Jubilados y pensionados: se hizo oficial el calendario de pagos 2026

El Gobierno nacional, a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), ha establecido formalmente el esquema de pagos para jubilados, pensionados y titulares de otras prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que regirá durante los doce meses del año 2026.

La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial, tiene como principal objetivo permitir una organización anticipada de los cronogramas de cobro, un aspecto fundamental para la planificación de la economía familiar de millones de beneficiarios.

Detalles del calendario anual de pagos de Anses para 2026, incluyendo aguinaldos

La Resolución 349/2025, que lleva la firma del director ejecutivo de ANSES, el contador Fernando Omar Bearzi, aprueba de manera explícita los calendarios de pago para todos los meses de 2026: enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio —incluyendo en este último la primera cuota del haber anual complementario o aguinaldo—, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, mes en el que se abonará la segunda cuota del aguinaldo. De esta forma, el organismo previsional busca brindar previsibilidad a los perceptores de haberes y a todo el sistema financiero involucrado.

Por qué Anses anticipa el cronograma de cobros y qué informes se evaluaron

La definición anticipada de estas fechas responde, según el texto oficial, a dos necesidades estratégicas. Por un lado, se busca prever los ingresos del sistema, fundamentalmente aquellos que provienen de los aportes y contribuciones laborales. Por el otro, la medida permite adecuar los pagos al flujo financiero disponible, siempre en estricto cumplimiento de la normativa vigente que regula los intervalos y modalidades de pago. La ANSES destacó que las condiciones financieras actuales posibilitan mantener un esquema de pagos dividido en 20 grupos, lo que contribuye a ordenar el proceso y evitar la saturación de las entidades bancarias. Para la elaboración de esta resolución, el organismo tuvo en cuenta diversos informes internos preparados por la Dirección General de Finanzas de la ANSES, que evaluaron los movimientos de recaudación previsional y las proyecciones presupuestarias para el próximo ejercicio.

Los cuatro artículos clave de la Resolución 349/2025 que regulan los pagos previsionales

La normativa publicada en el Boletín Oficial se estructura en cuatro artículos fundamentales que detallan el funcionamiento del calendario 2026 y las responsabilidades asociadas.

El Artículo 1° aprueba formalmente los doce anexos que contienen las fechas de pago para cada mes del año próximo. Cada uno de estos documentos (Anexo I al XII) especifica los días asignados para los distintos grupos de beneficiarios, organizados según la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI) y el tipo de prestación. Si bien estos anexos se publican exclusivamente en la edición digital del Boletín Oficial, la resolución reafirma su validez como parte integral de la disposición.

El Artículo 2° delega en la Dirección General de Finanzas de la ANSES la facultad de determinar el importe de los intervalos de pago. Esta atribución se ejercerá en base a los criterios establecidos por la Resolución 327/2009, un marco normativo que define cómo deben organizarse los tramos de pago en función de los montos de las prestaciones.

Por su parte, el Artículo 3° ratifica que las entidades financieras involucradas en el pago de haberes deberán cumplir con el procedimiento de rendición de cuentas establecido por la Comunicación «A» 6386 del Banco Central de la República Argentina (BCRA), emitida el 8 de diciembre de 2017. Esta comunicación regula la forma en que los bancos informan movimientos, rendiciones y controles de su operatoria, garantizando la transparencia del proceso y el cumplimiento de los plazos entre la ANSES y las instituciones que efectivizan los cobros.

Finalmente, el Artículo 4° instruye la comunicación de la medida a las áreas pertinentes, su publicación oficial en el Boletín Oficial y su archivo administrativo correspondiente para asegurar su correcta divulgación y cumplimiento.


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