Operativo antidrogas en Casilda: múltiples imputados por venta organizada de estupefacientes

Dos de los principales acusados de integrar una organización narcocriminal que operaba en la región deberán cumplir prisión preventiva efectiva en el marco de una causa que investiga el Ministerio Público de la Acusación en los Tribunales Provinciales de Casilda. La medida cautelar fue dictada por la Justicia tras una serie de imputaciones a nueve personas por comercio organizado de estupefacientes.

La investigación y el desarrollo de la audiencia

La audiencia imputativa comenzó el sábado 18 de septiembre y concluyó este martes en los Tribunales Provinciales de Casilda. Durante el procedimiento, los fiscales Franco Carbone, jefe de la Unidad de Microtráfico del Ministerio Público de la Acusación (MPA), y César Cabrera Molino atribuyeron a los nueve acusados distintos grados de participación dentro de la estructura investigada. De acuerdo con la pesquisa, la organización funcionó al menos desde enero de 2025 hasta septiembre de 2026, valiéndose de diversos puntos de venta, acopio, fraccionamiento y entregas.

Las medidas cautelares dispuestas por la magistrada

La jueza de primera instancia Dra. Minetti tuvo por formalizada la audiencia y dictó las medidas cautelares correspondientes para cada uno de los involucrados.

Se dispuso la prisión preventiva efectiva por el plazo de 6 meses para Alberto F.L. y Franco A.L., mientras que para Daiana Lorena M. y Sasha Magali L. la medida se fijó por el plazo de 2 meses. En el caso de Mirta N., la prisión preventiva efectiva se extendió hasta el 4/11/26.

Por otra parte, la jueza otorgó una alternativa a la prisión preventiva para Ramón R., Luciana B., Sasha Magalí L. e Iván Marcelo C., quienes recuperaron su libertad bajo cumplimiento de obligaciones hasta el 10/2/27. Las pautas de conducta impuestas consisten en:

  • Firma ante la Oficina de Gestión Judicial (OGJ).
  • Prohibición de contacto por cualquier medio con los coimputados.
  • Fijar domicilio.

Roles y atribuciones de la fiscalía

La fiscalía detalló las imputaciones y el grado de responsabilidad asignado a cada uno de los integrantes de la red narcocriminal:

  • Alberto F. L.: se le atribuye haber ejercido un rol central e intelectual en la organización. Oficiaba como nexo entre las distintas personas participantes, coordinaba las directivas y lugares de venta, facilitaba medios y recursos económicos, y financiaba la asistencia y sostenimiento de personas detenidas vinculadas a la red. Se le imputa comercio organizado de estupefacientes, en calidad de autor.
  • Franco A. L.: se le atribuye que actuaba como nexo directo con el organizador principal (vínculo filiar), interviniendo en la recepción, traslado, logística y entrega de material estupefaciente destinado a la venta en la vía pública. Se le imputa comercio organizado de estupefacientes, en calidad de partícipe necesario.
  • Daiana L. M.: se estableció que cumplía funciones de colaboración, logística y coordinación en las maniobras comerciales. Indicaba puntos de venta y cobro a los vendedores al menudeo y colectaba parte de las ganancias para ser entregadas a la cabeza de la organización. Se le imputa comercio organizado de estupefacientes, en calidad de partícipe necesaria.
  • Magalí E. R.: se le atribuye que cumplía tareas de enlace, abastecimiento y coordinación entre el material estupefaciente y los distintos domicilios desde donde se ejecutaba la venta directa al público. Se le imputa comercio organizado de estupefacientes, en calidad de partícipe necesaria.
  • Mirta C. N.: cumplía el rol fungible focalizado en la guarda, fraccionamiento, disposición y venta directa de estupefacientes al consumidor desde un punto fijo de venta. Se le imputa comercio organizado de estupefacientes, en calidad de partícipe secundaria.
  • Sasha M. L.: se le atribuye el rol fungible centrado en la guarda, almacenamiento y expendio al menudeo de sustancias estupefacientes a consumidores directos. Se le imputa comercio organizado de estupefacientes, en calidad de partícipe secundaria.
  • Iván M. C.: se le atribuye el rol fungible orientado a la guarda, custodia y comercialización de la sustancia directamente a consumidores finales. Se le imputa el comercio organizado de estupefacientes, en calidad de partícipe secundario.
  • Luciana M. B.: se le atribuye el rol fungible enfocado en la custodia, fraccionamiento y comercialización directa de estupefacientes en puntos de venta asignados. Se le imputa comercio organizado de estupefacientes, en calidad de partícipe secundaria.
  • Ramón H. R.: se le atribuye el rol fungible enfocado a la guarda, preparación y fraccionamiento de material estupefaciente en un establecimiento comercial utilizado como fachada para las maniobras ilícitas. Se le imputa el comercio organizado de estupefacientes, en calidad de partícipe secundario.

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