Procesaron a expresidentes de Sancor láctea por apropiarse de aportes patronales
Los imputados se encontraban al frente de la cooperativa cuando se habrían cometido los delitos investigados.

Dos expresidentes de la empresa láctea Sancor fueron procesados esta semana por la Justicia Federal. Se trata de José Pablo Gastaldi y Alberto Eduardo Sánchez, acusados de apoderarse indebidamente, durante el período comprendido entre 2020 y 2024, de aportes sociales que estaban destinados a los empleados de la firma.

Los imputados se encontraban al frente de la cooperativa cuando se habrían cometido los delitos investigados.

El inicio de la investigación

El caso comenzó a principios de 2024, cuando trabajadores de la planta de Sancor, ubicada en Sunchales (provincia de Santa Fe), tomaron conocimiento de que su empleador no estaba realizando los depósitos correspondientes de las sumas retenidas en concepto de aportes al Sistema de Jubilaciones y Pensiones y al Sistema de Obras Sociales.

La denuncia inicial fue presentada ante la justicia provincial el 9 de febrero de ese año. Sin embargo, por razones de competencia respecto de los delitos investigados, las actuaciones fueron remitidas al Juzgado Federal de Rafaela. Casi de forma simultánea, empleados de la planta de Don Torcuato (provincia de Buenos Aires) radicaron otra denuncia similar ante el Juzgado Federal de San Isidro. Finalmente, ambas causas fueron unificadas en el fuero rafaelino.

El fiscal titular de la Unidad Santa Fe, Jorge Gustavo Onel, y el fiscal coayuvante Federico José Grimm, lograron reunir suficientes elementos de prueba para solicitar la indagatoria de los acusados y, posteriormente, sus procesamientos. El trámite de la indagatoria se concretó el pasado 12 de noviembre, oportunidad en la que los imputados, representados por el abogado Pablo Francisco Salvatori, optaron por no hacer uso de su derecho a declarar.

Postura de la defensa

El doctor Salvatori planteó que, para solicitar el procesamiento, «no basta con que el titular de la acción penal acredite meramente que no se ingresaron a las arcas del fisco determinadas sumas de dinero imputables a un impuesto concreto y a un período fiscal específico en tiempo útil, sumado a haber demostrado a través de ciertos informes que Gastaldi y Sánchez en dichos períodos revistieron, respectivamente, la calidad de presidentes de la cooperativa SanCor».

El defensor argumentó que, a fin de evitar la creación de un tipo de responsabilidad objetiva, correspondía al fiscal demostrar que sus pupilos intervinieron «efectiva y personalmente como individuos dolosamente en dichas omisiones».

Además, el letrado solicitó la suspensión del proceso a prueba («probation») y citó jurisprudencia al respecto. También señaló la existencia de una causa paralela en trámite ante la justicia ordinaria provincial por el concurso preventivo de la empresa. En ese contexto, el defensor indicó que el «principal interesado en el avance de esta cuestión penal», es decir, el fisco nacional (ARCA, que es querellante en el proceso penal), ya se había presentado «a verificar sus créditos en un escrito de 130 páginas», los cuales incluían los montos en discusión en la causa federal, sugiriendo un intento de cobro por una «doble vía».

Los fundamentos del magistrado

El juez interviniente, Aurelio Cuello Murúa, rechazó los planteos de la defensa, incluida la posibilidad de la suspensión de juicio a prueba. En sus fundamentos, el magistrado puntualizó: «Estimo que los nombrados, habiendo sido presidentes del Consejo de Administración de SanCor Cooperativas Unidas Limitadas, por un lado, conocían la calidad de agente de percepción y retención de los aportes con destino al sistema de la seguridad social, que revestía la firma a la época de los hechos investigados; y, por otro lado, tuvieron la voluntad de no cumplir con el mandato preceptivo (depositar), es decir en su ánimo existió la intención de eludir las obligaciones con el propósito de una mejora patrimonial, teniendo especialmente en cuenta en este punto, que la suma total evadida asciende a $ 1.644.440.882,68».

El juez agregó que «cabe concluir, sin más, que las conductas investigadas se presentan como un obrar intencional y libremente realizado, por lo tanto, voluntario, no habiendo dudas en esta instancia de la instrucción de que Gastaldi y Sánchez contaban con el dominio de los hechos que se le atribuyen». En su resolución, el magistrado concluyó que «con el obrar propio y voluntario de los nombrados, dentro del marco de la posición jerárquica que ocupaban en la Cooperativa durante los períodos fiscales en cuestión, se encuentra probado holgadamente la retención y la omisión de ingresar los aportes al Sistema Único de la Seguridad Social, correspondientes a los montos y períodos fiscales indicados por parte de aquellos en tal calidad». Cabe destacar que los delitos investigados contemplan una pena que puede ir de los dos a los seis años de prisión.

La situación procesal de los exdirectivos

Finalmente, el juez Cuello Murúa dictó el procesamiento de Gastaldi y Sánchez, considerándolos presuntos autores penalmente responsables del delito de apropiación indebida de los recursos de la seguridad social.

Ambos exdirectivos permanecerán en libertad, pero con la obligación de prestar promesa de someterse al procedimiento judicial y de no obstaculizar la investigación. Asimismo, deberán informar todo cambio de domicilio mientras dure este proceso. Además, el magistrado dispuso trabar embargos sobre los bienes de los imputados, por la suma de 90 millones de pesos cada uno.


Te puede Interesar

Un día especial para el rugby del Paraná Rowing Club

Cada 1° de abril se torna un día especial para el rugby del Paraná Rowing Club. Es que un día como hoy de 1971 tuvo lugar la primera reunión oficial de Comisión Directiva de la disciplina y, desde entonces, se dio la continuidad de un proyecto que no ha dejado de crecer. El PRC celebra…