La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal habilitó este miércoles un recurso de la Procuración del Tesoro para revisar la medida judicial que exige al Gobierno nacional actualizar los salarios de docentes y no docentes de las universidades públicas. Con esta resolución de la Sala III, el Estado podrá discutir los planteos contra la ejecución de la cautelar vinculada al financiamiento universitario, en una causa iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional tras la declaración de inconstitucionalidad del decreto 759/2025.
La Justicia habilita una nueva apelación del Gobierno por el financiamiento universitario
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal habilitó un nuevo recurso presentado por el Ejecutivo en la causa judicial que investiga el financiamiento de las universidades públicas.
La Sala III del tribunal ordenó que se tramite la apelación contra la decisión del juez Martín Cormick, quien había dispuesto continuar con la ejecución de la medida cautelar que exige actualizar los salarios docentes y no docentes, además de garantizar los fondos destinados a las becas estudiantiles.
Con este pronunciamiento, el Estado nacional podrá discutir ante la Cámara dos resoluciones de primera instancia vinculadas con el acatamiento de aquella orden judicial.
El conflicto por las multas y los plazos de ejecución
La primera de las cuestiones se relaciona con la intimación cursada al Gobierno para que cumpliera la cautelar bajo apercibimiento de enfrentar multas diarias, las cuales quedaron suspendidas de forma provisoria el 15 de octubre. La segunda cuestión, que ahora también fue habilitada para su revisión, cuestiona la continuidad del trámite de ejecución de la medida.
El fallo judicial no emitió opinión sobre el cumplimiento efectivo de la cautelar ni sobre su vigencia actual. Los magistrados aclararon que conceder la apelación no implica «adelantar opinión acerca del cabal cumplimiento o no de la medida cautelar», por lo que el debate continuará en las instancias correspondientes.
La controversia actual se originó a partir de una providencia emitida el 9 de octubre, en la cual Martín Cormick dispuso elevar la causa principal —donde ya dictó una sentencia de primera instancia— y, simultáneamente, advirtió a las partes que seguiría adelante con la ejecución de la cautelar a través de un incidente separado.
La intervención del Ministerio de Capital Humano
Ante la negativa del magistrado a conceder la apelación contra esa decisión —rechazada el 14 de octubre—, el Ministerio de Capital Humano y la Secretaría de Educación interpusieron una queja formal. La Sala III hizo lugar al planteo y admitió el recurso, que ahora deberá tramitarse en la instancia correspondiente.
En su argumentación, el Estado sostuvo que ya dio cumplimiento íntegro a la cautelar y remarcó que la medida poseía un límite temporal que, según su propia interpretación jurídica, ya se encuentra vencido. Por este motivo, cuestionó que se mantuviera abierto el proceso de ejecución, advirtiendo sobre el riesgo de ser obligado a acatar una orden que considera extinta.
Asimismo, el Gobierno alertó sobre la posibilidad de recibir sanciones conminatorias en caso de incumplir los plazos fijados, a pesar de que —según su defensa— aún no existía una liquidación concreta de las sumas reclamadas. Al respecto, la Cámara determinó que rechazar la apelación podía generar un «gravamen irreparable» para el Estado, justificando así la habilitación de su revisión.
Antecedentes y el rol de Diego Santilli
Esta nueva resolución se añade a la medida adoptada el 15 de octubre, fecha en la cual la misma Sala III admitió otra queja oficial para tramitar con efecto suspensivo la apelación contra las multas de $ 100.000 diarios impuestas al jefe de Gabinete, Diego Santilli. Dicha decisión mantuvo las sanciones en pausa mientras avanza el análisis del recurso, sin expedirse sobre el fondo de la cuestión respecto al cumplimiento de la cautelar.
El expediente judicial se inició a raíz de una demanda presentada por el Consejo Interuniversitario Nacional contra el decreto 759/2025, norma que condicionaba la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario a que el Congreso especificara las fuentes de financiamiento. El 6 de octubre, el juez Martín Cormick declaró inconstitucional dicho requisito y ordenó la aplicación inmediata de la ley, sentencia que actualmente tramita en el expediente principal.
