Reforma laboral: el oficialismo consiguió dictamen en el Senado y dejó fuera los cambios en licencias
Patricia Bullrich y los senadores del peronismo, Mariano Recalde y Juliana Di Tullio. Foto: NA

El oficialismo ha logrado obtener dictamen para la reforma laboral, que la Cámara de Diputados ya había aprobado con ciertas modificaciones. La meta es conseguir su aprobación final en el Senado el próximo viernes 27 de febrero.

El único cambio significativo introducido por la Cámara de Diputados, y que generó gran controversia y un enérgico rechazo a la normativa, se relaciona con el artículo 44, referente a las licencias por enfermedad. La premura por sancionar la versión definitiva de la ley durante el período de sesiones extraordinarias, con el fin de que el presidente Javier Milei pueda presentar este logro al inaugurar el período ordinario, ha forzado los tiempos legislativos.

Incluso antes de la sesión en la que la Cámara de Diputados introdujo las modificaciones, el Senado ya había convocado a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Presupuesto y Hacienda para tratar dicha reforma, en una movida que se percibía como previamente acordada.

Votacion de la Ley de Reforma Laboral.

Críticas de la oposición y acusaciones de «escribanía»

La celeridad en la convocatoria generó inmediatos cuestionamientos de la oposición. El diputado Germán Martínez denunció públicamente el jueves: «La Cámara de Diputados aún no sesionó y la Dirección de Comisiones del Senado ya convocó para dictaminar un expediente que no tiene. Esto es antirreglamentario e ilegal».

En sintonía con estas críticas, la bancada de UxP difundió un comunicado donde afirmó: «El oficialismo manipula y vulnera todas las normas del sistema democrático en el proceso de sanción de la mal llamada ley de modernización laboral, exponiendo así su decisión política de avanzar de cualquier forma para tratar de aprobar a las apuradas y sin argumentos esta nefasta norma».

Por su parte, Maximiliano Ferraro, de la Coalición Cívica, también cuestionó la maniobra, haciendo una alusión directa a períodos controvertidos: «Con este Gobierno el Congreso volvió a ser una escribanía. Sin deliberación no hay representación».

La votación en Diputados. Crédito: Xinhua.

Posiciones de los bloques y el oficialismo

La UCR había anticipado su respaldo a los cambios propuestos. De hecho, la bancada liderada por el correntino Eduardo Vischi, junto con el PRO, impulsaron la eliminación del polémico artículo sobre licencias, que había sido añadido sorpresivamente en el recinto durante una sesión del Senado, con el objetivo de mantener el apoyo general a la reforma.

Otro bloque que manifestó su apoyo fue Primero los Salteños, representado por la senadora y exfuncionaria del Frente de Todos, Flavia Royón, quien declaró a TN: «No solo por lo referido a las licencias por enfermedad. También voté contra el FAL«, en referencia al Fondo de Asistencia Laboral que se destinaría al pago de indemnizaciones con un porcentaje de fondos de la ANSES.

Desde el oficialismo, se reconoce que «no fue feliz la redacción del artículo cuestionado». No obstante, también se argumenta que su eliminación implica «un retroceso en la Modernización Laboral».

La propuesta libertaria y el alcance de la reforma

En este contexto, algunos senadores libertarios sugieren la necesidad de establecer un seguro de salud por ley. La propuesta busca ofrecer mayor previsibilidad a las empresas a través de la contratación de una póliza, mientras que, paralelamente, busca asegurar garantías para los trabajadores.

El proyecto de ley impulsado por el gobierno de Javier Milei propone transformaciones profundas en el sistema de convenios colectivos de trabajo y en la Ley de Asociaciones Sindicales. Además, restringe el derecho de huelga en los servicios públicos, establece el Fondo de Asistencia Laboral para financiar indemnizaciones por despido, disminuye los montos resarcitorios y crea un banco de horas para evitar el pago de horas extras.

Puntos clave de la reforma laboral

La iniciativa legislativa introduce una serie de modificaciones significativas que abarcan diversos aspectos de la normativa laboral:

  • Convenios por Empresa: Se establece que «los Convenios Colectivos de ámbito mayor no podrán modificar ni disponer el contenido de los convenios de ámbito menor». Esta disposición busca descentralizar la negociación colectiva, reduciendo el peso de los sindicatos en la representación de los derechos colectivos.
  • Ultraactividad: Los convenios colectivos con plazo vencido no mantendrán sus efectos una vez transcurrido dicho plazo, hasta la firma de un nuevo acuerdo. Solo permanecerán vigentes las normas relativas a las condiciones de trabajo.
  • Salario «Dinámico»: Se habilita la incorporación de «otros componentes retributivos dinámicos adicionales, transitorios, fijos o variables» por encima de los salarios base en la negociación colectiva (por actividad, rama, región, empresa) o mediante acuerdo individual o decisión unilateral del empleador.
  • Indemnizaciones: Se mantiene el criterio de pago de «una indemnización equivalente a UN (1) mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de TRES (3) meses, tomando como base de cálculo la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si este fuera menor». Sin embargo, se aclara que, en las liquidaciones por despidos sin causa, «no tendrán incidencia los conceptos de pago no mensuales como el sueldo anual complementario, vacaciones, premios que no sean de pago mensual».
  • Cancelación de Sentencias Judiciales: Las sentencias por juicios podrán ser canceladas en hasta 6 cuotas mensuales consecutivas (12 cuotas para Pymes), ajustadas por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y con una tasa de interés del 3% anual. La determinación final de los montos quedará sujeta a la interpretación judicial.
  • Fondo de Asistencia Laboral (FAL): Se crea este Fondo de Asistencia Laboral para financiar despidos, que se conformará con una contribución mensual del UNO POR CIENTO (1%) para grandes empresas y del DOS Y MEDIO PORCIENTO (2,5%) para micro, pequeñas y medianas empresas. A cambio de estos aportes, las empresas obtendrán descuentos en las contribuciones patronales destinadas a la Seguridad Social (ANSES).
  • Banco de Horas: Se permite compensar una jornada laboral más extensa en un día con una menor en otro, siempre que no se supere el máximo legal de la jornada semanal o el estipulado por el régimen laboral específico. La jornada máxima será de 12 horas (con 12 horas obligatorias de descanso), y la extensión laboral deberá ser compensada con la reducción de la jornada en otra fecha.
  • Vacaciones: Se otorgarán entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente, pudiéndose tomar de forma dividida con un plazo mínimo de 7 días. Los empleadores deberán notificar al trabajador por escrito con una antelación no menor a cuarenta y cinco (45) días, a menos que los convenios colectivos o acuerdos sindicales establezcan sistemas diferentes.
  • Pago en Moneda Local o Extranjera: Se incorpora la posibilidad de que el empleador remunere al trabajador en moneda extranjera, además de las modalidades ya contempladas (moneda nacional, especie, habitación o alimentos).
  • Antigüedad: «Se computará como antigüedad el tiempo de servicio anterior, en los casos en que el trabajador hubiese cesado por cualquier causa y reingrese bajo las órdenes del mismo empleador». Sin embargo, «si transcurriese un plazo de dos (2) años entre el cese del vínculo laboral, cualquiera fuera la causa, y el trabajador reingresara a prestar servicios con el mismo empleador, la antigüedad del tiempo de servicio anterior no será computada».
  • Sindicatos: Se establece un tope del 2% en las cuotas solidarias. Las asambleas solo podrán realizarse en los establecimientos de trabajo con la autorización del empleador. Se reconocerá a los delegados sindicales un crédito de hasta DIEZ (10) horas mensuales retribuidas para el ejercicio de sus funciones.
  • Limitación al Derecho de Huelga: Se restringe al declarar ciertas actividades como «servicios esenciales» (con una cobertura mínima obligatoria del 75%) y «servicios trascendentales» (con una cobertura mínima obligatoria del 50%).
  • Bloqueos: Se tipifican como «infracciones muy graves» las acciones que afecten la libertad de trabajo de quienes no adhieran a una medida de fuerza, mediante actos, hechos, intimidaciones o amenazas.
  • Responsabilidad Solidaria en Contratación de Terceros: Se elimina la responsabilidad solidaria de la empresa principal que contrata a una tercera empresa para la prestación de servicios. «Los trabajadores serán considerados empleados directos de quienes registren la relación laboral, sin perjuicio de haber sido contratados con vistas a utilizar su prestación o a proporcionarlos a terceras empresas», estipula la norma.
  • Régimen de Inversiones para Pymes (RIMI): Se crea un nuevo RIMI para pequeños y medianos emprendimientos, con beneficios de amortización en Ganancias e IVA.
  • Certificados Médicos: Se establecen requisitos de validez para los certificados médicos que justifiquen inasistencias por enfermedad o accidente inculpable. En caso de discrepancia entre los certificados de la empresa y los del trabajador, se podrá solicitar una junta médica.
  • Nuevos Empleos: Se prevén incentivos, como rebajas en las contribuciones patronales, para las empresas que contraten nuevo personal.
  • Plataformas: Se clasifica a los repartidores como «prestadores independientes» sin relación de dependencia. No obstante, las empresas deberán contratar seguros de accidentes y proporcionar capacitación a estos trabajadores.
  • Impuestos: Se derogan impuestos internos a embarcaciones, aviones, automóviles, celulares y «productos santuarios». Se eximen los intereses de plazos fijos en dólares y el resultado de la venta de inmuebles destinados a casa-habitación (a partir de 2026). Se propone la exención de la energía eléctrica utilizada en sistemas de riego para el sector agroindustrial.
  • Justicia Laboral: Se dispone el traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires.
  • INCAA: Se posterga hasta el 2028 la eliminación del 10% de las entradas, el 10% sobre la venta o alquiler de videogramas y el 25% de la recaudación del ENACOM, fondos que financian al Instituto de Cinematografía.
  • Derogaciones: Se deroga la ley de teletrabajo, que será reemplazada por modalidades más flexibles. También se derogan estatutos específicos (como el Estatuto del Periodista Profesional) en un plazo de un año desde la sanción de la ley.

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