El Gobierno nacional reglamentó los nuevos requisitos para acceder a los subsidios energéticos, estableciendo un corte principal de ingresos de hasta tres Canastas Básicas Totales para los hogares y sumando un riguroso filtro patrimonial. Esta normativa, que unifica la asistencia para electricidad y gas bajo el esquema Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), será de cumplimiento obligatorio para los usuarios de todo el país, incluyendo Santa Fe.
Nueva reglamentación para subsidios energéticos
El gobierno nacional formalizó este martes la reglamentación de los requisitos para acceder a los subsidios energéticos. Esta normativa unifica la asistencia destinada a electricidad, gas natural, gas propano por redes y garrafas en una única categoría de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). La medida se concretó mediante la Disposición 2/2026, que completa el proceso de transición desde el anterior esquema del Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) hacia el flamante SEF.
El trámite para mantener la asistencia estatal será de carácter obligatorio y se realizará a través de un formulario digital, que funcionará como declaración jurada. Los solicitantes deberán actualizar periódicamente datos esenciales del hogar, incluyendo su composición familiar, situación económica y el tipo de suministro energético que poseen.
La Disposición 2/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, lleva la firma de Antonio Milanese, titular de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético. Dicha subsecretaría, bajo la órbita del Ministerio de Economía a través de la Secretaría de Energía, fue la encargada de la reglamentación del SEF. Este nuevo esquema fue originalmente establecido por el Decreto 943, publicado el 31 de diciembre de 2025, que unificó los subsidios nacionales a la electricidad, el gas natural, el gas por redes y el GLP en garrafas, reemplazando la anterior segmentación por niveles N1, N2 y N3.
Criterios de elegibilidad y exclusión del SEF
La disposición establece que el principal criterio de ingreso al sistema SEF se basa en la Declaración Jurada de ingresos netos totales del hogar. Los beneficiarios deben registrar ingresos inferiores o iguales a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un Hogar tipo 2. Este tope de ingresos se sitúa en torno a los 3.900.000 pesos, según la última medición informada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
Asimismo, podrán calificar para el subsidio aquellos hogares donde al menos un integrante cuente con Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP), una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra o un Certificado Único de Discapacidad (CUD).
No obstante, la Disposición 2/2026 incorpora indicadores de capacidad económica que pueden resultar en el rechazo o la exclusión del subsidio, incluso si el hogar cumple con el umbral de ingresos establecido por la CBT. Quedarán excluidos los hogares que presenten alguna de las siguientes características:
- Integrantes que posean al menos un automóvil con una antigüedad de hasta 3 años. Esta restricción no aplica si hay un integrante del hogar con CUD.
- Poseer tres o más inmuebles en conjunto.
- Ser propietario de una embarcación de lujo.
- Ser propietario de una aeronave.
- Poseer activos societarios.
La normativa especifica que la tenencia de cualquiera de estos bienes por parte de cualquier integrante del grupo familiar puede conducir al rechazo o la pérdida del subsidio, aún cuando los ingresos declarados se ajusten al criterio general. Además, la autoridad de aplicación queda facultada para emplear «indicadores de exteriorización patrimonial» y sumar criterios de ubicación geográfica de la vivienda con el fin de verificar la veracidad de la situación patrimonial declarada.
Riguroso control cruzado de información
Para asegurar la transparencia y correcta asignación de los subsidios, la disposición enfatiza un control riguroso sobre la información declarada por los solicitantes. Se establece que los organismos estatales podrán realizar «cruces» de datos para verificar la veracidad de los ingresos informados y otros aspectos relevantes de la situación del hogar.
En este sentido, la norma advierte que «la ANSES pondrá a disposición la información que permita verificar los ingresos registrados del conjunto de los integrantes del hogar». El acceso a esta información será posible gracias a los mecanismos oficiales de intercambio de datos ya establecidos entre diversas agencias, incluyendo la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
El formulario de inscripción, al igual que en el esquema anterior, será digital y tendrá carácter de declaración jurada, solicitando datos tanto del titular como de los convivientes e información patrimonial. Para aquellos que no puedan realizar el trámite online, se prevé la alternativa presencial en las sedes de ANSES, mientras que la revisión y corrección de datos podrá efectuarse a través de plataformas como Mi Argentina o el sistema de Trámites a Distancia (TAD).
El nuevo esquema también subraya la obligación de diversos organismos públicos y empresas de servicios de remitir sus datos para el control de los subsidios. Entre ellos se encuentran el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), la ANSES, la ARCA y el SINTyS, así como los prestadores privados. Esta integración se mantendrá hasta que inicie su funcionamiento el nuevo Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, según lo dispuesto por el decreto.
Estacionalidad diferenciada del consumo eléctrico
Adicionalmente, la Secretaría de Energía publicó el viernes pasado la Resolución 13/26, que ratificó el esquema del SEF y estableció bloques de consumo eléctrico subsidiado con un criterio de estacionalidad. Basándose en la norma IRAM 11603 y en un principio de «equidad territorial», se determinó que el consumo energético subsidiado durante los meses de verano (diciembre, enero y febrero) no será uniforme en todo el país, incluyendo la provincia de Santa Fe.
El mapa de consumo subsidiado se configura de la siguiente manera:
- En zonas geográficas consideradas «muy cálidas» del Noroeste Argentino (NOA) y Noreste Argentino (NEA), el bloque subsidiado se eleva a 550 kWh mensuales.
- En zonas «cálidas», el bloque se establece en 370 kWh mensuales.
- En el resto del país, se mantiene el bloque de 300 kWh mensuales.
Para el caso específico de Santa Fe, la provincia se divide en tres zonas:
- Los 550 kWh mensuales abarcan al norte provincial, incluyendo los departamentos 9 de Julio, Vera y General Obligado, clasificados como zonas «muy cálidas».
- Los 370 kWh mensuales corresponden a localidades de los departamentos Castellanos, Las Colonias, San Cristóbal, San Javier, Garay, San Justo y La Capital, consideradas zonas «cálidas».
- El resto del territorio provincial, donde predomina la categoría «templado cálido», tendrá un bloque subsidiado de 300 kWh mensuales.
