La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe se pronunció este lunes en dos fallos clave sobre la emergencia previsional, declarando inconstitucional el tope a las jubilaciones y validando el aporte solidario. El máximo tribunal provincial otorgó 30 días a los amparistas para adecuar sus reclamos ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Ambas decisiones, que impactan en la Ley N° 14283, se conocieron con votación dividida de 4 a 3.
Fallo clave de la Corte Suprema de Santa Fe sobre jubilaciones y aportes solidarios
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró la inconstitucionalidad del tope a las jubilaciones provinciales, una medida establecida en una reciente reforma a la Ley 6915. Paralelamente, el tribunal validó los aportes solidarios, otorgando un plazo de 30 días a los amparistas para adecuar sus pretensiones ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Esta última determinación se enmarca en la Ley N° 14283, que declaró la emergencia previsional en la provincia de Santa Fe.
Decisiones divididas y el rol de Roberto Falistocco
Ambos pronunciamientos contaron con una votación dividida de 4 a 3. El voto decisivo en ambos temas fue el del juez Roberto Falistocco, quien inclinó la balanza en cada decisión.
Las resoluciones se hicieron públicas pocos días antes de la caducidad de la Ley de Emergencia Previsional, prevista para el 13 de septiembre. En ambos escenarios, las partes involucradas tienen la posibilidad de recurrir a la instancia federal para proseguir con sus reclamos.
Los casos Lisi y Ramón, detonantes de los fallos
Los fallos emitidos este lunes corresponden a los casos caratulados Lisi, una docente jubilada que impugnó tanto la emergencia previsional como el aporte solidario, y Ramón, un amparista que cuestionó específicamente el tope jubilatorio.
