La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe suspendió los plazos procesales para que el gobierno provincial acuda ante el máximo tribunal nacional con un recurso extraordinario contra el fallo que declaró inconstitucional el tope jubilatorio. La medida, firmada por el presidente del máximo tribunal santafesino, Rafael Gutiérrez, fue adoptada a pedido de la Provincia y se mantendrá hasta que el tribunal provincial se pronuncie sobre la revocatoria interpuesta por la gestión local. De esta manera, el tiempo para apelar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación comenzará a correr nuevamente una vez que se resuelvan los planteos pendientes en el fuero local.
Prórroga judicial y estrategia legal en Santa Fe
La Provincia de Santa Fe contará con un plazo extendido para apelar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación el fallo en el que el máximo tribunal provincial declaró inconstitucional la inamovilidad del tope jubilatorio.
Contra dicha resolución, conocida como fallo «Ramón», el gobierno santafesino interpuso un recurso de revocatoria in extremis —con el objetivo de que el propio tribunal local deje sin efecto la medida— y una solicitud de aclaratoria sobre sus alcances.
En paralelo, ante el inicio del conteo de los plazos para acudir al máximo tribunal federal mediante un recurso extraordinario federal, la Provincia solicitó la suspensión de los términos procesales hasta tanto la Corte provincial emita una resolución sobre los planteos pendientes. Dicha petición fue concedida a través de una resolución de la presidencia, rubricada por Rafael Gutiérrez.
Los planteos pendientes ante el máximo tribunal provincial
Mientras avanza en la redacción de la apelación que será presentada ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Ejecutivo elevó dos objeciones formales ante el máximo tribunal provincial en relación con el reciente fallo sobre la Ley de Emergencia Previsional.
La resolución en cuestión declaró la inconstitucionalidad del tope fijado para los haberes máximos en el distrito y derivó al fuero contencioso administrativo el litigio en torno al aporte solidario de activos y pasivos.
Ambos pronunciamientos contaron con votaciones divididas, aspecto central de la objeción planteada por la Provincia a través de un recurso de revocatoria. Según pudo reconstruir el diario El Litoral, la administración provincial advierte sobre una presunta nulidad del fallo derivada de la «carencia de coincidencia suficiente» entre los sufragios, dado que el marcador se estructuró en un tres a tres, tanto en la acción de amparo impulsada por una docente como en el reclamo de un exmagistrado contra los topes previsionales.
En ambos escenarios, fue el ministro Roberto Falistocco quien ejerció el desempate: en el diferendo por los topes, inclinándose por la inconstitucionalidad; y en el debate por el aporte solidario, propiciando su derivación al fuero contencioso. El gobierno cuestiona este mecanismo de definición, al considerar que priva a la decisión judicial de «un núcleo duro en el decisorio».
Pedido de aclaratoria y próximos pasos
De manera simultánea, la Provincia interpuso un pedido de aclaratoria por la omisión explícita del concepto de «tope jubilatorio» en la parte resolutiva del fallo «Ramón», mención que sí figura en los considerandos. Para el Ejecutivo, dicha elipsis introduce ambigüedad, un criterio que también fue señalado por el abogado patrocinante del amparista en una presentación similar.
De acuerdo con la información recabada por El Litoral, los argumentos expuestos en ambas presentaciones conformarán el núcleo argumental del recurso de apelación que Santa Fe formalizará ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación una vez reanudados los plazos procesales, instancia en la cual defenderá la legalidad y la constitucionalidad tanto del tope jubilatorio como del aporte solidario.
