Vera: el Concejo aprobó por mayoría un nuevo marco regulatorio para la actividad comercial
Las reglas tendrán alcance general para quienes desarrollen actividades comerciales en Vera, independientemente de su procedencia o nacionalidad. Foto: Gustavo Capeletti

El proyecto fue presentado por el Ejecutivo verense y defendido por los concejales oficialistas Marcos Rubianes y Federico Moral, del bloque CREO–Unidos para Cambiar Santa Fe. Su tratamiento incluyó reuniones con comerciantes y representantes del Centro Comercial, además de modificaciones en comisión.

Durante la sesión de la noche del miércoles, Rubianes sostuvo que se procuró establecer requisitos que permitan organizar la actividad sin convertir las exigencias municipales en un impedimento para invertir. También remarcó que las reglas tendrán alcance general para quienes desarrollen actividades comerciales en Vera, independientemente de su procedencia o nacionalidad.

En concreto, se regula la localización, instalación, habilitación, ampliación y modificaciones que impliquen cambios de categoría de establecimientos dedicados a la comercialización de productos, tanto minoristas como mayoristas.

Para clasificarlos, toma como referencia la superficie útil de exposición y venta, excluyendo depósitos, oficinas y estacionamientos internos. Establece cuatro franjas:

Pequeñas superficies: hasta 200 metros cuadrados.

Medianas superficies: más de 200 y hasta 400 metros cuadrados.

Superficies intermedias: más de 400 y hasta 800 metros cuadrados.

Grandes superficies: más de 800 metros cuadrados.

Distancias entre comercios

Uno de los puntos centrales del texto original es la fijación de distancias mínimas para nuevas radicaciones cuando se trate de establecimientos que comercialicen productos iguales o del mismo rubro, independientemente de su denominación comercial.

Según los valores numéricos consignados en la ordenanza aprobada, los locales de hasta 200 metros cuadrados no tendrán una distancia mínima obligatoria. Para los de más de 200 y hasta 400 metros cuadrados, se plantea una separación de 200 metros; para los de más de 400 y hasta 800 metros cuadrados, de 300 metros; y para los que superen los 800 metros cuadrados, de 400 metros.

Las mediciones se realizarían desde los límites de medianera de los comercios habilitados, siguiendo la acera de la vía pública, y serían certificadas por el Área de Obras Privadas municipal.

Además, si un establecimiento de mayor superficie pretendiera instalarse cerca de otro más pequeño del mismo rubro, se aplicaría la distancia correspondiente al de mayor tamaño.

También se establece que, cuando una misma persona o empresa solicite habilitar varios locales dentro de una misma unidad arquitectónica, sus superficies deberán sumarse para determinar la aplicación de las reglas.

Tratamiento específico

La norma declara como zona de máxima saturación urbanística y de infraestructura al polígono delimitado por las calles Colón, Corrientes, Sarmiento y A. de Lezama.

Para las nuevas radicaciones de mayor escala dentro de ese sector, plantea una evaluación de impacto comercial, económico, urbano y social. El objetivo expresado es preservar el ordenamiento vial, la capacidad de los servicios públicos y la circulación peatonal y vehicular.

También contempla que la evaluación determine la necesidad de contar con estacionamiento propio fuera de la vía pública, con una cantidad de espacios proporcional a la superficie del establecimiento.

Impacto de la actividad

Además de la clasificación por tamaño, el proyecto que vio luz verde diferencia actividades de bajo, medio y alto impacto, de acuerdo con sus características, ubicación, superficie, movimiento de personas y vehículos, volumen de mercadería e incidencia sobre la ciudad.

Las actividades de bajo y mediano impacto quedan exceptuadas del procedimiento específico de evaluación de impacto, aunque deberían cumplir los requisitos generales de inscripción y habilitación.

Para las de alto impacto, en cambio, se exige un estudio que considere aspectos como la presencia de comercios similares, la población del área de influencia, el empleo local, el tránsito, el estacionamiento, la carga y descarga, los residuos y la compatibilidad con el uso del suelo.

El Ejecutivo deberá conformar un equipo técnico interdisciplinario con participación de las áreas municipales correspondientes. Según el texto original, los costos de elaboración del informe quedarían a cargo del solicitante.

Conccejales de Vera, anoche durante la sesión semanal.

Factibilidad previa

El proyecto convertido en ley municipal establece que las actividades de impacto medio y alto deberán solicitar un Informe de Factibilidad Comercial antes de iniciar el trámite de habilitación.

En esa instancia, el municipio analizará la compatibilidad territorial, las distancias mínimas, el nivel de impacto y la necesidad de estudios complementarios. El inicio del trámite no otorgaría, por sí mismo, un derecho adquirido.

La respuesta municipal deberá ser fundada y podría determinar una factibilidad favorable, una aprobación con condiciones, la necesidad de reformular el proyecto o un resultado desfavorable.

Entre las condiciones posibles se incluyen adecuaciones de accesos, estacionamiento, tratamiento de residuos, seguridad, tránsito e infraestructura.

Ante un rechazo, el solicitante tendría hasta 60 días para subsanar las observaciones. El texto original agrega que un segundo rechazo impedirá presentar nuevamente una solicitud de iguales características.

La factibilidad favorable caducará al año de su notificación si no se iniciaran los trámites de inscripción y habilitación definitiva, salvo excepciones justificadas.

Documentación y plazos

Para solicitar la habilitación, el documento enumera requisitos fiscales, personales, societarios y edilicios. Incluye constancias de CUIT, inscripción en ARCA e Ingresos Brutos, DNI o documentación de la sociedad, escritura o contrato de uso del inmueble, documentación sobre el Impuesto Inmobiliario y la tasa municipal, además del libre deuda municipal.

La habilitación definitiva debería otorgarse de manera expresa, una vez reunida la documentación y obtenida la factibilidad favorable cuando corresponda.

El municipio tendrá un plazo máximo de 30 días para expedirse desde que se completaran los requisitos, con una única prórroga fundada de hasta 15 días corridos.

De manera excepcional, se podrían conceder habilitaciones provisorias por 30 días, prorrogables una sola vez por otro período igual. Si el interesado no completara las exigencias, el proyecto prevé la posibilidad de clausura, previa intimación.

Comercios existentes y ampliaciones

Se dispone que las nuevas reglas no afecten a los comercios con habilitación provisoria o definitiva vigente al momento de la promulgación, ni a los trámites que acrediten un inicio administrativo formal anterior.

También se contempla un régimen para ampliaciones. Para locales de más de 100 y hasta 400 metros cuadrados, propone permitir un crecimiento de hasta el 50% con un año de antigüedad en la habilitación y de hasta el 100% con tres años.

Para establecimientos de más de 400 metros cuadrados, se establece plantea ampliaciones de hasta el 30% con un año de antigüedad y de hasta el 50% con tres años. En estos casos, fija un máximo de 1.500 metros cuadrados de exposición y venta.

Promoción

Paralelamente, se designa al Área de Comercio municipal como autoridad de aplicación y habilita la celebración de convenios con universidades, colegios profesionales, cámaras empresariales y organismos provinciales para elaborar estudios.

También se proponen políticas de capacitación, asistencia técnica, digitalización, promoción y ferias destinadas a comercios, emprendedores, pequeñas empresas, cooperativas y otras organizaciones locales, sujetas a las competencias y disponibilidad presupuestaria del municipio.

En su fundamentación, los autores sostienen que la finalidad es compatibilizar la libertad de comercio con el desarrollo ordenado de Vera. Durante el debate, Rubianes destacó que se buscaron exigencias más simples y que las observaciones recibidas fueron incorporadas en distintos grados.

El concejal Marcos Rubianes destacó que el proyecto fue trabajado con comerciantes y representantes del Centro Comercial. Sostuvo que busca ordenar la actividad, establecer condiciones de competencia y evitar que los requisitos se conviertan en una barrera para las inversiones.

Votación

Tras el despacho favorable de comisión, el Concejo Municipal de Vera aprobó por mayoría y en general la ordenanza que establece un nuevo marco regulatorio para la habilitación de locales comerciales. Durante su tratamiento, el concejal Marcos Rubianes defendió la iniciativa y destacó el proceso de consultas y modificaciones que precedió a su aprobación. Votaron a favor los ediles Marcos Rubianes, Federico Moral, Ana Paula Capello y Claudio Bieler. En forma negativa lo hizo el concejal Mario Souilhé. El presidente Javier Barbona se abstuvo de votar.


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