Así, entre aquella se mencionó evidencia que se usó en el juicio que se conoció como Mega Causa –comprendió cinco expedientes por tantos hechos- y culminó con la condena del ex gobernador, Sergio Urribarri; el ex ministro de Comunicación y Cultura, Pedro Báez; y el operador político, empleado de la Cámara de Senadores y cuñado de Urribarri, Juan Pablo Aguilera, este último también imputado en este legajo. Aquella condena está en revisión en la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
Reserva
Puntualmente se trató de evidencia que se secuestró en los allanamientos que se realizaron en calle Racedo y calle Irigoyen, en Paraná, donde, según la sentencia, funcionaban las imprentas que eran de Aguilera y operaban con “testaferros” El allanamiento y sus resultados fueron duramente cuestionados por las defensas por supuestas irregularidades que surgieron del testimonio de distintos testigos. Aquellos planteos fueron reiterados en este legajo contra la misma metodología de recolección de la evidencia digital, los funcionarios que la realizaron, sus conclusiones y la no observación de los protocolos de preservación de aquella sensible evidencia, sin éxito hasta ahora.
Las defensas destacaron que la evidencia que se pretende introducir, se trata –entre otra- de facturas de presuntos contratados que se hallaron cuando se realizaron los allanamientos a las imprentas y a la casa de Aguilera, no formaron partes de aquella causa, añadieron que no se secuestró porque no era el objeto determinado por la orden de allanamiento y que la documental referida fue fotografiada y devuelta a sus propietarios.
También se criticó que se pretende introducirla en un paquete cerrado porque precisamente no se realizaron los secuestros y se intenta acudir a las fotos.
Fiscalía rechazó los argumentos defensivos contra la incorporación de aquella evidencia porque reiteró que le permitirá en el juicio reconstruir los vínculos que vienen intentando demostrar, como viene sosteniendo respecto de personas no acusadas, otras siquiera mencionadas en la causa, y de los que resolvieron su situación procesal mediante la Suspensión del juicio a prueba o Probation.
La jueza dejó constancia de las reservas y del rechazo por inadmisible y adelantó que en el auto de apertura de remisión consignará que solo podrá usarse la evidencia como ayuda memoria de los testigos que declaren o para aclarar alguna posible contradicción.
Efectos
Después de finalizar el pedido de incorporación de la evidencia documental, Fiscalía comenzó la de la instrumental relacionada con aquella. Así, se solicitó incorporar la instrumental obtenida en los allanamientos realizados entre 208 y 2019 en domicilios ubicados en calle, Alameda de la Federación; en el estudio contable Integral Asesoría, en calle Misiones; en Avenida Jorge Newbery; en calle 1º de julio; Colón; Ñapindá; Rosario del Tala, Alem y Fray Monstesino, todas de Paraná; y en calle Uriburu, en San Benito, y en La Picada, en ruta nacional 12.
También se pidió incorporar los resultados de las requisas vehiculares a un furgón Ford Transit y a un Focus, propiedad de los imputados Hugo Mena y Alejandro Almada, respectivamente, como así también lo que se colectó en la requisa personal que se realizó a Juan Pablo Valladares, que se encuentra entre el grupo que accedió a la Probation.
