El Gobierno nacional oficializó, mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, la actualización parcial de los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, vigente desde mayo, con el fin de moderar el impacto en los precios de la nafta y el gasoil y apuntalar la actividad económica.
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El Gobierno nacional oficializó este jueves una nueva modificación en el esquema impositivo de los combustibles. La medida, que impacta directamente en la nafta y el gasoil, introduce incrementos parciales a partir de mayo y posterga otras subas para junio, en línea con una política de actualización gradual.
Esta decisión se formalizó mediante el Decreto 302/2026, publicado en el Boletín Oficial. La normativa establece cambios en los Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono. Según se argumenta en el texto, el objetivo es sostener un sendero fiscal «compatible con el crecimiento económico» y evitar un traslado brusco a los precios en surtidor.
Actualización
De acuerdo con el texto oficial, el esquema tributario actual contempla montos fijos que se actualizan de manera trimestral, tomando como base la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), medido por el INDEC. No obstante, estas actualizaciones han sido diferidas en reiteradas ocasiones durante los últimos años.
En esta ocasión, el nuevo decreto introduce un mecanismo intermedio: se aplicarán incrementos parciales en mayo de 2026, mientras que el resto de los ajustes pendientes se trasladarán a junio.
Concretamente, para el período comprendido entre el 1° y el 31 de mayo, se fijaron aumentos específicos en los tributos:
- Para la nafta sin plomo y la nafta virgen, el incremento del impuesto será de $ 10,398 por unidad, junto con un adicional de $ 0,637 correspondiente al impuesto al dióxido de carbono.
- En el caso del gasoil, se aplicarán subas de $ 9,269 en el impuesto a los combustibles líquidos, $ 5,019 en el tratamiento diferencial y $ 1,056 en el gravamen al dióxido de carbono.
Estos valores representan una porción de las actualizaciones acumuladas de períodos anteriores que aún no habían sido trasladadas plenamente al esquema impositivo.
Postergación
Uno de los puntos centrales del decreto es la decisión de diferir nuevamente parte de los incrementos. En este sentido, la normativa modifica los plazos previamente establecidos y traslada al 1° de junio de 2026 la aplicación de los ajustes remanentes.
La medida responde, según los considerandos oficiales, a la necesidad de «continuar estimulando el crecimiento de la economía» sin generar impactos abruptos en variables sensibles como la inflación o el consumo.
En este contexto, el Gobierno viene aplicando una política de incrementos graduales en los impuestos a los combustibles, evitando trasladar de forma inmediata la totalidad de las actualizaciones derivadas de la inflación acumulada desde 2018.
Cabe recordar que estos tributos, establecidos en la Ley 23.966, se determinan mediante montos fijos por unidad de medida, los cuales deben actualizarse periódicamente para no perder peso real frente a la inflación. No obstante, en la práctica, su aplicación ha sido escalonada a través de decretos sucesivos.
Impacto
Si bien el decreto no define directamente los precios en surtidor, sí influye de manera indirecta en su evolución. Los impuestos representan un componente relevante en la estructura de costos de los combustibles, por lo que cualquier modificación tiende a trasladarse —total o parcialmente— al consumidor final.
En el sector energético se espera que las empresas petroleras evalúen el impacto de estos cambios en función de otras variables, como el precio internacional del crudo, el tipo de cambio y los costos logísticos.
Analistas del mercado advierten que la estrategia oficial busca evitar saltos bruscos en los precios, especialmente en un contexto donde el consumo aún muestra señales de fragilidad. La aplicación escalonada de impuestos se presenta, así, como una herramienta para administrar las tensiones entre la recaudación fiscal y la actividad económica.
