Una denuncia penal por falso testimonio contra la directora técnica del Laboratorio Químico Forense del Organismo de Investigaciones del Ministerio Público de la Acusación (MPA), María Consuelo Martí, comenzó a generar repercusiones institucionales que exceden los tribunales santafesinos. La presentación abre un debate sobre los controles de calidad científicos aplicados a las pericias utilizadas como prueba de cargo en causas penales.
La denuncia fue impulsada por el exjuez y abogado defensor Santiago Banegas, quien apunta contra una de las máximas responsables de los análisis genéticos del MPA. De forma paralela, la controversia fue elevada a la Sociedad Argentina de Genética Forense (SAGF), la principal entidad científica especializada del país, a fin de que se pronuncie sobre los mecanismos de validación de los laboratorios forenses locales.
La contradicción señalada en juicio oral
El eje central del planteo judicial gira en torno a la declaración de la profesional Martí durante el debate oral contra un portero de escuela, quien fue condenado en primera instancia por abuso sexual. Según lo expuesto por Banegas, la funcionaria habría afirmado bajo juramento la existencia de ADN masculino en determinadas muestras biológicas. Sin embargo, en un momento posterior de la declaración, habría reconocido que no se detectó ningún marcador genético atribuible a un varón.
El informe escrito emitido por el laboratorio forense había consignado textualmente que «no se obtuvo material genético masculino analizable». No obstante, y de acuerdo con la presentación de la defensa, en la audiencia de juicio la directora habría presentado esa conclusión como indicativa de la presencia de ADN masculino en cantidades insuficientes para obtener un perfil identificable. Siempre según lo expuesto por Banegas, al ser interrogada específicamente sobre qué indicador de origen masculino se había detectado concretamente, la profesional habría respondido: «ninguno». Para la defensa, esta contradicción configura el delito de falso testimonio.
De los tribunales a la comunidad científica
Previo a iniciar la vía penal, la defensa solicitó formalmente la intervención de la SAGF frente a lo que definió como una «discordancia técnico-forense crítica» en el laboratorio de Santa Fe. El planteo técnico expone diferencias metodológicas dentro del propio organismo:
Por un lado, el área de Química Biológica del MPA concluyó la existencia de indicadores compatibles con semen, basándose en pruebas de antígeno prostático específico (PSA) y observaciones microscópicas de presuntos espermatozoides.
Por el otro, el Servicio de Genética Forense del mismo organismo informó que no logró obtener ADN masculino analizable, identificando únicamente el perfil genético femenino de la víctima.
Esta última conclusión fue respaldada por una contrapericia posterior realizada por el Servicio de Huellas Digitales Genéticas de la Facultad de Farmacia y Bioquímica de la Universidad de Buenos Aires (UBA), que arrojó resultado negativo para marcadores genéticos masculinos.
Alcance del control pericial y los antecedentes
La cuestión de fondo excede la figura de la funcionaria denunciada y plantea interrogantes sobre los protocolos de producción y control de la prueba científica en la provincia: el alcance de las auditorías externas, la conservación de la evidencia, el derecho a contrapericias independientes y el valor real de las certificaciones de calidad que invocan los laboratorios públicos.
La discusión se inscribe en un debate global documentado por organizaciones como Innocence Project. Según sus estadísticas, en más de la mitad de las condenas erróneas revocadas mediante pruebas de ADN a nivel mundial existieron peritajes defectuosos, disciplinas forenses sin validación científica suficiente o testimonios técnicos que exageraron el alcance de sus conclusiones.
En el plano nacional, la infalibilidad adjudicada a los exámenes genéticos ya ha generado polémicas similares. El antecedente de mayor trascendencia es el caso de Santos Clemente Vera en Salta, condenado a prisión perpetua tras cuestionarse la interpretación de las mezclas de ADN obtenidas de muestras con baja plantilla genética. En ese caso, la defensa demostró que las conclusiones del peritaje oficial contenían errores metodológicos críticos y que no se respetó la cadena de custodia de las muestras de control, lo que derivó en la posterior anulación de la sentencia y su absolución por parte de la Corte Suprema de la Nación.
Cualquiera sea el resultado de la investigación penal sobre Martí, el expediente ya instaló una pregunta central para el sistema de enjuiciamiento santafesino: quién controla científicamente a los encargados de producir las pruebas que definen condenas y absoluciones.
