Aldana Soledad Bracamonte, de 27 años y oriunda de San Justo, fue condenada en los tribunales de Santa Fe a tres años y ocho meses de prisión efectiva por múltiples estafas. La mujer admitió haber sacado créditos y tarjetas a nombre de cinco personas, utilizando sus datos biométricos. La Justicia santafesina determinó que las entidades bancarias y financieras son las damnificadas, y no los usuarios con datos robados, quienes no deberán afrontar los cobros.
Condena por estafas informáticas
Los tribunales de la ciudad de Santa Fe dictaron sentencia condenatoria contra Aldana Soledad Bracamonte, de 27 años y oriunda de San Justo, por la comisión de nueve hechos de defraudación. La mujer fue condenada a la pena de tres años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo, en un fallo que establece un precedente relevante para las víctimas de delitos informáticos.
La resolución, emitida por el juez Luis Octavio Silva en el marco de un juicio de procedimientos abreviados, no solo abordó la situación penal de la estafadora, sino que brindó una solución a los damnificados. El perjuicio económico total de las maniobras ilícitas ascendió a la cifra de $ 90.216.650.
La operatoria delictiva
La investigación fue liderada por el fiscal del Ministerio Público de la Acusación (MPA), Agustín Nigro, quien detalló la modalidad utilizada por Bracamonte. En todos los casos, la condenada se apropió de manera engañosa de datos biométricos (como reconocimiento facial o huellas digitales) de cinco personas de su entorno.
Una vez obtenidos estos datos, la mujer vulneraba los sistemas de seguridad digital, ingresando a plataformas web de diversas entidades bancarias y financieras simulando ser las víctimas. A través de este método, gestionaba créditos personales y contrataba tarjetas de crédito a nombre de los estafados. Posteriormente, realizaba consumos y transferencias de dinero por montos millonarios.
Reordenamiento legal y protección a usuarios
Un aspecto central de la resolución judicial es el reordenamiento legal que genera. Al respecto, el fiscal Nigro precisó que «la sentencia establece que los estafados son los bancos y las financieras; por lo tanto, las acciones de cobro que estas entidades inicien deberán ser dirigidas contra la mujer condenada y no contra los clientes».
Con esta resolución en sede penal, quedó judicialmente demostrado que las cinco personas a las que Bracamonte les sustrajo los datos no tuvieron relación alguna con las deudas generadas. A partir de la condena, las entidades bancarias tienen prohibido hostigar o exigir el pago a dichos usuarios, debiendo accionar directamente contra los bienes de la hoy convicta.
El proceso abreviado
Bracamonte fue declarada autora penalmente responsable de nueve hechos de defraudación. Durante el juicio, la mujer reconoció expresamente su culpabilidad y, junto a su defensa, aceptó tanto la calificación legal de los delitos como el monto de la pena de prisión efectiva impuesta.
Las cinco personas afectadas manifestaron su conformidad con el cierre del caso, que les restituyó la tranquilidad financiera y permitió limpiar sus historiales en los registros bancarios.
