Mediante la Resolución 175/2026, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación unificó y modificó el esquema de administración de contingentes arancelarios para evitar que toneladas de alimentos queden sin colocar anualmente en mercados externos. La medida, que comenzará a regir plenamente para los ciclos comerciales de 2027, impacta de lleno en complejos exportadores clave de la agroindustria como el maní, el tabaco, los lácteos y la carne bovina con destino a Estados Unidos, México, Colombia y Ecuador. Para dinamizar los envíos y optimizar el aprovechamiento de las preferencias arancelarias, el Gobierno implementará un sistema de asignación basado en el criterio de «primero llegado, primero servido», simplificando los trámites administrativos para las empresas del sector.
Unifican reglas para exportar con preferencias arancelarias
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca oficializó este viernes, a través de la Resolución 175/2026 publicada en el Boletín Oficial, un nuevo esquema para reorganizar y unificar la administración de los contingentes de exportación acordados con Estados Unidos, México, Colombia y Ecuador. La medida busca corregir una ineficiencia histórica: todos los años, parte de los beneficios arancelarios con los que cuenta la Argentina para colocar alimentos en mercados externos queda sobre la mesa debido a que los cupos disponibles no llegan a utilizarse por completo.
Si bien el cambio normativo no crea nuevos mercados ni amplía por sí mismo los volúmenes disponibles, modifica sustancialmente la forma en que las empresas acceden a cuotas que permiten exportar determinados productos con preferencias o desgravaciones arancelarias. El argumento oficial es directo, ya que varios de esos contingentes no se han completado en los últimos años, lo que generaba toneladas disponibles al cierre de cada período comercial sin que ingresaran divisas al Banco Central por esas posiciones. Frente a esto, Economía resolvió revisar los criterios de asignación y concentrar en una sola normativa los procedimientos que hasta el momento se encontraban dispersos en resoluciones dictadas desde 2018.
Maní, tabaco, carne y lácteos bajo la lupa
La medida abarca a complejos agroindustriales clave para las exportaciones nacionales. En el caso de Estados Unidos, la Argentina tiene asignado un cupo anual de 43.901 toneladas de maní, otras 3.650 toneladas de pasta de maní y 10.750 toneladas de tabaco bajo los acuerdos de la Ronda Uruguay. Con México, en tanto, existe un contingente de 10.000 toneladas de duraznos en almíbar enlatados, los cuales cuentan con una desgravación arancelaria del 100%.
El universo alcanzado incluye también a los lácteos destinados a Ecuador y Colombia, a los chocolates y golosinas enviados al mercado colombiano y a determinados cortes bovinos. Sobre este último sector, la normativa recepta una modificación previa que obligaba a actualizar el esquema: el denominado Cupo I de cortes finos hacia Colombia quedó liberalizado desde 2024, por lo que dejó de funcionar como cuota arancelaria, aunque el régimen continúa vigente para el Cupo II, correspondiente a los demás cortes.
El criterio de «primero llegado, primero servido»
El núcleo operativo del nuevo sistema se centra en aquellos contingentes que sistemáticamente quedan sin completar. La resolución determina que el criterio internacional de «primero llegado, primero servido» constituye el mecanismo más adecuado para distribuir los cupos que no logran agotarse durante el ciclo comercial.
La lógica oficial apunta a evitar esquemas administrativos burocráticos que inmovilizan toneladas asignadas a operadores que finalmente no concretan los embarques, facilitando que el cupo disponible sea aprovechado por cualquier empresa en condiciones de operar. Esta simplificación administrativa se complementa con la adaptación de las condiciones para el sector lácteo —tras la simplificación de los registros de control comercial agropecuario— y busca otorgar plazos más extensos para ofrecer previsibilidad y certidumbre a los negocios del sector exportador.
Cronograma de implementación
Las nuevas normas para maní, pasta de maní y tabaco con Estados Unidos quedaron agrupadas en el primer anexo. Como regla general, se aplicarán a los ciclos comerciales que comiencen en 2027, aunque para el tabaco el nuevo régimen ya alcanza al ciclo iniciado el 13 de septiembre de 2026.
Otro bloque fija las reglas para los duraznos en almíbar hacia México y los productos lácteos con Ecuador, mientras que un tercer grupo concentra los regímenes correspondientes a lácteos, carnes bovinas del Cupo II y golosinas y chocolates con Colombia, parámetros que comenzarán a regir desde los ciclos de 2027.
Para los contingentes de carne y lácteos con Colombia, la inscripción para obtener licencias de exportación se abrirá automáticamente todos los años a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) entre el 1° y el 15 de diciembre. La resolución, vigente desde este viernes, derogó además el régimen de 2018 que regulaba las exportaciones de distintas presentaciones de maní a Estados Unidos, dejando planteado el desafío para el próximo ciclo comercial: transformar las preferencias de los acuerdos internacionales en toneladas efectivamente embarcadas antes de que los cupos vuelvan a vencer con saldo disponible.
