La Cámara de Apelaciones de Santa Fe comenzó a revisar las condenas impuestas a los exjefes de la Policía provincial, Rafael Grau y Omar Odriozola, por delitos de «asociación ilícita» y «defraudación a la administración pública». Durante una extensa audiencia celebrada este jueves, que se extendió por más de cuatro horas, las partes expusieron sus argumentos ante el tribunal.
Este cuerpo, integrado por los jueces Fernando Gentile Bersano, Bruno Netri y Roberto Prieu Mántaras, es ahora el encargado de analizar la sentencia de primera instancia, firmada por los Dres. Celeste Minniti, Cecilia Labanca y Sebastián Szeifert.
Los detalles de la sentencia de primera instancia
Los excomisarios Rafael Grau y Omar Odriozola fueron condenados a seis años y medio de prisión, inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por diez años y al pago de una multa. Se los halló responsables de haber utilizado su potestad jerárquica para facilitar y consentir las actividades de una asociación ilícita que defraudó al Estado provincial. La maniobra se concretó a través de la falsa reparación de móviles policiales y la adquisición inexistente de repuestos, legitimada mediante la firma de cheques, facturas y rendiciones de cuenta que permitieron la disposición patrimonial ilegítima.
Los planteos de la defensa de Grau
El defensor de Rafael Grau, el Dr. Carlos Rena, solicitó la revocación de la condena y la absolución de su cliente, quien ratificó su inocencia expresando: «Niego total y absolutamente todos los cargos». Uno de los principales planteos jurídicos se centró en la prescripción de la acción penal respecto al delito de defraudación, cuya pena máxima es de seis años. Grau también cuestionó la condena por asociación ilícita, al considerar que esta figura no está prevista para delitos patrimoniales, sino para aquellos que atentan contra el orden o la tranquilidad pública.
En cuanto a la prueba, Grau criticó la inclusión en la causa de hechos ocurridos «fuera del período de imputación» –que en su caso abarcó de septiembre de 2015 a febrero de 2016– para ejemplificar conexiones con la banda. Además, alegó que la sentencia no probó su intención o voluntad de delinquir, preguntándose: «¿Cuál ha sido mi dolo?». Finalmente, el abogado Rena puso en duda la fiabilidad de los coimputados «arrepentidos», señalando que sus testimonios fueron «vacilantes, interesados y contradictorios», y basados en «conjeturas, buscando un beneficio de la situación procesal».
La argumentación de la defensa de Odriozola
Por su parte, la defensa de Omar Odriozola, a cargo del Dr. Ignacio Alfonso Garrone, quien fuera juzgado por su gestión entre enero y septiembre de 2015, planteó en línea con lo anterior la invalidez de la figura del imputado colaborador (arrepentido). Argumentó que la ley que incorpora esta figura es de 2016 y no puede aplicarse retroactivamente a conductas de 2015, constituyendo una «aplicación retroactiva de una ley penal más gravosa». Este punto es crucial para ambas defensas, ya que el testimonio de Facundo Testi, condenado en un juicio abreviado como organizador de la banda y acogido a la figura del arrepentido, fue de «especial relevancia» para la condena.
El Dr. Garrone también impugnó el estándar probatorio de una pericia realizada por muestreo. Criticó que el fallo se basara en el análisis de solo diez vehículos de todos los secuestrados, y que al revisar si las reparaciones facturadas se habían efectuado, solo se analizaran las del período de Grau, cuyas conclusiones luego se utilizaron para demostrar defraudaciones en la gestión de Odriozola. Para el letrado, «las pruebas fueron pensadas para Grau y luego se pretendió traspolarlas a Odriozola». Desde una perspectiva funcional, la defensa invocó el principio de confianza, indicando que un Jefe de Policía se basa en la cadena de responsabilidades administrativas y confía en el correcto accionar de sus subalternos.
La Fiscalía defendió la sentencia
El fiscal Ezequiel Hernández rebatió ambos recursos, defendiendo la extensión de la condena y la valoración de la prueba realizada en primera instancia. Se refirió a la complejidad de la investigación de «un caso de alta corrupción, pluralidad de imputados y con un daño millonario», y subrayó la «constante actividad» fiscal para refutar la existencia de «tiempos muertos».
En cuanto a la prescripción esgrimida por la defensa de Grau, la fiscalía citó jurisprudencia, sostuvo que la audiencia imputativa constituye un acto interruptivo de la prescripción e indicó que la acción se suspende mientras haya funcionarios públicos consortes de causa que continúan en funciones. En este caso, uno de los miembros de la banda fue destituido de sus funciones recién en 2019.
Sobre la crítica a la falta de fundamentación del fallo, Hernández señaló que la sentencia, de 147 páginas, «lleva a concluir sin dudas» la responsabilidad de los dos excomisarios. Argumentó que el ardid de la defraudación fue probado a través de la simulación de reparaciones (el «dibujo») y la facturación fija, donde el cincuenta por ciento de las reparaciones no se realizaban y un porcentaje fijo retornaba a la jefatura de policía.
Testigos clave confirmaron que el jefe recibía un sobre con el dinero. Para la fiscalía, Grau y Odriozola estaban «inmersos en las maniobras delictivas» y no eran ajenos al propósito criminal. La firma sistemática de facturas fraudulentas por parte de los jefes «demuestra que los acusados actuaron con conocimiento y voluntad de generar un perjuicio económico». «La sentencia dedicó diez páginas a demostrar cómo la evidencia acredita la participación de Grau y Odriozola en la asociación ilícita y también en las defraudaciones», concluyó Hernández.
Pedido de agravamiento de penas y resarcimiento económico
En su propia apelación, el fiscal Hernández solicitó que las condenas a seis años y medio de prisión se extiendan a diez años y que se imponga a los exjefes de policía el pago de una reparación económica a favor del Estado provincial. La Fiscalía estima que el monto afectado, actualizado a marzo de 2025, supera los 250 millones de pesos. Este último punto había sido rechazado por el tribunal de primera instancia, que consideró que la fiscalía no tiene la potestad de solicitar dicha reparación.
Próximos pasos para los exjefes policiales
Ahora, los camaristas deberán abocarse al estudio de los argumentos presentados por todas las partes para emitir una resolución sobre la sentencia de primera instancia. Mientras tanto, Rafael Grau y Omar Odriozola permanecen en libertad a la espera de esta nueva decisión judicial.
