Se trata de Ramón Antonio Cairatti quien en procedimiento abreviado quedo con condenado a tres años de ejecución condicional por un hecho de abuso sexual simple. El caso ocurrió en octubre del 2020 en Reconquista. Victima una menor de edad. Estuvo en la parte acusatoria el fiscal de violencia familiar y delitos contra la integridad sexual del MPA el Dr. Valentín Hereñu. Defensa pública para el imputado a cargo del Dr. Orlando Toniolo. Además Cairatti estableció domicilio en Barrio Zulema de Reconquista. Su hijo fue designado como guardador. Deberá pagar una indemnización de tres millones de pesos a partir del 10 de julio de 2026. El juez Dr. Gonzalo Basualdo avaló el acuerdo con el consentimiento de las partes.
Habló el fiscal del caso
«Previo a haber obtenido los avales correspondientes de las autoridades superiores del MPA, se vino a esta audiencia en la que se aprobó el acuerdo respecto del imputado Cairati por un solo hecho de abuso sexual simple acontecido en el año 2020 en contra de una niña que era vecina del imputado a quien previamente se lo había acusado de parte del MPA», recordó el funcionario judicial.
El fiscal recordó que se había hecho un pedido de pena concreto de tres años y dos meses, «de manera previa a la audiencia preliminar que estaba fijada para el día de la fecha se pudo acordar este abreviado que también contó con la conformidad del padre de la niña víctima», sumó a sus explicaciones.
Mencionó que la calificación legal fue la de abuso sexual simple que prevé una pena de un mínimo de seis meses a un máximo de cuatro años, «por eso la pena es elevada considerando esa escala del delito puntual», señaló. Manifestó que se fijaron reglas de conducta como parte del cumplimiento condicional de la pena y dentro de estas reglas de conducta, «se estableció también una reparación económica de parte del imputado hacia la familia de la víctima», finalizó el Dr. Valentín Hereñu.
