Condenaron en Santo Tomé a un hombre por abuso sexual contra su hija y el hijo de su pareja

Un hombre de 36 años, identificado con las iniciales M. J. D. F., fue condenado a la pena de 12 años de prisión efectiva. La sentencia se dictó tras ser hallado culpable de haber abusado sexualmente de dos menores de edad, ambos pertenecientes a su entorno familiar en la ciudad de Santo Tomé.

La jueza Susana Luna fue la encargada de dictar el veredicto al término del juicio oral y público, que concluyó este martes en los tribunales de la capital provincial.

Desarrollo de la investigación

La investigación que derivó en la condena estuvo a cargo del Ministerio Público de la Acusación (MPA), cuya representación en el debate corrió por cuenta de la fiscal Natalia Giordano.

Durante el proceso, la funcionaria detalló que las agresiones se produjeron en reiteradas oportunidades. Los hechos tuvieron lugar en los distintos domicilios que el grupo familiar habitó en el territorio santotomesino.

La fiscal Giordano explicó que M. J. D. F. primero abusó de un hijo de su pareja y, años más tarde, vulneró también la integridad sexual de su propia hija. Esta última es hermana de la otra víctima por parte de madre. Aunque una de las víctimas ya alcanzó la mayoría de edad, las pericias y los testimonios recabados en la causa confirmaron que ambos sufrieron los ultrajes cuando transitaban su escolaridad primaria.

Calificación legal y posturas

El tribunal encontró a M. J. D. F. autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual simple.

Tras la lectura del veredicto condenatorio, la fiscal Giordano valoró la resolución judicial. No obstante, aclaró que el MPA aguardará a conocer los fundamentos completos del fallo dictado por la jueza Luna. Este análisis permitirá evaluar los eventuales pasos procesales a seguir por parte de la fiscalía.

Por estrictas razones legales y con el primordial objetivo de preservar la identidad de la víctima menor de edad, además de evitar su revictimización, se omiten los nombres y apellidos completos del condenado.


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