El Poder Ejecutivo Nacional oficializó la puesta en marcha del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema clave en la reforma laboral destinado a coberturas por despidos, que regirá desde el 1 de noviembre de 2026. Este esquema se implementará a través de cuentas individuales bajo supervisión de la Comisión Nacional de Valores (CNV), con la Agencia de Recaudación y Control Aduanera (ARCA) a cargo de la recaudación de aportes.
El Gobierno oficializa el Fondo de Asistencia Laboral y prorroga su implementación hasta 2026
El Poder Ejecutivo Nacional oficializó la puesta en marcha del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una de las herramientas centrales derivadas de la ley de reforma laboral. Mediante el Decreto 408, publicado este lunes en el Boletín Oficial, la administración de Javier Milei fijó las bases operativas, los mecanismos de financiamiento y el alcance técnico que regulará este nuevo sistema de coberturas para despidos. Aunque inicialmente se había previsto una aplicación más cercana, el Poder Ejecutivo prorrogó su entrada en vigencia hasta el 1° de noviembre de 2026 debido al impacto fiscal de la medida y la necesidad de desarrollar normas complementarias.
Alcance y funcionamiento del FAL
El sistema estará destinado con exclusividad a los empleadores del sector privado y se instrumentará a través de fideicomisos financieros o fondos comunes de inversión, bajo la supervisión directa de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Cada firma empleadora dispondrá de una cuenta individual donde acumulará las contribuciones mensuales. El incentivo principal para las empresas radica en una reducción de las contribuciones patronales ordinarias destinadas al sistema de seguridad social, equivalente a los recursos económicos volcados por la compañía dentro del FAL.
Justificación y marco de inversión
En el Decreto 408 se indicó la pertinencia de instrumentar los Fondos de Asistencia Laboral a través de vehículos de inversión colectiva autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), organismo descentralizado que actúa en la órbita del Ministerio de Economía. Estos vehículos, como fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros, permitirán la segregación patrimonial, la afectación específica de los recursos y la adecuada supervisión del régimen.
El texto del decreto subraya la necesidad de definir con precisión a los empleadores alcanzados, los vehículos de inversión colectiva autorizados, las entidades habilitadas para la administración de los fondos, las características de las cuentas individuales del empleador y los requisitos de registración de los trabajadores para acceder a la cobertura del respectivo Fondo de Asistencia Laboral (FAL).
Recaudación y pago de indemnizaciones
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de la recaudación y derivación de las contribuciones, integrándolas al sistema de la seguridad social. Se establece que el empleador deberá informar un identificador del fondo, denominado «ID FAL», para permitir la correcta asignación de los aportes.
El decreto también regula el procedimiento para el pago de indemnizaciones. Una vez presentada la declaración correspondiente, la entidad administradora deberá transferir los montos al trabajador «dentro del plazo máximo de cinco días hábiles». Asimismo, se dispone que las inversiones de estos fondos deberán realizarse exclusivamente en instrumentos financieros emitidos y negociados en la República Argentina, con el objetivo de promover la inversión productiva local.
Requisitos para trabajadores y plazo de implementación
Para acceder a la cobertura plena del sistema, los trabajadores deberán encontrarse debidamente registrados y contar con una antigüedad mínima de doce meses en los registros laborales.
Tal como se indicó en el Boletín Oficial, el régimen no comenzará a operar de manera inmediata, ya que el Poder Ejecutivo prorrogó su entrada en vigencia hasta el 1° de noviembre de 2026. Hasta esa fecha, la Secretaría de Trabajo, la CNV, ARCA y la Secretaría de Finanzas deberán dictar las normas complementarias necesarias para la implementación operativa del nuevo esquema de financiamiento de indemnizaciones laborales.
