Piden 15 años de cárcel para una madre acusada de explotar sexualmente a su hija de 12 años en San Javier

La fiscalía de Santa Fe adelantó que pedirá una pena de 15 años de prisión para Ramón U., un hombre de 51 años acusado por el abuso sexual de una niña menor de edad en la ciudad de San Javier. Durante la audiencia preliminar, el Ministerio Público de la Acusación solicitó que el grave caso sea evaluado por un tribunal pluripersonal, en tanto la defensa cuestionó la validez de pruebas como cartas y capturas de WhatsApp.

Audiencia preliminar por explotación y abuso en San Javier

Este martes 14 de abril, en los tribunales de Santa Fe, se llevó a cabo la audiencia preliminar de una compleja causa que investiga la presunta explotación de la prostitución y el abuso sexual de una niña de 12 años. Los hechos habrían tenido lugar en la ciudad de San Javier y zonas aledañas, en el período comprendido entre el año 2019 y marzo de 2023.

En calidad de acusados figuran Rosa M., de 42 años, madre de la víctima, a quien se considera autora del delito de explotación. El segundo imputado es Ramón U., de 51 años, un hombre a quien la fiscalía le atribuyó el abuso sexual con acceso carnal de la menor.

Los fiscales del Ministerio Público de la Acusación (MPA), Guillermo Persello y Pablo Lipowy, expusieron los detalles de la investigación que serán ventilados en el futuro juicio oral. Adelantaron que solicitarán una pena de 15 años de prisión para ambos acusados.

La imputación fiscal

Según la imputación oportunamente formulada, Rosa M. habría ejercido la explotación de la prostitución de su hija, entre los 12 y los 15 años de edad, durante el período que abarca de 2019 a marzo de 2023. La fiscalía relató que la niña habría sido entregada por su madre para el ejercicio de la prostitución con hombres adultos. Los encuentros habrían tenido lugar en descampados, cabañas para turistas y domicilios particulares de la ciudad de San Javier.

Por estos hechos, a Rosa M. se le atribuyó la autoría de los delitos de «explotación económica de la prostitución» y «promoción de la corrupción de menores». Ambos cargos se encuentran agravados por la minoría de 13 años de la víctima y por la relación de guardadora y ascendiente de la imputada con la menor.

En cuanto a Ramón U., identificado como pescador y padre de 4 hijos de la zona de San Javier, la fiscalía sostiene que habría abusado de la menor desde principios de 2023 –en fecha indeterminada– y hasta marzo del mismo año. Los lugares mencionados para estos episodios son las inmediaciones de Colonia California, Las Tipas y La Criolla.

Dada la gravedad y las particularidades del caso, el fiscal Persello solicitó que la causa sea evaluada en juicio por un tribunal pluripersonal, a pesar de que el pedido de pena no excede los 18 años. El planteo se fundamentó en «la gravedad de los hechos» y «la complejidad» de la investigación, considerando las relaciones familiares entre la víctima, los victimarios y los testigos que serán citados a debate.

La postura de las defensas

En representación de Rosa M., intervino la defensora pública Virginia Segado, quien afirmó que su defendida «se mantuvo siempre inocente». La abogada aludió a que Rosa M. «dice que es víctima de violencia de género desde muy chica» y que «la han obligado a ejercer la prostitución», añadiendo que sus hijos «son todos producto de abusos sexuales». Segado concluyó: «Vamos a plantear la situación de Rosa como una víctima durante toda su vida, esa es la postura de esta defensa».

Por su parte, la defensora pública Leticia Feraudo, a cargo de la defensa de Ramón U., adelantó que «vamos a cuestionar las pruebas de la fiscalía para demostrar que los hechos de abuso no han existido» por parte de su defendido, quien siguió la audiencia por videoconferencia.

Controversias sobre la prueba

Durante la audiencia preliminar, se plantearon objeciones significativas en relación con la evidencia que será valorada en el futuro debate oral. La primera controversia se centró en la posibilidad de que la víctima, quien el año pasado alcanzó la mayoría de edad, declare de forma presencial en el juicio, en lugar de utilizar el anticipo jurisdiccional de prueba con las reproducciones de las dos cámaras Gesell realizadas en 2023 y 2025.

«Frente a esa postura la fiscalía se va a oponer», sostuvo el Dr. Persello, argumentando que «estamos ante un hecho aberrante» por el cual «la víctima fue institucionalizada». El fiscal remarcó que una nueva declaración en juicio implicaría «una revictimización innecesaria» y una «vulneración de derechos».

La Dra. Feraudo, en tanto, insistió en el derecho que asiste a la defensa de interrogar y contrainterrogar a la víctima –actualmente mayor de edad–, «previo control psicológico de que se encuentra en condiciones de declarar en juicio». Su colega, la defensora Segado, coincidió en la necesidad de que la víctima «debe declarar».

El juez Sebastián Szeifert evaluó la controversia y señaló que «parcialmente le asiste razón a las dos partes». Sin embargo, coincidió con la defensa al sostener que «esto se resuelve con un análisis psicológico previo que determine si puede declarar o no»; y luego consultarla si efectivamente «quiere hacerlo». El magistrado concluyó que «si ella se niega a declarar, su testimonio deberá ser introducido con las cámaras Gesell».

Cartas y capturas de pantalla

El segundo y tercer punto de debate giró en torno al pedido de incorporación como documental de cuatro cartas manuscritas y una serie de capturas de pantalla de WhatsApp, elementos atribuidos a la menor víctima.

«No tenemos pericia caligráfica, ni forense, no nos consta de dónde viene» dicha información, objetó Feraudo, quien agregó que los testigos designados para su introducción «no son idóneos». Segado, por su parte, añadió que «ni siquiera hay cadena de custodia» que garantice el resguardo de la evidencia, es decir, que «no cumple con los requisitos formales para que la defensa pueda controlar de dónde vienen».

Finalmente, el juez Szeifert resolvió aceptar la introducción de dicha información con carácter documental, cuya «credibilidad será evaluada por el tribunal de juicio». Particularmente, puso a salvo la cuestión referida a las cartas, que deberán ser reconocidas por la víctima en su declaración. En caso contrario, serán introducidas por el personal policial que las incorporó oportunamente al sumario.


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