezas en un sector sembrado de trigo. La investigación penal se inició luego de que Servín alertara a una vecina sobre el hallazgo del cadáver en el cañaveral del terreno.
Un plan criminal y contexto de violencia
La fiscalía atribuyó a los tres imputados la coautoría del delito de femicidio en el marco de un plan criminal previamente estructurado. Al respecto, la fiscal Aimi sostuvo que existía un ambiente previo de dominación, amenaza e incluso violencia física que sufría María de parte de los imputados.
Las fiscales ponderaron la asimetría de poder y el contexto de violencia de género, recordando agresiones físicas previas infligidas por Maidana hacia la mujer. Durante más de 30 minutos repasaron los testimonios brindados por más de una decena de testigos, que se refirieron al vínculo entre la víctima y los imputados, quienes estaban siempre juntos y se reunían en el cañaveral a pipear crack.
Haeffeli y Aimi también hicieron hincapié en las pericias biológicas en curso, detallando la extracción de hisopados y muestras subungueales del cuerpo para hallar ADN. En esa línea, remarcaron que Servín y Lezcano exhibían lesiones recientes en sus cuerpos cuando los detuvieron, cuya antigüedad de 1 a 3 días coincide con la ventana temporal en la que ocurrió el femicidio.
Las representantes del Ministerio Público de la Acusación (MPA) señalaron que Maidana ofreció una coartada falsa al sostener que el día del hecho estaba trabajando en una quinta, lo cual fue desmentido por el titular del lugar; y explicaron que Servín actuó como un falso colaborador, indicando dónde estaba el cuerpo. En esa declaración espontánea también incriminó a sus coimputados.
Posturas de las defensas
La defensora pública rechazó la cautelar y cuestionó la atribución de coautoría al sostener que no se explica cuál es la evidencia que reconstruya ese acuerdo o ese plan criminal previo. Además, Feraudo afirmó que no hay peritajes genéticos que vinculen directamente a sus asistidos.
A su turno, el abogado Costa se opuso a la prisión preventiva de Lezcano alegando su arraigo en la comunidad indígena Com Caia. Costa remarcó que el cuchillo secuestrado a su pupilo era una herramienta de trabajo para confeccionar paquetes de hortalizas y ofreció como guardador al hermano del imputado.
La resolución judicial
Al resolver el pedido cautelar, el juez Silva dio por acreditada la materialidad del hecho y la probable participación de los acusados. Sobre la coautoría, precisó que no requiere de una división de roles, sino que puede haber una coautoría por emprendimiento conjunto y plural del hecho.
El magistrado destacó las lesiones constatadas en Servín y Lezcano, producidas en la misma ventana temporal de la muerte de Santillán. Además, advirtió sobre la coartada falsa de Maidana y subrayó que una vecina aseguró que el lunes 26 de octubre volvió con olor a Fernandito y en proximidades del cadáver se encontró una botella de esa bebida.
Si bien el juez descartó la agravante del vínculo de pareja, atribuida a dos de los tres detenidos, ratificó la calificación de femicidio. El magistrado enfatizó que ninguna duda cabe que esta persona fue asesinada por su condición de mujer, aprovechándose de la extrema vulnerabilidad que padecía.
Respecto del riesgo de entorpecimiento probatorio, Silva consideró decisivos los testimonios de los vecinos del barrio Mocoví y de las hijas de la víctima. En ese sentido, resaltó que existen numerosos testigos que no quieren tener problemas y es un indicio clave de que los vecinos pueden sentir temor. Finalmente, Silva desestimó las medidas alternativas propuestas por las defensas por considerarlas insuficientes para neutralizar los peligros procesales.
