Entre los expedientes del Concejo de Santa Fe se encuentra un proyecto que busca crear una Oficina Municipal Anticorrupción, una propuesta destinada a fortalecer la transparencia en todos los actos de gobierno y de la función pública en la capital provincial. Sin embargo, el expediente, identificado con el N° 0062-02070661-0, «no se mueve» desde el pasado 18 de septiembre.
Según pudo saber El Litoral, su último pase fue a la comisión de Gobierno. Ante la inminencia del tratamiento del Presupuesto y la Tributaria 2026, sumado a la sesión Preparatoria para la asunción de los nuevos concejales, todo indica que la iniciativa no prosperará durante el actual año legislativo.

En concreto, este proyecto de ordenanza propone la creación de una Oficina Municipal Anticorrupción en la órbita del Legislativo local. Su objetivo fundamental es «prevenir y detectar actos de corrupción en todo el Sector Público Municipal y, en su caso, instar los procedimientos sancionatorios respecto de los mismos», según se detalla en la iniciativa a la que tuvo acceso este medio.
Qué se considera un acto de corrupción
La propuesta legislativa define los actos de corrupción de forma detallada. Incluye el requerimiento o la aceptación, por parte de un funcionario público o una persona que ejerza funciones públicas en el ámbito municipal, de «cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas para sí mismo o para otra persona». Esto, «a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas».
Además, se considera corrupción la realización, por parte de un agente público municipal, de cualquier acto u omisión en el ejercicio de sus funciones con el fin de obtener ilícitamente beneficios para sí mismo o para un tercero. También se abarca el aprovechamiento doloso u ocultación de bienes provenientes de dichos actos, y la participación como autor, coautor, instigador, cómplice, encubridor o en cualquier otra forma en la comisión, tentativa de comisión, asociación o confabulación para la concreción de estos hechos ilícitos.
Las funciones clave de la Oficina
La Oficina Municipal Anticorrupción tendría diversas funciones esenciales para cumplir con su propósito. Entre ellas, se destaca la capacidad de «recibir denuncias de toda persona humana o jurídica, ya sean particulares, agentes públicos u organismos estatales, en relación con hechos o actos potencialmente encuadrados en los supuestos de corrupción» antes descriptos.

Asimismo, podría investigar preliminarmente, de oficio o por denuncia, a los agentes públicos a quienes se les atribuya un hecho o acto de corrupción. Estas investigaciones se realizarían por impulso propio de la Oficina, sin necesidad de que otra autoridad estatal lo disponga. También debería investigar a instituciones o asociaciones que reciban aportes estatales municipales, directos o indirectos, si existieran sospechas razonables sobre irregularidades en la administración de dichos recursos. En caso de detectarse delitos, la Oficina debería denunciar los hechos ante la Justicia competente.
Otras responsabilidades incluirían constituirse en parte querellante en procesos donde se vea afectado el patrimonio del Estado Municipal, y «evaluar y controlar el contenido de las declaraciones juradas de los agentes públicos y las situaciones que pudieran constituir enriquecimiento ilícito o incompatibilidad en el ejercicio de la función».
Dirección, designación y autonomía
El proyecto, impulsado por el edil Jorge Fernández en coautoría con su par Jorgelina Mudallel (ambos del Bloque PJ), plantea que la Oficina Anticorrupción estaría a cargo de un funcionario denominado Director. Este sería designado por una comisión ad hoc conformada por los presidentes de todos los bloques del Legislativo de Santa Fe.
No podrían ser elegidos como Director el intendente, un concejal ni ninguna persona que ejerza un cargo público dentro de la administración municipal. Tampoco aquellos que tuvieran intereses directos o indirectos en cualquier contrato oneroso con la Municipalidad. El funcionamiento de la Oficina Municipal Anticorrupción se regiría por un reglamento interno elaborado por el Director y aprobado por mayoría simple del Concejo.
Se prevé que el Director de la Oficina Anticorrupción desempeñe sus funciones «con autonomía» tanto del Ejecutivo Municipal como del Legislativo, «no estando sujeto a mandato o autoridad de ningún órgano». Además, tendría la facultad de formalizar los procedimientos sancionatorios correspondientes, ante el Ministerio Público de la Acusación (MPA), frente a hechos de corrupción probados.
Los fundamentos de la iniciativa
Según explican los ediles Fernández y Mudallel en los fundamentos del proyecto, «a pesar de que la lucha contra la corrupción se ha instalado en la agenda pública internacional y nacional desde la década de los ’90, promoviendo el diseño de diversas políticas públicas y estándares comunes en materia de transparencia, controles y rendición de cuentas, la Municipalidad local se encuentra un paso atrás en el diseño de tales políticas».
Consideran que la adaptación a dichos estándares «ha sido lenta y fragmentada», en gran parte debido a «la ausencia de una institución específica dedicada a dicha tarea». Por ello, la creación de una Oficina Municipal Anticorrupción «busca ocupar, a nivel local, el centro de la escena en la lucha contra la corrupción y en la búsqueda de mayor transparencia en el Sector Público Municipal», concluyen los impulsores de la propuesta.
