El Gobierno nacional oficializó este viernes mediante el Decreto 1305/2026 la postergación para el 1 de diciembre de los aumentos impositivos sobre las naftas y el gasoil que debían aplicarse en noviembre. La medida, que comprende al Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y al Diésel, busca evitar una nueva carga tributaria en los surtidores durante el próximo mes, aunque no implica un congelamiento en los precios de las estaciones de servicio.
El Gobierno nacional posterga la actualización de impuestos a los combustibles hasta diciembre
El Gobierno nacional volvió a postergar la actualización de los impuestos que gravan los combustibles y trasladó al 1° de diciembre de 2026 la aplicación de los incrementos que estaban previstos para noviembre. La medida alcanza a las naftas y al gasoil, y busca evitar que una nueva carga tributaria se sume a los precios que pagan los consumidores en las estaciones de servicio.
La decisión quedó oficializada este viernes mediante el Decreto 1305/2026, publicado en el Boletín Oficial. La normativa modifica el cronograma establecido por el Decreto 617/2025 y sus sucesivas prórrogas, que habían fijado un esquema de aplicación gradual para los aumentos pendientes. De esta manera, durante noviembre continuará vigente el esquema impositivo actual y los incrementos comenzarán a regir desde el primer día de diciembre.
Impacto en los surtidores y estrategia comercial
La postergación implica que, durante noviembre, no se incorporará a los combustibles el incremento impositivo previsto para ese período. Sin embargo, esto no significa que el Poder Ejecutivo haya dispuesto un congelamiento de los precios en las estaciones de servicio.
Las empresas petroleras mantienen la facultad de modificar sus valores comerciales en función de sus propias estrategias, el precio internacional del petróleo, los costos de producción, la cotización del dólar y los márgenes de comercialización.
La medida se conoce después de los aumentos aplicados por las principales compañías del sector a fines de septiembre. En ese momento, algunas firmas trasladaron a los surtidores subas que llegaron hasta el 5%, en un contexto de volatilidad en el mercado internacional del crudo. Por su parte, YPF realizó un ajuste más moderado, con un incremento promedio del 1% en sus combustibles.
Los impuestos alcanzados por la medida
Los incrementos diferidos corresponden a las actualizaciones acumuladas de los períodos 2024 y 2025, además del primer y segundo trimestre de 2026. Se trata de montos que, según la legislación vigente, deben actualizarse trimestralmente en función de la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC), elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
La medida comprende específicamente al Impuesto sobre los Combustibles Líquidos (ICL) y al Impuesto al Dióxido de Carbono, así como a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.
El objetivo oficial y la dimensión fiscal
En los fundamentos de la medida, el Gobierno justificó la decisión en la necesidad de continuar estimulando el crecimiento de la economía mediante un sendero fiscal sostenible. El diferimiento forma parte de la estrategia oficial para administrar el impacto de los aumentos de los combustibles sobre la inflación.
Cualquier actualización tributaria puede trasladarse de forma directa al precio final y repercutir sobre otros sectores sensibles de la economía, como el transporte de cargas y la distribución de mercaderías. No obstante, la postergación no elimina las obligaciones pendientes, sino que traslada su aplicación hasta el último mes del año.
Por ahora, el próximo vencimiento del cronograma quedó establecido para el 1° de diciembre, fecha en la que debería comenzar a aplicarse el incremento pendiente, salvo que el Gobierno disponga una nueva modificación en los plazos.
