Santa Fe ya tiene en vigencia la nueva Ley de Procedimiento Administrativo, una norma fundamental que busca modernizar y reformar la Administración Pública provincial. La iniciativa recibió aprobación unánime y un rápido tratamiento en ambas cámaras legislativas, consolidando un paso clave para el Estado local.
La nueva ley de procedimiento administrativo, un hito para la modernización del Estado provincial
La provincia de Santa Fe ha puesto en vigencia la nueva Ley de Procedimiento Administrativo, una normativa clave que establece un marco jurídico integral para la actuación de diversos estamentos del Estado. Esta legislación abarca a la Administración Pública provincial centralizada y descentralizada, a los órganos legislativo y judicial, al Tribunal de Cuentas, a la Defensoría del Pueblo y al Ministerio Público cuando ejercen funciones administrativas. Asimismo, su aplicabilidad se extiende a los entes de derecho público de carácter no estatal en la medida en que ejerzan potestades públicas conferidas por ley, exclusivamente en lo relativo al ejercicio de dichas potestades.
Cómo fue la tramitación legislativa y cuándo entró en vigencia
La sanción de la nueva ley se concretó con un consenso unánime en ambas cámaras legislativas en una misma jornada, lo que subraya la importancia y el acuerdo político transversal en torno a la iniciativa. El proceso legislativo se inició en la Cámara de Diputados, donde el mensaje del Poder Ejecutivo se trató de manera conjunta con un proyecto presentado por la diputada socialista Lionella Cattalini. Posteriormente, el Senado provincial completó la sanción con el aval de todos los presentes. La propia norma establece que su entrada en vigencia se produjo al día siguiente de su publicación, realizada el último martes.
Qué objetivos persigue la ley y en qué principios se fundamenta
En el mensaje remitido a la Legislatura, el Poder Ejecutivo destacó que esta iniciativa «se enmarca en el proceso sostenido de modernización y reforma del Estado provincial». Se enfatizó que la ley consolida políticas públicas que promovieron la descentralización territorial, la participación ciudadana y la inclusión social, considerados pilares fundamentales para una Administración Pública abierta, transparente y orientada a las personas. Los fundamentos de la norma explicaron que su propósito es «dotar a la totalidad de los órganos y entes provinciales –en el ejercicio de sus respectivas funciones administrativas– de un régimen procedimental integral, moderno y claro, que refleje los valores y principios del Estado social y democrático de Derecho, y que se adecue a las transformaciones tecnológicas y organizacionales que atraviesan hoy al sector público».
El artículo 2, considerado el corazón de la normativa, establece los principios rectores que deben guiar la actividad administrativa y sus procedimientos. Entre ellos se destacan la juridicidad, razonabilidad, proporcionalidad, eficacia, eficiencia, buena fe, transparencia, simplificación, desburocratización, confianza legítima y buena administración. Además, el procedimiento administrativo debe observar principios como la tutela administrativa efectiva, el debido procedimiento, el pronunciamiento expreso y en plazo razonable, la economía procedimental, el impulso de oficio, la verdad material, la atenuación del rigor formal en favor del particular y la gratuidad.
Cómo se articula la ley con los avances normativos y digitales previos
La nueva Ley de Procedimiento Administrativo se construye sobre la base de experiencias y normativas preexistentes que marcaron la hoja de ruta hacia la modernización. En los fundamentos se rescata el Decreto Acuerdo Nº 4174/2015, que representó un hito al instaurar un plexo procedimental ágil y coherente, orientado a la juridicidad, la razonabilidad y la transparencia. La actual ley busca consolidar legislativamente estos avances, brindando mayor seguridad jurídica y previsibilidad en las relaciones entre el Estado y la ciudadanía.
La norma también se nutre de las disposiciones de la Ley Nº 14.256 de Gobernanza de Datos y Acceso a la Información Pública, impulsada por la actual gestión. Esta ley estableció principios de innovación, transparencia activa, simplificación normativa e interoperabilidad estatal, impulsando la reingeniería de los procedimientos administrativos y la digitalización de los trámites. En este marco, se reconoce la validez jurídica de instrumentos como la firma digital, el expediente electrónico, el domicilio digital y las comunicaciones oficiales electrónicas, en consonancia con las nuevas exigencias del gobierno digital.
Entre los avances previos que confluyen en esta ley, se menciona el Decreto N° 191/2024, que creó el programa «Territorio 5.0» y aprobó el ecosistema de gestión digital Timbó, el cual constituye el sistema documental integral del Poder Ejecutivo provincial. Posteriormente, el Decreto Nº 496/2025 instituyó el Programa Simple, destinado a la simplificación y desburocratización de la Administración Pública Provincial, con el propósito de reducir complejidades, eliminar requisitos innecesarios y optimizar la gestión interna mediante el uso de tecnologías digitales. La flamante ley engloba todos estos decretos bajo un mismo marco jurídico, orientando la actuación administrativa hacia la eficiencia, la transparencia, la interoperabilidad y la tutela efectiva de los derechos de las personas.
Qué declaró el ministro de Gobierno e Innovación y qué previsiones especiales incluye
El ministro de Gobierno e Innovación, Fabián Bastia, afirmó que la nueva ley «constituye un paso decisivo hacia la consolidación de un Estado inteligente, eficiente y garantista».
La normativa, que consta de 40 artículos, también incorpora previsiones especiales en sus últimas secciones. En particular, regla el funcionamiento de las audiencias públicas y la participación de usuarios y consumidores en los diferentes trámites ante el Estado.
Una de las innovaciones más destacadas es la habilitación del uso de sistemas de inteligencia artificial (IA) con fines asistenciales, instrumentales o de apoyo, sin necesidad de una norma habilitante expresa. Esta permisión está condicionada a que la IA no se emplee para adoptar decisiones automatizadas que impliquen la sustitución del criterio humano decisorio y que se respeten plenamente las normas de protección de datos personales.
Pliegos para fiscales adjuntos subrogantes en el MPA
En otro orden de temas, el Poder Ejecutivo ha remitido a la Legislatura los pliegos para la designación de fiscales adjuntos subrogantes del Ministerio Público de la Acusación para la Circunscripción Judicial Nº 1. El tratamiento de estas propuestas fue habilitado en sesiones extraordinarias.
El Poder Ejecutivo aclaró que los postulantes para quienes se solicita el acuerdo legislativo fueron propuestos por el Consejo de la Magistratura a través de una resolución del 11 de marzo de este año. Los profesionales propuestos para cubrir las vacantes de fiscales adjuntos subrogantes son Florencia Zarabia, Matías Eduardo Palud y Valeria Roxana Nittoli.
