Preventiva para una mujer acusada de drogar y prostituir a una menor en un barrio marginal de Reconquista
De acuerdo a la acusación formulada por la fiscal Georgina Díaz, los hechos habrían ocurrido en dos viviendas de Reconquista, donde la imputada pactaba las entrevistas con hombres.

En una audiencia de medida cautelar realizada en los Tribunales de Reconquista, el juez Gonzalo Basualdo dispuso la prisión preventiva de una mujer imputada por los delitos de promoción a la prostitución y corrupción de menores.

La medida dictada sin plazos recayó sobre Ivana Soledad Ramírez, domiciliada en el periférico barrio Luján, a quien la fiscal Georgina Díaz atribuyó el delito de promoción de la prostitución de una menor de 18 años de edad, agravado por amenazas y el aprovechamiento de la vulnerabilidad de la misma.

De acuerdo a la acusación, los hechos habrían ocurrido en dos viviendas de Reconquista, donde la imputada pactaba las entrevistas con hombres.

Además de restringirle la libertad, el magistrado autorizó el pedido de la fiscal para la realización de una Cámara Gesell. Actuó como defensora pública de Ramírez la Dra. María Noel Severo.

Altamente vulnerable

Al finalizar, la fiscal Díaz dijo que «en realidad, la audiencia tuvo cuatro objetivos. El primero de ellos fue el control de legalidad de la detención que dispuse durante el fin de semana. Después, la audiencia imputativa a los fines de informarle que había una investigación en trámite, cuáles eran los hechos que se le endilgaban, su calificación legal, las evidencias y sus derechos, por supuesto».

«Luego solicité autorización, a través del dispositivo de Cámara Gesell y como anticipo jurisdiccional de prueba, la declaración de la persona que reviste la calidad de víctima en esta causa, por cuanto es una mujer menor de edad y altamente vulnerable por todo un contexto de vida, un contexto socioeconómico y cultural que nos rodea», completó.

En cuanto a la prisión preventiva como medida cautelar, sostuvo que «es a los efectos de cautelar los riesgos del proceso. Entiendo, y así lo expuse, que aquí existen dos riesgos: el entorpecimiento probatorio, no solamente por la situación de la víctima, sino también por el tipo penal que estamos investigando».

Con relación a los hechos, precisó que «acá hablamos del contacto con otros masculinos no conocidos hasta el momento, no individualizados, y que tendrían contactos de contenido sexual con la menor de manera coactiva, por así decirlo, obligada la víctima por el accionar de la imputada. Además, no tenemos un arraigo laboral, no tenemos un arraigo familiar».

Oposición

Díaz indicó que se opuso al planteo de la defensa referido a un domicilio y a un posible guardador: «Por supuesto que nos opusimos y nos vamos a seguir oponiendo con respecto al guardador propuesto. Entendemos que no es apto para tales fines».

Por último, recordó la calificación penal atribuida a la acusada: promoción a la prostitución de menor de edad, calificada por conocer la vulnerabilidad de la víctima y también por la edad, en concurso ideal con corrupción de menores agravado por las mismas circunstancias.


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