La Corte Suprema de Justicia, con el voto de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, rechazó el pedido de *per saltum* presentado por el Gobierno para acelerar la definición de la reforma laboral. Esta decisión implica que el máximo tribunal no intervendrá en el proceso hasta que las instancias inferiores agoten su revisión, manteniendo la ley vigente mientras el expediente continúa su curso en el fuero contencioso administrativo.
La Corte Suprema Rechaza el Per Saltum del Gobierno en la Reforma Laboral
La Corte Suprema rechazó intervenir a través del per saltum presentado por el Gobierno para que el máximo tribunal resolviera sobre la reforma laboral aprobada por el Congreso, calificando el pedido como «inoficioso». El rechazo se fundamentó en que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ya había ordenado la remisión del expediente al fuero contencioso administrativo, invalidando la posibilidad de saltear las instancias inferiores.
La Procuración del Tesoro había interpuesto el recurso después de que un juez de primera instancia declarara la inconstitucionalidad de 81 artículos de la denominada ley de modernización laboral. Posteriormente, la cámara laboral revocó esa decisión y restituyó la vigencia de los artículos, determinando que el expediente debía tramitarse en el fuero contencioso administrativo.
Con las firmas de los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, la Corte Suprema sostuvo que no corresponde su intervención mediante el per saltum mientras existan instancias inferiores activas y una resolución pendiente en los tribunales competentes.
Los Fundamentos de la Decisión Judicial
La Corte fundamentó su decisión en la inexistencia de un salto de instancias procesales. La presencia de pronunciamientos previos en las instancias inferiores hizo que el pedido del Gobierno de una intervención inmediata, a través del per saltum, resultara inoficioso.
En su resolución, el máximo tribunal destacó que el recurso extraordinario de per saltum exige requisitos específicos del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, los cuales no se cumplían en el presente caso. Por consiguiente, se rechazó la admisión del trámite excepcional solicitado por el Gobierno.
El fallo de la Corte Suprema subraya que, cuando las instancias inferiores dictan una resolución y ordenan la remisión a otro fuero, la herramienta del per saltum pierde su razón de ser. Por tal motivo, la Corte descartó intervenir en esta etapa para revisar la reforma laboral. Asimismo, señaló que deben respetarse la competencia y la secuencia procesal. Mientras las instancias inferiores estén resolviendo, la Corte Suprema no puede reemplazar las vías procesales establecidas para la revisión de la reforma.
El tribunal consideró que, a pesar del pedido del Gobierno, no se acreditó la «notoria gravedad institucional» que exige la normativa para omitir instancias. En consecuencia, el per saltum no reunió las condiciones para una intervención inmediata. Finalmente, la Corte Suprema evaluó que la existencia de una resolución previa de la Cámara del Trabajo —que restituyó la vigencia de la reforma— introduce elementos procesales que tornan improcedente el salto directo solicitado por el Gobierno.
Impacto en el Proceso de la Reforma Laboral
El rechazo del per saltum obliga a que la discusión sobre la reforma laboral continúe en las instancias ordinarias. La causa deberá tramitarse en el fuero contencioso administrativo, tal como ordenó la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, y la Corte Suprema no intervendrá antes de que se dicte una resolución en dicho ámbito.
El Gobierno había presentado el per saltum con el objetivo de que la Corte Suprema dejara sin efecto la medida cautelar que suspendía artículos de la reforma laboral y se lograra un efecto suspensivo inmediato. Con esta desestimación, el planteo del Gobierno no prospera por el momento.
La resolución del máximo tribunal mantiene, de este modo, la secuencia procesal establecida: los tribunales inferiores y el fuero contencioso administrativo deberán resolver sobre la validez y la aplicación de la reforma. La Corte Suprema se mantendrá al margen de esta etapa hasta que se agoten esas instancias. La decisión del máximo tribunal, firmada por Rosatti, Lorenzetti y Rosenkrantz, implica que la discusión sobre la reforma laboral y su vigencia continuará en instancias inferiores antes de cualquier posible intervención de la Corte Suprema.
En este marco, el rechazo al per saltum priva al Gobierno de la vía extraordinaria para una intervención inmediata y lo obliga a aguardar la resolución de las instancias inferiores sobre la reforma. En síntesis, la consecuencia institucional de esta decisión es que el expediente será remitido al fuero contencioso administrativo para que siga su curso, y la Corte Suprema no intervendrá hasta que las instancias inferiores emitan una nueva resolución.
