El Gobierno de la Provincia de Santa Fe implementó una medida de protección excepcional en la localidad de Guadalupe Norte, en el departamento General Obligado. La intervención se desencadenó tras detectarse que una niña menor de edad residía con una pareja que carecía de sustento legal para ejercer su cuidado.
El matrimonio en cuestión había acudido a los tribunales para solicitar la tutela, guarda o delegación parental de la niña. Sin embargo, el magistrado interviniente rechazó la petición y ordenó la inmediata participación de la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia ante la presunción de serias irregularidades en la guarda de la menor.
El dictamen judicial otorgó un plazo de 24 horas para que los adultos entregaran a la niña, quien actualmente se encuentra bajo el resguardo y la protección del Estado provincial.

La denuncia penal
El procedimiento administrativo y legal fue detallado por la secretaria de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la provincia, Daniela León, quien explicó la naturaleza técnica de estas acciones de urgencia.
“Hemos recibido una resolución judicial que nos pide intervención a través de una medida de protección excepcional, que es lo que hace la Secretaría de Niñez cuando detecta una vulneración de un niño en su centro de día provocada por los adultos o progenitores o adultos que viven con esos niños”, contextualizó la funcionaria.
Respecto al alcance de la resolución, León especificó que “implica separar a la niñade su centro de vida, suspender la responsabilidad parental de los progenitores temporalmente y trabajar en la restitución del derecho que a esa niña se le vulneró en el plazo de 6 meses, que establece el Código Civil y Comercial”.
La titular de la cartera remarcó que se trata de un escenario particular debido al arraigo que ya registraba la menor en el inmueble del matrimonio. “Es un caso atípico porque la medida no se toma en el centro de vida de la niña, sino en el domicilio de este matrimonio donde estaba viviendo hace unos meses”, señaló.
A fin de preservar la integridad psicológica de la menor, las autoridades notificaron a la pareja el viernes y solicitaron el traslado voluntario hacia dependencias oficiales. “Lo invitamos a que lleve a la niña a la delegación de Reconquista porque queremos evitar situaciones traumáticas. Estuvo en la sala de juegos y no se enteró de absolutamente nada de todo el conflicto”, relató León.
Tras asegurar el resguardo de la niña, el organismo notificó formalmente las actuaciones administrativas a los tribunales correspondientes e inició un nuevo carril legal. “Acabamos de notificar la medida de protección excepcional de urgencia a la justicia y ahora estamos por ingresar una denuncia penal para que se investigue todo este procedimiento”, adelantó la secretaria.

Del censo a la «adopción directa»
De acuerdo con las primeras reconstrucciones basadas en el testimonio de la mujer del matrimonio —quien se desempeña como docente—, el vínculo con la menor se habría originado durante un relevamiento habitacional. “Desconocemos cómo llegó la niña; ella dice que en un censo la vio y que, según a juicio de ella, estaba en una situación de vulneración y que hizo un acuerdo con la madre”, reveló León.
No obstante, las autoridades advirtieron que los adultos ya poseían antecedentes de haber intentado acceder a la guarda de menores por vías alternativas no contempladas para la adopción definitiva. El año pasado, la pareja se había presentado en el departamento Vera con intenciones de acoger a un niño institucionalizado bajo el programa de Familias Solidarias, opción que les fue denegada.
“Se los descartó del programa y se le explicó. Si ustedes quieren adoptar a un niño o a una niña, tienen que anotarse en el RUAGA, que es el Registro Único de Aspirantes a Adopción. No existe la adopción directa en Argentina, tienen que someterse a un proceso”, enfatizó la funcionaria.
En esa misma línea, León reflexionó sobre los fundamentos jurídicos e institucionales que rigen estos mecanismos estatales: “El sentido de la adopción no apunta al deseo de la mujer a ser mamá o del hombre a ser papá; apunta al compromiso de generar un proyecto de vida a un niño o a una niña que no pudo tener en su centro de vida de sus padres biológicos”.
A pesar de las orientaciones brindadas en septiembre pasado, las autoridades confirmaron que los adultos no formalizaron ninguna inscripción en el RUAGA ni en los programas oficiales de cuidados familiares alternativos de la provincia.

Evaluación del entorno
Tras la toma de la medida excepcional, la Secretaría inició la etapa de evaluación de los lazos consanguíneos de la menor para determinar los pasos a seguir de acuerdo con los criterios de prioridad que fija la ley. En primera instancia, se procedió a notificar a los padres biológicos del cese temporal de su responsabilidad parental y se dio inicio a los informes socioambientales en su entorno.
El protocolo prevé una evaluación escalonada antes de considerar la adoptabilidad del menor: “Suponiendo que el organismo evalúa que la progenitora no está en condiciones de criar a la niña, se continúa con la familia ampliada: tía, tío, abuela, paterno y materno. Se mira si puede darle acceso a todos los derechos. Si se descarta la familia ampliada, la niña entra en un proceso de adopción”.
Finalmente, desde el área de Niñez solicitaron cautela y responsabilidad a la comunidad y a los actores involucrados, criticando las movilizaciones públicas motorizadas por el matrimonio en el norte provincial.
“Vemos una extremada exposición de la niña por parte de este matrimonio, haciendo manifestaciones y marchas que tienen que ver con el deseo de los adultos de que esa niña viva con ellos. Ojalá hubiera manifestaciones por el deseo de que una niña pueda tener una vida plena conforme derecho”, concluyó la secretaria.
